- Contrato individual de trabajo escaneado en PDF, firmado por ambas partes
- RTU vigente de la empresa o persona individual patrono
- DPI del patrono (representante legal si es sociedad)
- DPI del trabajador (datos completos en el contrato)
- Numero patronal IGSS de la empresa (si ya esta inscrita)
Resumen: El RECIT es el sistema en linea del MINTRAB donde todo patrono debe registrar cada contrato individual de trabajo dentro de 15 dias habiles de firmado. El registro es gratis (Q0), la constancia se emite en 3 dias habiles y es obligacion legal segun el Articulo 28 del Codigo de Trabajo. No registrar te expone a multas de 2 a 12 salarios minimos por contrato y a perder demandas laborales por falta de prueba documental.
Que es el RECIT
El RECIT (Registro Electronico de Contratos Individuales de Trabajo) es la plataforma en linea creada por el Acuerdo Ministerial 324-2019 del MINTRAB para que los patronos cumplan, de forma 100% digital, con la obligacion del Articulo 28 del Codigo de Trabajo: enviar copia de cada contrato individual de trabajo a la Direccion General de Trabajo dentro de 15 dias habiles de su celebracion.
Antes del RECIT (vigente desde 2019), los patronos tenian que llevar fisicamente cada contrato a las oficinas del MINTRAB, hacer fila, dejar la copia y esperar el sello. Hoy todo se hace por internet en recit.mintrabajo.gob.gt en menos de 10 minutos por contrato.
Para que sirve la constancia RECIT:
- Prueba en demandas laborales — si un trabajador te demanda, presentas la constancia con sello electronico y el contrato registrado prueba salario, jornada y condiciones acordadas
- Auditorias MINTRAB e IGSS — la Inspeccion General de Trabajo y el IGSS revisan que tengas TODOS tus contratos registrados
- Solvencia laboral — para tramitar la Solvencia Laboral Electronica, no debes tener faltas, y no registrar contratos es una falta sancionable
- Tramites bancarios y de credito — bancos serios revisan cumplimiento laboral antes de aprobar creditos empresariales grandes
Requisitos
Para Personas Juridicas (Sociedades)
- RTU actualizado de la empresa
- Patente de comercio vigente
- Nombramiento del representante legal (vigente, del Registro Mercantil)
- DPI del representante legal (PDF, ambos lados)
- Numero patronal IGSS (si la empresa ya esta inscrita patronalmente — ver Inscripcion Patronal IGSS)
- Contrato individual de trabajo firmado por ambas partes, escaneado en PDF (legible)
Para Personas Individuales (Patrono Persona Natural)
- RTU actualizado
- DPI del patrono (PDF, ambos lados)
- Contrato individual de trabajo firmado y escaneado
Datos del Trabajador (en el contrato)
- Nombres completos y CUI/DPI
- Direccion
- Fecha de nacimiento y nacionalidad
- Cargo o puesto
- Salario, jornada y lugar de trabajo
- Fecha de inicio y plazo (indefinido, fijo, por obra)
- Firma del trabajador
Tip: Si no tenes un modelo de contrato, descarga el formato modelo del MINTRAB en mintrabajo.gob.gt — incluye todos los campos minimos del Articulo 20 del Codigo de Trabajo y solo lo personalizas con los datos del trabajador.
Paso a paso
Firmar el contrato con el trabajador. En original y copia, ambos firmados. El RECIT corre desde la fecha de firma — tenes 15 dias habiles para registrarlo. Conviene escanearlo el mismo dia.
Escanear el contrato en PDF. Resolucion media (200 dpi), legible, todas las paginas en un solo archivo. Tamano maximo: 5 MB por contrato. Si lleva anexos (acuerdos de confidencialidad, no competencia), van como anexos numerados en el mismo PDF.
Ingresar a recit.mintrabajo.gob.gt. Si es la primera vez, creas usuario con NIT empresa + correo + telefono. Recibis codigo de verificacion.
Llenar datos del contrato. El sistema te pide: tipo de contrato (indefinido, plazo fijo, obra), CUI del trabajador, salario mensual, jornada (diurna, nocturna, mixta), fecha de inicio, lugar de trabajo. Estos datos deben coincidir con lo que dice el PDF.
