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Inscribir Sociedad Anonima — Registro Mercantil
Antes de presentar, tene listo:
  • 📜 Escritura constitutiva ante notario guatemalteco (firmada por TODOS los socios)
  • 🪪 DPI vigente de cada socio + Boleto Ornato
  • 🏦 Capital pagado depositado en banco a nombre de la sociedad (minimo Q5,000)
  • 📝 Reserva de nombre vigente (Q15-25, validez 30 dias)
  • 💵 Pago aranceles RM (Q300-700 base + 6 por millar sobre capital)
💰 Costo total: Q2,000-4,000 (aranceles + notario) · ⏱ Tiempo: 3-5 semanas · 📞 RM: 2412-0203 · 🆔 Verificado: Mayo 2026

La Sociedad Anonima (S.A.) es la forma juridica mas usada por empresas medianas y grandes en Guatemala. Su caracteristica distintiva: el capital esta dividido y representado por acciones, y la responsabilidad de cada accionista esta limitada al pago de las acciones que suscriba — no se afecta el patrimonio personal por las deudas de la sociedad.

Resumen rapido S.A.: Minimo 2 socios, capital pagado inicial Q5,000 (Art. 90 Codigo de Comercio), denominacion con leyenda obligatoria “S.A.” (Art. 87), aranceles RM Q300-700+ 6 por millar, calificacion 7-15 dias. La S.A. es ideal para empresas con multiples inversionistas o que buscan capital externo. La cifra de Q200 capital minimo que circula en algunos sitios esta desactualizada — corresponde a la version anterior a la reforma del Decreto 18-2017.

Datos clave

Base legalCodigo de Comercio (Decreto 2-70), Articulos 86-194
Capital minimo pagadoQ5,000 (Art. 90)
Pago al suscribir accionesMinimo 25% del valor nominal (Art. 89)
Socios minimos2 (sin maximo)
ResponsabilidadLimitada al pago de acciones suscritas
Denominacion obligatoriaSociedad Anonima (puede abreviarse S.A.)
Tiempo total constitucion3-5 semanas
Aranceles RMQ300-700 base + 6 por millar sobre capital
VigenciaPermanente (renovacion anual de Patente de Comercio)

Que es una Sociedad Anonima — Articulo 86 verbatim

El Articulo 86 del Codigo de Comercio (Decreto 2-70) define la S.A. textualmente:

“Sociedad anonima es la que tiene el capital dividido y representado por acciones. La responsabilidad de cada accionista esta limitada al pago de las acciones que hubiere suscrito.”

Tres elementos definen entonces a la S.A.:

  1. Capital fraccionado en acciones — cada unidad de propiedad es una “accion” con valor nominal definido.
  2. Responsabilidad limitada — un accionista que aporto Q5,000 solo responde hasta Q5,000; sus bienes personales NO se ven afectados por deudas societarias.
  3. Acciones transferibles — las acciones pueden venderse, donarse o heredarse sin requerir consentimiento de los demas accionistas (a diferencia de la S.R.L. donde transferir aportaciones requiere consentimiento del 50%+ socios).

Estructura del capital: autorizado, suscrito, pagado

Tres conceptos que se confunden con frecuencia:

ConceptoDefinicion (Codigo de Comercio)Ejemplo Q-valor
Capital Autorizado (Art. 88)Suma maxima que la sociedad puede emitir en acciones SIN tener que aumentar formalmente el capital.Q500,000 (escrito en la escritura)
Capital SuscritoPorcion del autorizado que los socios se comprometen a aportar al constituirse.Q100,000 (suscrito por los 2 socios)
Capital Pagado (Art. 89, 90)Porcion del suscrito que efectivamente se deposita en banco. Al suscribir, debe pagarse minimo 25% del valor nominal. El pagado inicial debe ser minimo Q5,000.Q25,000 (25% del suscrito, supera el minimo Q5,000)

Ejemplo practico: una S.A. con capital autorizado Q500,000 puede constituirse con apenas Q5,000 pagados (el minimo legal), siempre que ese Q5,000 represente al menos 25% del capital suscrito por los socios.

Pasos exactos para inscribir una S.A.

