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Consejo Nacional de Áreas Protegidas — Guatemala
¿Cuál usar?
  • Portal CONAP — institucional, normas, mapas, publicaciones técnicas
  • SIGAP — listado de las 320+ áreas protegidas, mapas y estatus
  • CITES — permisos para comercio internacional de especies amenazadas
  • Licencias — caza deportiva, regentes forestales, registro de empresas
📞 Tel: 2422-6700 · 📍 5a Avenida 6-06 Zona 1, Ciudad de Guatemala · 🕐 Lun-Vie 8:00-16:30 · 🆔 Verificado: Mayo 2026

El CONAP (Consejo Nacional de Áreas Protegidas) es la entidad rectora de la conservación en Guatemala. Administra el SIGAP (Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas) — más de 320 áreas que cubren cerca del 31% del territorio nacional, incluyendo joyas como Tikal, el Lago de Atitlán, Sierra de las Minas, Río Dulce y la Reserva de la Biósfera Maya. CONAP también es la autoridad CITES de Guatemala (comercio internacional de especies en peligro), regula la cacería deportiva, certifica regentes forestales, y autoriza investigación científica en áreas protegidas.

Regla rápida: ¿Vas de turismo a Tikal o Atitlán? → el catálogo de trámites del CONAP no publica permiso para un visitante común (ni una exención); pagás la entrada que fije la entidad que administra esa área. ¿Vas a cazar, investigar, exportar madera o transportar especies? → CONAP es el filtro obligatorio. ¿Empresa de flora/fauna? → el registro es indispensable, y los dos catálogos oficiales no coinciden en su precio (Q2,000.00 de inscripción según el Trámite 07A del CONAP; Q0 para el acto de actualización según tramites.gob.gt #651) — ver el FAQ abajo.

Sub-portales y áreas del CONAP

PortalPara qué sirve
conap.gob.gtSitio institucional — leyes, reglamentos, publicaciones técnicas, mapas SIGAP
SIGAPSistema Guatemalteco de Áreas Protegidas — listado completo, categorías de manejo, planes maestros
Dirección de Manejo de Bosques y Vida Silvestre (DMBVS)La unidad que el CONAP nombra en sus trámites de caza y exportación — registro y licencias de cazadores (Trámite 11A), transporte de vida silvestre, exportación CITES/NO CITES (Trámite 19)
Dirección de Valoración y Conservación de Diversidad BiológicaLa unidad que el CONAP nombra en sus trámites de investigación — registro de investigador (04A) y Licencia de Investigación (04B)
Dirección de Desarrollo del SIGAPLa unidad que el CONAP nombra en el Trámite 03 — autorización para prestar servicios a visitantes dentro de áreas protegidas
Recursos ForestalesRegentes forestales, empresas comercializadoras, planes de manejo
CITES GuatemalaPermisos de exportación/importación de especies amenazadas — el trámite en sí es el Trámite No. 19, permiso de exportación CITES y NO CITES
Educación AmbientalProgramas educativos, campañas, materiales para escuelas
Dirección Regional PeténMaya Biosphere Reserve, Tikal, Mirador, Yaxhá — la región más grande
Dirección Regional AltiplanoAtitlán, Sierra de los Cuchumatanes, Volcán de Agua
Dirección Regional VerapacesSierra de las Minas, Lachuá, Semuc Champey, Cuevas de Candelaria

Trámites CONAP más buscados

Para cazadores y deportistas

TrámiteCostoTiempo
Renovación Licencia de CazaQ150-3005-10 días hábiles
Reposición de Licencia de Caza y BoletasQ100-2005 días hábiles

Para empresas y regentes forestales

TrámiteCostoTiempo
Permiso de Exportación CITES / NO CITES (Trámite 19)Q125 por permiso CITES · Q100 NO CITES o especie nativaSin plazo publicado
Ampliación y Actualización del Registro de Empresas Comercializadoras de Flora MaderableQ0 para el acto de actualización (tramites.gob.gt #651) · pero el propio Trámite 07A del CONAP cobra Q2,000.00 de inscripción y Q150.00 por actualización de datos — confirmá en ventanilla30 días hábiles (#651)
Cambio de Categoría de Regentes ForestalesQ15030 días hábiles
Certificado de Técnico Profesional Regente de Empresas de Flora y FaunaQ25030-45 días hábiles

