Descarga el Modelo de Boleta de Pago (Word)

Plantilla gratuita con todos los campos obligatorios del Articulo 102 del Codigo de Trabajo:

Modelo Oficial de Boleta de Pago / Recibo de Salario

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Que Es la Boleta de Pago

La boleta de pago (tambien llamada recibo de salario o comprobante de pago) es el documento que el patrono debe entregar al trabajador en cada periodo de pago. El Articulo 102 del Codigo de Trabajo la hace OBLIGATORIA — no es opcional ni cortesia.

Su funcion: documentar formalmente cuanto te pagaron, cuanto te dedujeron y cuanto recibiste en efectivo. Es la prueba legal universal del pago, util para:

  • Calculo de Aguinaldo, Bono 14 y vacaciones proporcionales
  • Visa USA/Canada (piden 3-6 meses de boletas)
  • Credito bancario (acredita ingresos)
  • IGSS (verifica que tus aportes se reportaron)
  • Juicio laboral (probar antiguedad y salarios reales)
  • Calculo de indemnizacion en caso de despido

Que Datos Debe Contener (Articulo 102)

Una boleta de pago valida debe incluir TODOS estos elementos:

Datos del patrono

  • Razon social o nombre completo
  • NIT (Numero de Identificacion Tributaria)
  • Direccion

Datos del trabajador

  • Nombre completo
  • DPI (Documento Personal de Identificacion)
  • Numero de afiliacion IGSS
  • Cargo o puesto

Datos del periodo

  • Fecha de inicio y fin del periodo (ej. “Del 1 al 15 de mayo 2026”)
  • Fecha efectiva de pago

Ingresos

  • Salario base del periodo
  • Bonificacion incentivo Decreto 78-89 (Q250 mensual, proporcional)
  • Horas extras (con detalle: cantidad × 1.5× o 2×)
  • Comisiones
  • Bono 14 (si se paga en este periodo)
  • Aguinaldo (si se paga en este periodo)
  • Otros ingresos (viaticos no sujetos a deduccion, etc.)
  • TOTAL DE INGRESOS (A)

Deducciones legales

  • Cuota laboral IGSS (4.83% del salario bruto)
  • ISR (si aplica — solo encima de Q48,000 anuales)
  • Anticipos / prestamos del patron
  • Cuota sindical (si el trabajador la autorizo)
  • Otras (siempre con autorizacion escrita del trabajador)
  • TOTAL DEDUCCIONES (B)

Total liquido a recibir

  • A − B = Total a pagar
  • En letras y numeros, para evitar adulteraciones

Firmas

  • Firma del patron o representante (con sello)
  • Firma del trabajador como recibido (con fecha)

Las 3 Deducciones Legales Permitidas

1. Cuota laboral IGSS — 4.83%

Aplicable a todo trabajador formal desde el primer dia. Se calcula sobre el salario base mas comisiones y bonos regulares (NO sobre la bonificacion incentivo Q250 ni horas extras esporadicas).

Ejemplo: Salario base Q4,002.28 → IGSS = Q193.31

2. ISR (Impuesto Sobre la Renta)

Aplica solo si el salario anual supera Q48,000 (~Q4,000/mes).

Rango anualTasa
Hasta Q48,0000% (exento)
Q48,001 a Q300,0005% sobre el exceso
Mas de Q300,0007% sobre el exceso

El patrono lo retiene mensualmente y lo reporta a la SAT. Si tu salario es exactamente el minimo (Q4,002.28 base), generalmente NO pagas ISR.

3. Anticipos / prestamos / cuota sindical

Solo con autorizacion escrita del trabajador. El patron NO puede deducir:

  • Multas por llegadas tarde (salvo reglamento interno aprobado por MINTRAB)
  • Daños o perdidas (deben probarse en proceso aparte)
  • Uniformes (correspondencia del patron, Art. 61)
  • Examenes medicos (corresponde al patron, Art. 197 si aplica)
  • Cualquier concepto no autorizado por escrito

Si te descuentan algo “extraño”, exigir explicacion por escrito. Si no la dan, denuncia al MINTRAB.

Calculo Practico — Ejemplo Mensual

Trabajador con salario base Q5,000:

ConceptoMonto
Salario baseQ5,000.00
+ Bonificacion incentivo Decreto 78-89Q250.00
= Total ingresos (A)Q5,250.00
− Cuota laboral IGSS (4.83% sobre Q5,000)−Q241.50
− ISR (salario anual Q60,000, exento primeros Q48,000; 5% sobre Q12,000 = Q600/12)−Q50.00
= Total deducciones (B)Q291.50
TOTAL A RECIBIR (A − B)Q4,958.50

Nota: La bonificacion incentivo de Q250 NO esta sujeta a IGSS ni ISR (Decreto 78-89).

Formato Fisico vs Digital

La ley NO especifica formato. Validas ambas:

  • Fisica: papel impreso firmado por duplicado (un original para trabajador, copia para patrono)
  • Digital: PDF enviado por email del patron, con datos completos. Recomendado: acuse de lectura o respuesta del trabajador como “recibido” (queda como prueba de entrega)

Lo critico: todos los datos del Articulo 102 deben estar presentes, y debe haber prueba de entrega.

Que Hacer Si el Patron No Te Entrega Boleta

  1. Pidela por escrito — carta o email con acuse de recibo
  2. Espera 7-15 dias para respuesta
  3. Denuncia al MINTRAB si no responde:
    • Linea telefonica anonima: 1539
    • Inspeccion General de Trabajo (delegaciones en todas las cabeceras)
    • Portal: con DPI en linea
  4. Conserva evidencia mientras tanto: depositos bancarios, transferencias, capturas de WhatsApp con el patron, testigos

La sancion al patron por incumplir el Articulo 102 puede llegar a 12-14 salarios minimos por trabajador afectado (Articulo 272 del Codigo de Trabajo).

Errores Comunes en las Boletas

  1. NO incluir bonificacion Q250 — debe aparecer como linea aparte (no es parte del salario base)
  2. Calcular IGSS sobre bonificacion incentivo — NO se incluye (Decreto 78-89)
  3. No firmar como recibido — siempre revisa y firma con tu propia letra “recibido + firma + fecha”
  4. Sin numero de afiliacion IGSS — pide al patron que lo incluya; sirve para verificar tus aportes
  5. Pago en efectivo sin boleta — NO ACEPTAR. El pago debe documentarse siempre
  6. Boletas con monto diferente al depositado — exigir correccion inmediata por escrito

Tramites Relacionados

Fuentes Legales

  • Codigo de Trabajo de Guatemala (Decreto 14-41), Articulo 92 — Pago en moneda legal.
  • Codigo de Trabajo, Articulo 102 — Entrega obligatoria de boleta.
  • Codigo de Trabajo, Articulo 103 — Salario minimo obligatorio.
  • Codigo de Trabajo, Articulo 272 — Sanciones por infraccion patronal.
  • Decreto 78-89 — Bonificacion incentivo Q250 (no sujeta a IGSS ni ISR).
  • Decreto 295 (Ley IGSS), Articulo 27 — Cuotas laboral 4.83% y patronal 12.67%.
  • Decreto 10-2012 — ISR en relacion de dependencia.

Esta pagina ofrece orientacion general. Para casos especificos, consulta a un abogado laboralista o al MINTRAB. Asesoria gratuita: linea 1539.