Paso 1 — Reservar nombre comercial (1-3 dias)

  1. Ingresa a e-Tramites RM
  2. Busca disponibilidad del nombre deseado
  3. Si esta disponible, paga arancel Q15-25 y reserva
  4. Vigencia de la reserva: 30 dias (suficiente para terminar la escritura)

Paso 2 — Notario hace escritura constitutiva (3-10 dias)

La escritura debe contener:

  • Identificacion completa de los socios (DPI, direccion)
  • Denominacion (con leyenda S.A. obligatoria — Art. 87)
  • Objeto social
  • Capital autorizado, suscrito y pagado
  • Numero, valor nominal y clase de acciones
  • Regimen de organos (junta directiva, gerencia, fiscal)
  • Domicilio fiscal
  • Duracion de la sociedad

Honorarios notariales tipicos: Q1,500-3,000 segun complejidad.

Paso 3 — Deposito bancario del capital pagado (1-2 dias)

Segun Articulo 92, las aportaciones en efectivo deben depositarse en un banco a nombre de la sociedad, y el notario debe certificar ese extremo en la escritura. Bancos comunes: Banrural, BAM, Banco Industrial, G&T Continental. Te entregan un voucher que el notario incluye como parte del expediente.

Paso 4 — Pago de aranceles RM

ArancelMonto
Inscripcion baseQ300-700 segun capital
+ 6 por millar sobre capitalCapital × 0.006
Patente de ComercioQ150
Certificacion (opcional)Q25-50

Ejemplo: S.A. con capital Q100,000 → Q500 base + (100,000 × 0.006) = Q1,100 RM + Q150 patente = Q1,250 total aranceles RM.

Paso 5 — Presentacion en RM (e-Tramites o fisica)

  1. Carga la escritura, comprobantes de pago, deposito bancario en e-Tramites
  2. Si se prefiere presencial: 8a Avenida 10-43 Zona 1, Ciudad de Guatemala
  3. RM califica el expediente: 7-15 dias habiles

Paso 6 — Emision Patente de Comercio + inscripcion libro electronico

Si todo esta en orden, RM:

  1. Inscribe la sociedad en el libro electronico
  2. Emite la Patente de Comercio (documento que acredita inscripcion mercantil activa)
  3. Tu S.A. esta legalmente constituida y operativa

Despues del RM — tramites obligatorios siguientes

PasoEntidadTiempoCosto
1. NIT empresaSAT1-3 diasGratis
2. Habilitacion de libros contablesSAT1-3 diasQ0.50/hoja
3. Inscripcion patronal IGSS (si tendras 3+ empleados)IGSS5-10 diasGratis
4. Licencia municipalMuni local5-30 diasVariable
5. Bomberos (si local fisico)CVB5-15 diasQ150-500
6. Marca y logo (si necesitas proteccion)RPI MINECO6-12 mesesQ800-1,500/clase
7. RECIT contratos laborales (cuando contrates)MINTRAB3 diasGratis

Ver guia paso a paso: /es/tramites/inscribir-empresa/ y el hub /es/rm/.

S.A. vs S.R.L. vs EIRL — cual elegir

AspectoS.A.S.R.L.EIRL
Socios2-sin maximo2-201
Capital minimo pagadoQ5,000Q5,000Q5,000
Capital representado enAccionesAportacionesAportacion unica
ResponsabilidadLimitada al aporteLimitada al aporteLimitada al aporte
TransferenciaLibreRequiere consentimiento 50%+N/A
Ideal paraMultiples inversionistas, capital externo, escalaFamiliar, socios establesFreelancer con patrimonio que proteger

Diaspora — constituir tu S.A. desde EE.UU. sin viajar

Es completamente factible. Los pasos:

  1. Otorga poder notarial general a un representante de confianza en Guatemala (familiar, abogado, gestor).
  2. Firma el poder ante notario en EE.UU. El notary public verifica tu identidad y firma.
  3. Apostilla el poder en el Departamento de Estado del estado correspondiente (NO el Departamento de Estado federal). Costo: $10-30 + tiempo 1-2 semanas. Cada estado tiene su propio proceso.
  4. Traduce al espanol si el poder esta en ingles (traduccion jurada por traductor reconocido en Guatemala o EE.UU.).
  5. Envia el poder apostillado y traducido a tu apoderado en Guatemala (DHL/FedEx, 2-4 dias).
  6. Tu apoderado coordina: reserva nombre, escritura, deposito bancario, aranceles, presentacion RM.
  7. Cuando RM califica favorablemente, recibes copia digital de la Patente de Comercio.