Para investigadores y científicos

TrámiteCostoTiempo
Guía de Transporte Asociada a Licencia de InvestigaciónGratis (Q0)10-15 días hábiles

Áreas protegidas más visitadas (SIGAP)

ÁreaDepartamentoCategoríaAtractivo principal
Parque Nacional TikalPeténParque Nacional + Patrimonio Mundial UNESCOPirámides mayas, selva tropical, monos araña
Reserva de Biósfera MayaPeténReserva de BiósferaEl Mirador, Yaxhá, jaguares, biodiversidad
Reserva de Biósfera Sierra de las MinasZacapa, Baja Verapaz, Alta VerapazReserva de BiósferaBosque nuboso, quetzales, manantiales
Lago de AtitlánSololáÁrea de Uso MúltipleVolcanes, pueblos mayas, deportes acuáticos
Parque Nacional Río DulceIzabalParque NacionalCañón, manglares, manatíes, Castillo San Felipe
Biotopo del Quetzal Mario DaryBaja VerapazBiotopoAvistamiento de quetzal, bosque nuboso
Parque Nacional LachuáAlta VerapazParque NacionalLaguna esmeralda, biodiversidad endémica
Reserva Natural Privada Atitlán (Reserva Atitlán Mariposas)SololáRNPMariposario, senderos colgantes
Volcán PacayaEscuintlaParque NacionalVolcán activo accesible, lava reciente
Semuc ChampeyAlta VerapazMonumento NaturalPozas turquesa naturales

Lo que el CONAP publica, y lo que no. El catálogo de veinte trámites del CONAP no contiene ningún permiso dirigido a un visitante individual — ni una exención para él; eso es un silencio del catálogo, no un permiso. Lo que sí publica del lado del visitante es el Trámite 03, la autorización que necesita quien presta servicios dentro de un área protegida (licencia anual Q50.00 persona individual hasta Q1,000.00 para empresa grande; permiso de un día a tres meses Q25.00–Q500.00), presentada “por lo menos 30 días previo a desarrollar la actividad”, con carné de guía del INGUAT si el servicio es guiaje. Sobre entradas, el Libro Tarifario del CONAP solo cobra las dos áreas que el CONAP administra: Semuc Champey Q50.00 extranjeros / Q30.00 nacional adulto / Q10.00 nacional niño, y Yaxhá-Nakum-Naranjo Q80.00 extranjeros / Q40.00 nacionales. Tikal, Atitlán y las demás las cobran sus propias entidades administradoras, así que confirmá el área que vas a visitar. La filmación comercial sí paga tarifa del CONAP donde el CONAP administra el sitio — Q2,000.00 por proyecto en Semuc Champey. Todas las cifras consultadas 2026-08-14.

Programas activos del CONAP

ProgramaPara qué sirve
Programa de Concesiones Forestales ComunitariasManejo sostenible de bosque por comunidades en Petén (modelo internacional reconocido)
Programa de Reservas Naturales Privadas (RNP)Apoyo técnico y reconocimiento legal a tierras privadas conservadas
CITES GuatemalaAutoridad nacional para comercio internacional de especies amenazadas
Programa de Educación Ambiental SIGAPCharlas, materiales didácticos y formación docente
Programa de Voluntariado CONAPVoluntarios nacionales y extranjeros en áreas protegidas
Programa de Manejo de Vida SilvestreReproducción ex situ de especies amenazadas, repoblación

Antes de cualquier trámite CONAP — checklist

Tenelo listoPor qué
DPI vigente o pasaporte (extranjeros)Identificación principal
NIT activo en SATPara empresas y regentes (facturación)
Comprobante de pago al banco autorizadoCasi todos los trámites pagados se hacen en BANRURAL
Plan técnico (para investigación)Objetivos, metodología, especies, tiempo, área
Certificado médico y de buena conducta (caza)Vigentes <6 meses
Antecedentes penales y policiacosPara regentes forestales y empresas
Acta notarial de representación legalPara empresas, si quien firma no es propietario
Mapa o ubicación geográfica del área de interésPara licencias e investigación

Diáspora — investigadores, cazadores y conservacionistas en EE.UU.

