El 20 de julio de 2026, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) publicó una regla final que elimina el reglamento de carga pública de 2022. Entró en vigor el 18 de septiembre de 2026. USCIS reescribió después la Parte G de su Manual de Políticas para explicar cómo deciden ahora sus oficiales si una persona tiene probabilidad de convertirse en carga pública. Esta página resume lo que dicen el texto de la regla y esa guía, con fechas, para familias guatemaltecas con un trámite de residencia en curso. Es información general, no asesoría legal. Las decisiones de carga pública son discrecionales y caso por caso. Para su caso, hable con un abogado de inmigración con licencia o un representante acreditado por el DOJ (vea cómo encontrar ayuda migratoria acreditada).

Resumen rápido: Regla final del DHS 2026-14539 (91 FR 45324), publicada el 20 de julio de 2026, vigente desde el 18 de septiembre de 2026. Elimina las secciones 8 CFR 212.20 a 212.23. Aplica a las solicitudes de admisión hechas desde el 18 de septiembre de 2026 y a los I-485 con matasellos o presentados en línea desde esa fecha. Los I-485 con matasellos entre el 23 de diciembre de 2022 y el 17 de septiembre de 2026 siguen con la regla de 2022. Para beneficios recibidos antes del 18 de septiembre de 2026, USCIS solo considera la asistencia pública en efectivo para mantenimiento de ingresos y la institucionalización a largo plazo a cargo del gobierno; para los recibidos desde esa fecha, el oficial considera cualquier beneficio público sujeto a comprobación de recursos. El DHS dice que la regla devuelve a sus oficiales una discreción más amplia. Las exenciones de la ley (asilados, refugiados, SIJS, solicitantes de TPS, no inmigrantes T y U, autopeticionarios VAWA y otros) siguen vigentes. Revisado el 21 de octubre de 2026.

Qué cambia la regla, lado a lado

El resumen del Registro Federal dice que, para el DHS, la regla de 2022 “was not the best implementation of the statute” (no era la mejor aplicación de la ley), y que “Rescission restores broader discretion for DHS officers to evaluate all pertinent facts” (la derogación devuelve a los oficiales una discreción más amplia para evaluar todos los hechos pertinentes). La tabla pone los cambios concretos uno junto al otro.

PuntoCon la regla final de 2022Desde el 18 de septiembre de 2026Fuente
Secciones 8 CFR 212.20 a 212.23 (aplicación, definiciones, la determinación, exenciones y dispensas)VigentesEliminadas (“Remove §§ 212.20 through 212.23”)Regla final, texto reglamentario
Beneficios que el oficial puede considerarUna lista limitada; el DHS dice que la regla de 2022 “limited the public benefits that DHS could consider”Cualquier beneficio público sujeto a comprobación de recursos recibido desde el 18 de septiembre de 2026Regla final; Manual de Políticas, Parte G, cap. 1
Beneficios recibidos antes del 18 de septiembre de 2026Se consideraban con la regla de 2022Solo asistencia pública en efectivo para mantenimiento de ingresos e institucionalización a largo plazo a cargo del gobiernoRegla final, Fechas; Manual de Políticas, Parte G, cap. 1
FactoresSiete factores, cinco de ellos exigidos por la ley, según el DHSLos factores mínimos de la ley más cualquier otro hecho relevante, en la totalidad de las circunstanciasRegla final, resumen; Manual de Políticas, Parte G, cap. 7
Lista de exencionesEscrita en el reglamentoQuitada del reglamento; el DHS dice que “these exemptions are statutory and will not be impacted by the removal of the regulations” (son de la ley y no cambian)Regla final, respuesta a comentarios
Fianzas de carga públicaLas presentadas antes del 18 de septiembre de 2026 se incumplen si la persona afianzada recibe asistencia pública en efectivo para mantenimiento de ingresos o institucionalización a largo plazo a costa del gobiernoLas presentadas desde el 18 de septiembre de 2026 se incumplen si la persona afianzada recibe cualquier beneficio público sujeto a comprobación de recursos antes de su muerte, salida permanente o naturalizaciónRegla final, 8 CFR 103.6(c)(1)(ii)

El DHS dice que mantendrá la lista de exenciones y dispensas en el sitio de USCIS, en el Manual de Políticas y en el Formulario I-485. Para la edición vigente del I-485, vea nuestra guía de ajuste de estatus (I-485).

Qué regla aplica a su I-485

USCIS decide por la fecha del matasellos (o de presentación en línea) del I-485, según la Parte G, capítulo 1:

I-485 con matasellos o presentado en líneaReglas que se usan
Antes del 23 de diciembre de 2022Guía Provisional de 1999 (64 FR 28689)
Del 23 de diciembre de 2022 al 17 de septiembre de 2026Regla final de 2022 (87 FR 55472)
Desde el 18 de septiembre de 2026Regla de 2026 y la Parte G revisada

Si USCIS rechazó una presentación y usted la volvió a enviar, el DHS dice que usa el matasellos de la solicitud que USCIS tiene ahora, no el de la rechazada.

