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Libro Electrónico de Salarios — MINTRAB
Ir a librosalarios.mintrabajo.gob.gt
Antes de hacer clic, tene listo:
  • RTU vigente de la empresa (único requisito documental obligatorio)
  • NIT empresa y correo electrónico activo
  • Número patronal IGSS (si ya esta inscrita patronalmente)
  • Listado de trabajadores con CUI, cargo y salario (10+ permanentes)
  • Plantilla Excel o CSV con la planilla del mes (formato MINTRAB)
Costo: Gratis (Q0) · Tiempo: 3-5 días habiles · Teléfono MINTRAB: 2422-2500 · Verificado: Mayo 2026

Resumen: El Libro Electrónico de Salarios es el registro oficial donde los patronos con 10 o mas trabajadores permanentes anotan la planilla mensual. Es gratis (Q0), la autorización del MINTRAB tarda 3 a 5 días habiles y el único requisito documental es el RTU actualizado. Es 100% digital en librosalarios.mintrabajo.gob.gt y sustituye al antiguo libro fisico empastado. No llevarlo expone a multas diarias por trabajador.

Que es el Libro Electrónico de Salarios

El Libro Electrónico de Salarios es la versión digital del libro de salarios obligatorio establecido por el Artículo 102 del Código de Trabajo. Toda empresa o patrono que ocupe permanentemente a 10 o mas trabajadores debe llevarlo, autorizarlo ante la Dirección General de Trabajo del MINTRAB y mantenerlo actualizado mes con mes.

Antes del Acuerdo Ministerial 124-2019, el libro era fisico: un libro empastado de 200-500 páginas que el patrono llevaba al MINTRAB en la zona 9 capital, donde un funcionario sellaba página por página. Hoy todo es electrónico — una planilla en Excel o CSV se sube al portal librosalarios.mintrabajo.gob.gt y queda registrada con sello QR verificable.

Para que sirve el libro:

  • Cumplimiento del Artículo 102 del Código de Trabajo (obligación legal)
  • Prueba en demandas laborales sobre salarios pagados, jornadas trabajadas y deducciones aplicadas
  • Auditorias del IGSS, SAT y MINTRAB (cruzan los datos contra IGSS y declaraciones de ISR)
  • Solvencia laboral — necesaria para tramitar la Solvencia Laboral Electrónica
  • Respaldo bancario — bancos lo piden para créditos empresariales y financiamiento de planilla

Requisitos

El sistema MINTRAB es muy simple para este trámite porque el único requisito formal es:

  • RTU actualizado de la empresa o persona individual patrono

Eso es todo lo que pide el sistema en la primera autorización. Sin embargo, para empezar a cargar planillas necesitas además:

Datos preparatorios (no son requisitos formales pero los necesitas)

  • NIT empresa y correo electrónico activo (para crear usuario)
  • Número patronal IGSS — si la empresa ya esta inscrita patronalmente. Si no, primero hace falta la Inscripción Patronal IGSS
  • Listado actualizado de trabajadores con: nombre, CUI/DPI, cargo, fecha de ingreso, salario base, jornada (diurna/nocturna/mixta)
  • Plantilla Excel o CSV con la planilla del mes en curso, en formato MINTRAB (descargable del portal)

Datos que van en cada planilla mensual

Por cada trabajador, en cada mes:

  • Nombre completo
  • CUI/DPI
  • Cargo o puesto
  • Fecha de ingreso
  • Salario base mensual
  • Días trabajados en el mes
  • Horas ordinarias
  • Horas extra (si aplica)
  • Bonificación incentivo (Q250 fijos por ley)
  • Comisiones, gratificaciones, viaticos
  • Deducciones: cuota IGSS (4.83% del salario), ISR retenido, prestamos
  • Salario neto a pagar
  • Forma de pago (efectivo, cheque, depósito bancario)
  • Fecha de pago

Paso a paso

  1. Verificar que estas obligado. Si tenes 10 o mas trabajadores permanentes (no temporales, no por contrato de obra), aplica la obligación. Si tenes menos, podes hacerlo voluntario.

  2. Tener el RTU al día. Si tu RTU tiene mas de 6 meses sin actualizar, primero actualizalo en Agencia Virtual SAT (gratis, 24-48 horas). El sistema MINTRAB cruza con SAT y rechaza patronos con RTU vencido.

  3. Inscripción patronal en IGSS (si aun no la tenes). Sin número patronal, el sistema MINTRAB no te permite cargar trabajadores. Ver Inscripción Patronal IGSS — gratis, 5-10 días habiles.

  4. Crear usuario en librosalarios.mintrabajo.gob.gt. Ingresas con NIT empresa, correo y teléfono. Recibis código de verificación al correo.