Si sos investigador o estudiante de doctorado en EE.UU.

  • La investigación son dos trámites, no uno, y el CONAP corre ambos por su Dirección de Valoración y Conservación de Diversidad Biológica — no por la dirección de vida silvestre que ve caza y exportaciones. Primero el Trámite 04A, el registro de investigador: Q800.00 para persona individual extranjera (código BANRURAL 712) o Q400.00 para persona jurídica (código 713). El CONAP imprime una exención que importa a cualquiera en planilla universitaria: “personal e investigadores de Universidades y de CONAP están exentos de este pago, para ello deben de presentar constancia dónde se acredite su vinculación a una Universidad”.
  • Después el Trámite 04B, la Licencia de Investigación, que el bloque de costo del CONAP marca como Sin Costo. La lista de requisitos que publica el CONAP es: su formulario de solicitud, tener ya el registro de investigador, protocolo de investigación en el formato del CONAP, carta de respaldo de una institución contraparte nacional si sos investigador extranjero (“Carta de respaldo de la institución contraparte nacional para el caso de investigadores extranjeros”), y carta del administrador del área si el trabajo es dentro de un área protegida. El CONAP no publica una lista de instituciones contraparte, así que no nombramos ninguna.
  • Ninguno de los dos trámites publica plazo ni regla de anticipación (verificado 2026-08-14). La única regla de 30 días de anticipación del catálogo del CONAP es la del Trámite 03, la autorización de servicios a visitantes, y no aplica a investigación — por eso no imprimimos ninguna cifra de con cuánto tiempo empezar.
  • Para sacar muestras del país (animales, plantas, suelo, ADN) necesitás Guía de Transporte de Investigación + Permiso CITES si la especie aplica + permiso de exportación SAT.
  • Para investigación en Tikal o Maya Biosphere coordiná también con IDAEH (Instituto de Antropología) si tu trabajo toca arqueología.

Si sos cazador deportivo guatemalteco viviendo en EE.UU.

  • Tu Licencia de Caza CONAP la podés renovar en cada visita a Guatemala — válida un año a partir de la emisión.
  • Trofeos de cacería para exportar a EE.UU.: un documento de exportación del CONAP (CITES o NO CITES — ver permiso CITES de exportación, Trámite 19), declaración USDA-APHIS al ingreso a EE.UU. y declaración aduanera. El Art. 27 del Decreto 4-89 prohíbe la recolección, captura, caza, transporte, comercio y exportación de las especies “en peligro de extinción, de acuerdo a los listados del CONAP”, y el Art. 24 ordena al CONAP elaborar esos listados anualmente. No reproducimos un listado de especies que no consultamos — preguntá al CONAP en cuál de sus listados está tu especie antes de planificar la exportación de un trofeo.
  • Trayendo arma personal de EE.UU. para cacería en Guatemala: requiere permiso temporal de DIGECAM (MINDEF) + declaración SAT en aduana. Ver el hub de trámites DIGECAM.