Qué pesa ahora el oficial

La guía revisada de USCIS describe una decisión caso por caso y hacia el futuro. Sus puntos principales:

  • Factores mínimos de la ley. Toda decisión debe considerar al menos la edad; la salud; la situación familiar; los bienes, recursos y situación financiera; y la educación y habilidades. El oficial también puede considerar un Formulario I-864 suficiente cuando se exige. Sobre el I-864, vea la declaración de patrocinio para un familiar guatemalteco.
  • Solo la falta de un I-864 exigido decide el caso por sí sola. La guía dice “No one factor, other than the lack of a sufficient Form I-864, where required, is outcome determinative” (ningún factor decide por sí solo, salvo la falta de un I-864 suficiente cuando se exige).
  • Beneficios pasados. También dice que “past or current receipt of means-tested public benefits may not be indicative of future receipt” (haberlos recibido no indica necesariamente que se recibirán en el futuro). El oficial pesa el monto, la duración y lo reciente de lo que realmente se recibió.
  • Solicitar o ser aprobado para un beneficio. El oficial considera solicitudes, aprobaciones y certificaciones desde el 18 de septiembre de 2026, no las anteriores. Si una aprobación cubre un período que pasa del 18 de septiembre de 2026, se considera la parte desde esa fecha, salvo que la persona demuestre que se dio de baja, que retiró la solicitud o que avisó a la agencia.
  • Sin excepción por beneficio. El capítulo 7 dice “To be clear, exceptions for the purpose of PRWORA implementation do not create exceptions for the purpose of the public charge ground of inadmissibility” (las excepciones de la ley PRWORA no crean excepciones de carga pública). Al oficial se le pide considerar la naturaleza del beneficio para decidir cuánto peso darle.
  • Guía, no fórmula. USCIS dice que la guía busca “inform, but not prescribe” (orientar, no determinar) la decisión del oficial.

El DHS también escribió que “this rule does not prohibit an alien from obtaining any public benefit for which he or she is eligible” (la regla no prohíbe recibir un beneficio para el que la persona es elegible). Si un beneficio concreto pesará en un caso concreto lo decide el oficial con la guía de arriba. Esta página no le dice qué beneficios mantener o dejar; busque asesoría sobre sus propios hechos.

A quién se aplica la causal y quién está exento

El capítulo 3 de la Parte G lista quién está sujeto al ajustar estatus. Las categorías familiares que cubren la mayoría de peticiones de familias guatemaltecas están del lado sujeto: cónyuges, hijos y padres de ciudadanos estadounidenses; hijos e hijas de ciudadanos; cónyuges e hijos de residentes permanentes; y hermanos de ciudadanos estadounidenses.

El mismo capítulo lista las categorías a las que la causal no aplica “based on statutory or regulatory authority” (por mandato de ley o reglamento). Las que tienen guía en este sitio:

Categoría en la lista de exenciones de USCISNuestra guía
Asilados y refugiadosAsilo para guatemaltecos en EE. UU.
Jóvenes inmigrantes especialesSIJS
Víctimas de actividad criminal calificada (no inmigrantes U)Visa U (I-918)
Víctimas de trata de personas (no inmigrantes T)Visa T (I-914)
Autopeticionarios VAWAAutopetición VAWA (I-360)
“Nicaraguans and other Central Americans who are adjusting status to LPR” (nicaragüenses y otros centroamericanos que ajustan a residencia permanente; USCIS cita las secciones 202(a) y 203 de NACARA)Alivio NACARA
Solicitantes de estatus de protección temporal (TPS)TPS y guatemaltecos

El capítulo 3 agrega una excepción a la exención: algunos solicitantes T, U y VAWA que ajustan por una petición de empleo presentada por un familiar (o por una empresa en la que un familiar tiene una participación importante) igual deben presentar un Formulario I-864 firmado por ese familiar.

Lo que esta regla no cubre

  • Entrevistas de visa en la Embajada de EE. UU. en Guatemala. La regla cubre decisiones del DHS: solicitudes de admisión en un puerto de entrada o entre puertos, y ajuste de estatus ante USCIS. El DHS dice que los cónsules del Departamento de Estado deciden visas “under different regulations and policies than USCIS officers” (con otro reglamento y otras políticas). Sobre el Manual de Asuntos Exteriores, el DHS remitió a los comentaristas al Departamento de Estado. Lo que ha dicho el Departamento de Estado sobre carga pública en la entrevista está en nuestra página de la entrevista de visa de inmigrante, y la pausa de visas de 2026, en la página de la pausa de visas de inmigrante.