  5. Solicitar autorización del libro. En el menú, seleccionas “Solicitud de Autorización de Libro de Salarios”. Confirmas tus datos fiscales (los toma del RTU automáticamente) y haces click en enviar.

  6. Esperar 3-5 días habiles. La Dirección General de Trabajo procesa la solicitud. Si el RTU esta al día y la empresa cumple los requisitos, te llega autorización por correo electrónico con un PDF que tiene el sello electrónico con código QR.

  7. Descargar plantilla MINTRAB. Una vez autorizado, descargas la plantilla Excel oficial del portal. La llenas con los datos de tus trabajadores (uno por fila).

  8. Cargar la planilla del primer mes. Subis el Excel completo, el sistema lo valida (verifica CUI contra RENAP, salario contra mínimo legal, deducciones contra topes IGSS/ISR). Si pasa validación, queda registrado.

  9. Repetir cada mes. La obligación es continua: cada planilla mensual debe quedar registrada en el sistema antes del día 15 del mes siguiente. Si te atrasas, el sistema lo registra como mora.

Costo y tiempo

ConceptoDetalle
Costo oficialGratis (Q0)
Tiempo de autorización inicial3 a 5 días habiles
Vigencia de la autorizaciónPermanente
Plazo mensual de cargaAntes del día 15 del mes siguiente
Modalidad100% en línea

Errores comunes

Mi empresa tiene 9 trabajadores y 1 por contrato de servicios — son 10?

No. Los contratos de servicios profesionales NO son relación laboral (no tienen dependencia ni horario fijo, no devengan IGSS). Solo cuentan para el limite del Artículo 102 los trabajadores con relación laboral activa: contrato individual, IGSS, jornada definida, dependencia. Si tenes 9 trabajadores laborales + 1 prestador de servicios, NO estas obligado, pero conviene formalizarlo.

Subi la planilla pero el sistema rechaza por ‘salario menor al minimo’

El sistema cruza tu planilla contra el salario mínimo vigente (No Agrícola 2026: Q4,002.28 mensuales en la Circunscripción Económica 1 / departamento de Guatemala y Q3,816.90 en la CE2 / resto del país, más Q250 de bonificación incentivo; Acuerdo Gubernativo 256-2025). Si reportas salario base menor al mínimo de tu circunscripción, el sistema te rechaza. Solución: revisar y corregir antes de re-subir. Pagar menos del mínimo es delito y se sanciona con multas adicionales.

Tengo trabajadores temporales por temporada (ej. agricultura) — los registro?

Si los contrataste por mas de 90 días continuos, son trabajadores permanentes y cuentan. Si son por menos (cortes de cafe, zafra), van como temporales en el sistema, pero igual se cargan a la planilla del mes en que estan activos. El Código de Trabajo no permite usar el termino “temporal” para evitar la obligación del libro.

Soy contador externo y manejo 5 empresas — puedo tener 5 libros con un solo usuario?

No. Cada empresa (cada NIT) tiene su propio libro, su propio usuario y su propio expediente. Como contador, podes ser usuario autorizado de varias empresas, pero cada una se gestiona por separado. El portal tiene rol “asistente externo” que se asocia al RTU del cliente sin compartir credenciales.

Multas por incumplimiento

El Artículo 272 literal c) del Código de Trabajo (Decreto 14-41) sanciona el incumplimiento de la obligación de llevar libro de salarios:

FaltaMulta
No llevar libro de salarios autorizadoQ3 a Q14 por día de incumplimiento por trabajador
Llevar libro sin autorizarQ3 a Q14 por día de incumplimiento
Datos falsos o alterados en el libro6 a 18 salarios mínimos mensuales
No actualizar planillas mensualesQ3 a Q14 por día por trabajador

Ejemplo practico: Una empresa con 30 trabajadores que opera 6 meses sin libro autorizado puede acumular: 30 trabajadores × Q14 × 180 días = Q75,600 en multas, además de la suspensión del Solvencia Laboral que bloquea créditos y licitaciones.

Lo que vale mas que la multa:

En demandas laborales, el libro de salarios es la prueba clave del salario, jornada y deducciones. Sin libro registrado, el juez aplica el principio in dubio pro operario y presume cierto lo que el trabajador declare. Una empresa que no lleva libro y enfrenta una demanda colectiva puede perder fácilmente Q500,000-1,000,000 en indemnizaciones mal calculadas.

Practico: Carga la planilla el día que pagas. Si pagas el 30 de cada mes, ese mismo día (o al día siguiente habil) cargas el Excel al sistema. Así no te atrasas y el libro siempre refleja la realidad del IGSS y de tu contabilidad.

Trámites relacionados

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