Si sos guatemalteco en EE.UU. interesado en conservación

  • Sobre donar desde EE.UU. no verificamos nada, así que no afirmamos nada. El catálogo de trámites del CONAP no publica canal de donaciones. Lo que sí publica es el Trámite 02, el registro de ONG nacionales y extranjeras relacionadas con los recursos naturales y el medio ambiente, con tarifa en el Libro Tarifario de Q2,000.00 para ONG extranjera y Q750.00 para ONG nacional — eso es un registro guatemalteco y no dice nada del estatus fiscal de ninguna organización en EE.UU. Si vas a donar buscando deducción en EE.UU., buscá vos mismo a la entidad receptora en el IRS Tax Exempt Organization Search y anotá el nombre legal exacto y el EIN. Una versión anterior de esta página decía que tres organizaciones nombradas eran todas 501(c)(3) deducibles; nunca lo verificamos, así que se eliminó.
  • Reservas Naturales Privadas: si heredaste tierra con bosque y querés protegerla, el Reglamento de la Ley de Áreas Protegidas (Art. 16) fija solo dos requisitos — “Que contenga ecosistemas silvestres no afectados significativamente por la actividad humana” y “Que el terreno se encuentre libre de gravámenes”. La tierra sigue siendo tuya: el mismo reglamento dice que el tamaño depende de la propuesta del propietario, “quien mantendrá plenamente sus derechos sobre la misma y estará encargado de su manejo”, y que estas reservas “contarán con el respaldo y el reconocimiento pleno del Estado para la protección de la integridad del terreno y de sus recursos”.
  • 🔴 No hay exención de IUSI, y esto lo teníamos mal. El Reglamento todavía imprime un procedimiento de exención de IUSI en sus Arts. 75–79, pero los artículos de la Ley que ese procedimiento desarrolla — Art. 31 (Impuesto Único sobre Inmuebles) y Art. 32 (Impuesto sobre la Renta) — aparecen anotados Derogado en la propia edición consolidada del CONAP: “Derogado por el numeral 11 del Artículo 1 del Decreto Número 117-97 el 01-01-1998”. El incentivo no existe desde el 1 de enero de 1998. Versiones anteriores de esta página prometían exención de IUSI; no planifiques con ella, y tomá nota de que la exoneración la resolvía el Ministerio de Finanzas Públicas, nunca el CONAP. (Texto consolidado del Decreto 4-89 y el A.G. 759-90 publicado por el CONAP, consultado 2026-08-14.)

Sanciones, tal como las imprime la Ley de Áreas Protegidas

Citadas del texto consolidado de la Ley de Áreas Protegidas (Decreto 4-89) y su Reglamento (Acuerdo Gubernativo 759-90) publicado por CONAP, con las anotaciones de reforma de esa edición (consultado 2026-08-13).

DisposiciónConductaSanción publicada
Art. 81 bis (adicionado por el Art. 25 del Decreto 110-96)Cortar o recolectar ejemplares vivos o muertos, partes o derivados de flora y fauna silvestre sin licencia de autoridad competente — y, expresamente, quien teniendo autorización “se extralimitaren o abusaren de los límites permitidos en la misma”“prisión de cinco a diez años y multa de diez mil a veinte mil quetzales”
Art. 82 (reformado por el Art. 26 del Decreto 110-96)Transportar, intercambiar, comercializar o exportar ilegalmente ejemplares, partes o derivados de flora y fauna amenazada, endémica o listada por el CONAP“prisión de cinco a diez años y multa de diez mil a veinte mil quetzales”
Art. 81 (reformado por el Art. 24 del Decreto 110-96)Oponerse a las inspecciones solicitadas o realizadas de oficio por personal del CONAP debidamente autorizado“multa de quinientos a tres mil quetzales”
Art. 81Negarse a devolver una licencia del CONAP ya prescrita sin justificar su retención“multa de cien a mil quetzales”
Art. 83Cualquiera de lo anterior cometido por una empresa autorizada para operar con productos de flora y fauna silvestreel doble de la multa la primera vez; cierre de la empresa si reincide
Reglamento, Art. 74Indicios de que un embarque es ilegalretención “por un plazo mínimo de cinco días” mientras se comprueba la legalidad

Lo que aquí no publicamos. Versiones anteriores de esta página traían cifras para tala ilegal, invasión de área protegida, quema dentro de una, empresa de flora sin registro e investigación sin permiso. No encontramos cifra publicada para esas conductas en el texto del Decreto 4-89 citado arriba, y los instrumentos que las contendrían (Código Penal, Ley Forestal, Ley de Patrimonio Cultural) no fueron consultados para esta página — así que esas filas se eliminan en lugar de sustituirse por un número que suene mejor. El detalle del lado de exportación: Permiso CITES de exportación CONAP (Trámite 19).

Contacto CONAP

CanalDato
Teléfono central2422-6700
HorarioLunes a viernes 8:00 - 16:30
Dirección sede central5a Avenida 6-06 Zona 1, Ciudad de Guatemala
Denuncias DIPRONA (PNC ambiental)110 o 1546
Dirección Regional PeténSanta Elena, Flores, Petén
Email institucionalsecretaria.conap@conap.gob.gt
Facebook@CONAPGuatemala
Twitter/X@CONAPGuatemala

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