Cómo se llegó a la regla

  • 19 de noviembre de 2025: El DHS publica la regla propuesta (90 FR 52168) (Regla final, antecedentes).
  • Período de comentarios: El DHS recibe 8,846 comentarios (Regla final).
  • 20 de julio de 2026: Se publica la regla final, 91 FR 45324, RIN 1615-AD06 (Registro Federal).
  • 18 de agosto de 2026: Alerta de Políticas de USCIS anuncia la Parte G revisada (Actualizaciones del Manual de Políticas).
  • 18 de septiembre de 2026: Entran en vigor la regla y la guía; una actualización técnica la incorpora al Volumen 8 (Registro Federal; USCIS).
  • 2 de octubre de 2026: Los capítulos 1 y 3 de la Parte G indican que están vigentes a esta fecha (Manual de Políticas de USCIS).

Relacionado

Fuentes

Preguntas Frecuentes

¿Cuándo entra en vigor la regla de carga pública 2026?

El 18 de septiembre de 2026. El aviso del Registro Federal (documento 2026-14539, 91 FR 45324, publicado el 20 de julio de 2026) dice que la regla aplica a las solicitudes de admisión hechas desde esa fecha y a las solicitudes de ajuste de estatus enviadas por correo (fecha del matasellos) o presentadas en línea desde esa fecha.

El I-485 de mi familiar se envió antes del 18 de septiembre de 2026. ¿Qué regla le aplica?

La Parte G del Manual de Políticas de USCIS dice que los I-485 con matasellos desde el 23 de diciembre de 2022 y antes del 18 de septiembre de 2026 se deciden con la regla final de 2022, y los anteriores al 23 de diciembre de 2022, con la Guía Provisional de 1999. Si USCIS rechazó una presentación anterior, el DHS dice que cuenta el matasellos de la solicitud que USCIS tiene ahora, no el de la rechazada.

¿La nueva regla cuenta los beneficios que recibimos antes del 18 de septiembre de 2026?

Para beneficios recibidos antes del 18 de septiembre de 2026, USCIS dice que los oficiales solo consideran la asistencia pública en efectivo para mantenimiento de ingresos y la institucionalización a largo plazo a cargo del gobierno. Para beneficios públicos sujetos a comprobación de recursos recibidos desde esa fecha, consideran cualquiera de ellos. Las solicitudes, aprobaciones o certificaciones de beneficios que siguen vigentes después del 18 de septiembre se consideran desde esa fecha, salvo que la persona demuestre que se dio de baja o retiró la solicitud.

¿Hay una lista de beneficios que no cuentan?

No en la regla ni en el capítulo 7 de la Parte G del Manual de Políticas, leídos el 21 de octubre de 2026. La guía dice que el oficial toma en cuenta la naturaleza del beneficio al darle peso, y que las excepciones creadas para la elegibilidad a beneficios no crean excepciones de carga pública. Cada decisión la toma el oficial caso por caso. Consulte su caso con un abogado de inmigración con licencia o un representante acreditado por el DOJ. El DHS también escribió que “generally will not consider the receipt of means-tested public benefits by the alien’s family or household members” (por lo general no considerará los beneficios recibidos por familiares o miembros del hogar de la persona) y que no atribuirá a los padres los beneficios recibidos por sus hijos ciudadanos estadounidenses, aunque puede considerar la obligación legal de los padres de mantener a sus hijos.

¿Hay guatemaltecos exentos de carga pública?

Las exenciones vienen de la ley, y el DHS dice que quitarlas del reglamento no las cambia. El capítulo 3 de la Parte G menciona, entre otros, a asilados y refugiados, jóvenes inmigrantes especiales, solicitantes de TPS, no inmigrantes T y U, autopeticionarios VAWA, y una categoría para nicaragüenses y otros centroamericanos que ajustan a residencia permanente, para la que USCIS cita las secciones 202(a) y 203 de NACARA. Cónyuges, hijos, padres y hermanos de ciudadanos estadounidenses que ajustan estatus aparecen como sujetos a la causal.

¿Esta regla del DHS decide las entrevistas de visa de inmigrante en la Embajada en Guatemala?

El DHS dice que esta regla no aplica a las decisiones de visa del Departamento de Estado, cuyos cónsules deciden las visas “under different regulations and policies than USCIS officers” (con otro reglamento y otras políticas); sobre el Manual de Asuntos Exteriores, el DHS remitió a los comentaristas al Departamento de Estado. Lo que ha dicho el Departamento de Estado está en nuestra página de la entrevista de visa de inmigrante.