Si usted es guatemalteco y sufrió maltrato o crueldad extrema por parte de su esposo o esposa, o de su padre o madre, ciudadano o residente permanente de EE. UU., o de su hijo o hija ciudadano de EE. UU. de 21 años o más, la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA) le permite presentar su propia petición de inmigrante con el formulario I-360 sin que el agresor lo sepa ni lo consienta. Lo que USCIS le pide demostrar es una relación familiar que califique, maltrato o crueldad extrema, haber vivido juntos y buena conducta moral (y, si es cónyuge, un matrimonio de buena fe), y una petición aprobada da la clasificación de inmigrante, el paso hacia la green card.

USCIS explica la razón de la ley: los peticionarios pueden abusar del proceso familiar amenazando con no presentar o retirar una petición para controlar, coaccionar e intimidar a sus familiares. VAWA permite a la víctima presentar “without the abuser’s knowledge, consent, or participation in the immigration process” (sin que el agresor lo sepa, lo consienta ni participe en el trámite migratorio).

Resumen rápido: Pueden autopeticionar por VAWA los cónyuges maltratados (también excónyuges y cónyuges de buena fe en un matrimonio inválido) y los hijos de ciudadanos o residentes permanentes, y los padres de hijos ciudadanos de 21 años o más. Debe demostrar la relación, maltrato o crueldad extrema durante ella, que vivió con el agresor, buena conducta moral y, si es cónyuge, un matrimonio de buena fe. Presente el formulario I-360 (edición 01/20/25) a US$0. Los excónyuges tienen 2 años tras un divorcio relacionado con el maltrato. Desde Guatemala solo puede presentar si el agresor es empleado del gobierno de EE. UU. o miembro de las fuerzas armadas, o si el maltrato ocurrió en Estados Unidos. Entre las pruebas sugeridas está una constancia de antecedentes de cada lugar donde vivió 6 meses o más en los últimos 3 años, Guatemala incluida. Un I-360 aprobado no es un estatus; le permite pedir la green card.

Quién puede presentar

Usted esAgresorCondiciones adicionales (página de USCIS sobre VAWA)
CónyugeCónyuge ciudadano o residente permanenteTambién si el cónyuge maltrató a su hijo; puede incluir a sus hijos solteros menores de 21
ExcónyugeCiudadano o residente permanenteMatrimonio terminado por muerte (solo ciudadano) o por divorcio relacionado con el maltrato dentro de los 2 años anteriores, o el agresor perdió o renunció a su estatus dentro de 2 años por violencia doméstica
Cónyuge en matrimonio inválidoCiudadano o residente permanenteUsted creía estar casado legalmente, pero el matrimonio no era válido solo por la bigamia del agresor
HijoPadre o madre ciudadano o residente permanenteSoltero y menor de 21; o después de los 21 pero antes de los 25 si el maltrato fue la causa principal del retraso
Padre o madreHijo ciudadano de EE. UU. de 21 años o másNo puede incluir beneficiarios derivados

Los requisitos

USCIS dice que es elegible si demuestra:

  1. Una relación que califica, según la tabla anterior.
  2. Maltrato físico o crueldad extrema por su familiar ciudadano o residente permanente durante la relación. Un cónyuge también puede calificar si el agresor se lo hizo a su hijo.
  3. Residencia compartida: vive o vivió con el familiar agresor.
  4. Buena conducta moral.
  5. Matrimonio de buena fe (solo cónyuges): se casó de buena fe y no para evadir las leyes migratorias.

USCIS agrega que, en ciertas circunstancias, puede seguir siendo elegible si el agresor perdió o renunció a la ciudadanía o la residencia, o murió. Las instrucciones del I-360 agregan otro elemento: debe ser elegible para la clasificación de inmigrante con base en esa relación.

Presentar desde Guatemala: la regla de los tres casos

USCIS fija una regla estrecha para quien vive fuera de Estados Unidos al presentar. Además de los requisitos anteriores, debe demostrar uno de estos:

Condición para quien vive en el extranjeroFuente
El agresor es empleado del gobierno de EE. UU.Página de VAWA e instrucciones del I-360
El agresor es miembro de las fuerzas armadas de EE. UU.Página de VAWA (las instrucciones del I-360 dicen servicios uniformados)
El maltrato ocurrió en EE. UU.“You were subjected to battery or extreme cruelty in the United States” (usted sufrió maltrato o crueldad extrema en EE. UU.)

Si su I-360 se aprueba y usted está fuera de EE. UU., USCIS envía la petición al Centro Nacional de Visas (NVC), que la reenvía al consulado de EE. UU. que corresponda cuando haya una visa disponible, y a usted le notifican cómo seguir; USCIS llama a esto trámite consular.