Subir el PDF del contrato. Una vez subido, el sistema asigna numero de expediente y enviar a la cola de revision.
Esperar 3 dias habiles. La Direccion General de Trabajo revisa que el contrato cumpla los requisitos minimos. Si todo esta en orden, te llega correo con la Constancia Definitiva de Registro firmada electronicamente con sello QR.
Si hay observaciones, te las notifican por correo. Tenes que corregir el contrato (re-firmar con el trabajador) y re-subirlo. El plazo de 15 dias del Codigo se reinicia desde la fecha de la nueva version.
Descargar y archivar la constancia. La guardas en tu carpeta del trabajador (digital y/o fisica). Si te demandan o auditan, esa constancia es tu prueba.
Costo y tiempo
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Costo oficial | Gratis (Q0) |
| Tiempo de emision | 3 dias habiles |
| Plazo legal para registrar | 15 dias habiles desde la firma |
| Modalidad | 100% en linea |
| Vigencia constancia | Permanente (mientras dure el contrato) |
Errores comunes
Mi contrato no tiene clausulas de jornada extraordinaria — me lo rechazan?
No te lo rechazan, pero conviene incluirlas. El Articulo 20 exige solo los elementos minimos: partes, trabajo, lugar, jornada, salario, plazo. Las clausulas adicionales (horas extra, periodo de prueba, exclusividad, confidencialidad) son opcionales. Si las omites, aplica supletoriamente el Codigo de Trabajo.
Subi el contrato pero el sistema dice ‘datos no coinciden’
El RECIT cruza el CUI del trabajador con RENAP. Si el numero de DPI esta mal escrito en el PDF (un digito invertido), el sistema marca error. Verifica caracter por caracter y, si esta correcto pero el sistema lo rechaza, llama al MINTRAB al 2422-2500 para que escalen el caso a soporte tecnico.
Olvide registrar contratos de hace 6 meses — que hago?
Registralos hoy mismo. Si bien tecnicamente estas en mora (la multa aplica desde el dia 16 despues de la firma), la mora se interrumpe cuando registras. Si te llega una inspeccion antes, la multa es por cada contrato no registrado. Mejor regularizar voluntariamente: el sistema acepta registros tardios sin bloqueo.
Soy extranjero contratado por una empresa guatemalteca — donde aparece mi contrato?
Tu empleador es quien debe registrarlo en el RECIT. Vos podes pedir copia de la constancia para tu archivo personal — sirve como prueba ante migracion para renovar tu permiso de trabajo, ante el IGSS para validar afiliacion y ante un eventual cambio de empleador para acreditar antiguedad.
Multas por incumplimiento
El Articulo 272 literal a) del Codigo de Trabajo (Decreto 14-41) sanciona el incumplimiento del registro de contratos:
| Falta | Multa (Cod. Trabajo Art. 272) |
|---|---|
| No registrar un contrato individual de trabajo | 2 a 12 salarios minimos mensuales por contrato no registrado |
| Datos falsos en el contrato registrado | 6 a 18 salarios minimos mensuales |
| Reincidencia | Multa duplicada + suspension de operaciones temporal |
Al salario minimo 2026 (~Q3,500 mensuales actividades no agricolas), una sola falta puede costar de Q7,000 a Q42,000 por contrato. Una empresa de 30 trabajadores sin un solo registro puede acumular sanciones de Q210,000 a Q1.26 millones.
Pero el costo real mas alto NO es la multa. Es perder demandas laborales: sin contrato registrado, el juez aplica el principio in dubio pro operario y presume cierto lo que el trabajador alegue sobre salario, jornada, antiguedad y condiciones. Una indemnizacion mal calculada por una demanda perdida puede superar los Q100,000 por trabajador.
Practico: Asigna a una persona de RRHH la tarea de registrar el contrato el mismo dia que se firma. No esperes al dia 14 — un imprevisto y te pasaste el plazo. La carga masiva permite procesar 10-20 contratos en una sola sesion.
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