Tiempo total desde EE.UU.: 6-10 semanas (incluyendo apostilla + envio).

Costo extra vs constituir en persona: ~$50-150 (apostilla + envio + traduccion) + honorarios del apoderado si es profesional (Q1,000-3,000).

Para sociedades con socios extranjeros 100%

La mayoria de sectores permite propiedad extranjera total en Guatemala. Restricciones puntuales en:

  • Mineria estrategica (oro, plata, niquel — requieren mayoria nacional)
  • Algunas concesiones de telecomunicaciones
  • Tierras fronterizas (15 km de cualquier frontera — restringido para extranjeros)

Para todo lo demas (comercio, servicios, manufactura, tecnologia, BPO, real estate fuera de zonas restringidas), la propiedad 100% extranjera es legal y comun.

Errores comunes que retrasan la calificacion

ErrorCausa probableSolucion
Reserva de nombre vencidaPasaron 30 dias desde reservaRe-reservar (Q15-25) antes de presentar
Capital pagado < Q5,000Confusion con la cifra antigua Q200Aumentar deposito bancario al minimo Q5,000
Pago al suscribir < 25% valor nominalMala interpretacion del Art. 89Cada socio paga minimo 25% al suscribir; ajustar antes de presentar
Anuncio de capital autorizado sin pagadoOlvido en escritura o publicidadModificar para incluir ambos (Art. 93 — multa Q25-Q500)
DPI vencido de algun socioFalta renovacionRenovar DPI antes de firmar escritura
Falta certificacion bancaria del depositoNotario no incluyo voucherNotario debe certificar Art. 92 verbatim
Objeto social muy generico o incompletoPlantilla copiada sin ajustarEspecificar actividades concretas alineadas con CIIU
Sin Boleto Ornato vigente de sociosDocumento administrativo olvidadoPagar Boleto Ornato en muni del socio (Q5-150 segun ingresos)

Sin tu S.A. inscrita, no podes…

Aumento o reduccion de capital — Articulo 203

Cuando una S.A. crece o se ajusta, eventualmente necesita aumentar o reducir su capital. El Articulo 203 del Codigo de Comercio establece el proceso:

“El aumento o reduccion del capital social debera ser resuelto por el organo correspondiente, en cada una de las sociedades en la forma y terminos que determina su escritura social, cuya resolucion incluira el monto del aumento o reduccion y la forma de pago.”

Pasos practicos:

  1. Asamblea general de accionistas aprueba el cambio
  2. Notario protocoliza el acta y modifica escritura social
  3. Pago arancel RM (Q300-1,000 segun magnitud)
  4. Presentacion en RM, calificacion 5-15 dias

Participacion de fundadores — Articulo 95

Una proteccion importante para los accionistas no fundadores: el Articulo 95 limita la participacion privilegiada de los fundadores.

“La participacion concedida a los fundadores en las utilidades netas anuales no excedera del diez por ciento (10%), ni podra abarcar un periodo de mas de diez (10) anos a partir de la constitucion de la sociedad. Esta participacion no podra cubrirse, sino despues de haber pagado a los accionistas un dividendo del cinco por ciento (5%), por lo menos, sobre el valor nominal de sus acciones.”

Esto significa:

  • Los fundadores pueden reservarse hasta el 10% de utilidades netas anuales
  • Solo por maximo 10 anos desde la constitucion
  • Solo despues de pagar dividendo minimo 5% a todos los accionistas
  • Pasados los 10 anos, los fundadores son tratados como cualquier otro accionista

Recursos relacionados


Fuentes: Codigo de Comercio de Guatemala (Decreto 2-70 del Congreso de la Republica), Articulos 86-95, 196-203 — consultado en archivo de Puerto Quetzal y Congreso de la Republica. Reformas relevantes: Decreto 62-95 (Art. 8), Decreto 18-2017 (capital pagado minimo Q5,000). Aranceles RM 2026: portal registromercantil.gob.gt. Verificado: mayo 2026.