Pruebas, incluidos documentos de Guatemala

Las instrucciones del I-360 le permiten presentar cualquier prueba creíble y pertinente, y dicen que solo USCIS decide qué es creíble y cuánto peso tiene. Las pruebas sugeridas son:

RequisitoPrueba sugerida (instrucciones del I-360)Nota para Guatemala
Estatus del agresorPrueba de la ciudadanía o residencia permanente del agresor
RelaciónActas de matrimonio y divorcio, certificados de nacimiento u otra pruebaLos documentos en español necesitan traducción certificada al inglés
Residencia compartidaRegistros de empleo, recibos de servicios, registros escolares, hospitalarios o médicos, certificados de nacimiento de los hijos, hipotecas, contratos de alquiler, pólizas de seguro o declaraciones juradas
MaltratoInformes y declaraciones juradas de policía, jueces y otros funcionarios judiciales, personal médico, escuelas, religiosos, trabajadores sociales; copias de cualquier orden de protección
Buena conducta moral (14 años o más)Su declaración jurada con una constancia policial, verificación de antecedentes estatal o informe similar de cada lugar donde vivió 6 meses o más en los 3 años antes de presentarIncluye una localidad de Guatemala donde vivió 6 meses o más en ese período
Matrimonio de buena fe (cónyuges)Pólizas de seguro, contratos de arrendamiento, declaraciones de impuestos o estados de cuenta donde figuren como cónyuges; declaraciones sobre el noviazgo, la boda y la vida en común

La regla de buena conducta moral llega al extranjero: las instrucciones piden una constancia “from each locality or state in the United States or abroad where you have resided for six or more months during the 3-year period immediately before the filing of your self-petition” (de cada localidad o estado, en EE. UU. o en el extranjero, donde vivió seis meses o más en los 3 años inmediatamente anteriores a la autopetición). Cómo obtener antecedentes penales y policiacos de Guatemala desde EE. UU. está en nuestra guía de antecedentes desde Estados Unidos. Las instrucciones exigen una traducción completa al inglés con la certificación firmada del traductor.

Formulario, tarifa y dónde presentar

PuntoDetalle
FormularioI-360, Petition for Amerasian, Widow(er), or Special Immigrant, edición 01/20/25
TarifaUS$0 como autopeticionario VAWA (página de USCIS sobre VAWA)
Qué parte llenarLos autopeticionarios VAWA llenan la Parte 3 y pueden dar una dirección alterna o segura en la Parte 1, punto 7
Permiso de trabajoMarque la casilla del I-360 para que lo consideren automáticamente para un permiso de trabajo inicial al aprobarse
Dónde enviarLa página de direcciones del I-360 remite las peticiones VAWA a la página de USCIS con las direcciones para formularios VAWA, T y U

Esa página de direcciones VAWA/T/U (revisada el 7 de octubre de 2026) cambió los lugares de presentación el 7 de octubre de 2026, con un período de gracia de 30 días para formularios con matasellos del 9 de noviembre de 2026 o antes enviados a una dirección anterior. Asigna el USCIS Dallas, Phoenix o Chicago Lockbox según el estado o territorio de EE. UU. donde vive. No encontramos en esa página, el 15 de octubre de 2026, una fila para quienes viven fuera de Estados Unidos; quien presenta desde Guatemala debe revisarla antes de enviar. No necesita una exención de tarifas (formulario I-912) para el I-360.

Después de presentar

  • Aviso de caso prima facie y beneficios. Si demuestra elegibilidad prima facie, USCIS emite un aviso de caso prima facie (Notice of Prima Facie Case). Los cónyuges e hijos autopeticionarios (y los hijos derivados) cuentan como qualified aliens para ciertos beneficios federales y estatales; los padres autopeticionarios no.
  • Entrevistas. USCIS tiene facultad para pedir una entrevista a cualquier persona que solicite un beneficio (8 C.F.R. 103.2(b)(9)); las entrevistas VAWA se hacen en la oficina local con jurisdicción sobre su residencia. USCIS dice que las hacen funcionarios con capacitación especializada, incluidas técnicas que toman en cuenta el trauma, y que no presentarse puede llevar a la negación de la autopetición y de la solicitud de ajuste.
  • La aprobación no es estatus. USCIS dice que un I-360 aprobado no da estatus migratorio a usted ni a sus beneficiarios derivados; da la clasificación de inmigrante. Si está en EE. UU., USCIS puede considerarlo para acción diferida caso por caso.
  • Permiso de trabajo. Si marcó la casilla del I-360, USCIS lo considera para un permiso de trabajo al aprobarse y no necesita un I-765 aparte; si no, debe presentar el I-765 después de la aprobación. La página de direcciones VAWA/T/U incluye el formulario I-765 entre los que cambiaron de lugar de presentación el 7 de octubre de 2026. Los hijos derivados presentan su propio I-765.
  • Green card. En EE. UU., con una visa disponible de inmediato, puede presentar el I-485 junto con el I-360, mientras está pendiente o después de la aprobación. Para la disponibilidad de visas, USCIS remite a sus páginas de fechas de prioridad y al Boletín de Visas del Departamento de Estado; vea nuestra guía del Boletín de Visas para peticiones familiares de guatemaltecos.
  • Hijos. Los hijos derivados reciben la misma clasificación y fecha de prioridad. Puede agregar a un hijo elegible, incluso uno nacido después de la aprobación, cuando solicite la residencia, sin nueva petición.

Guías relacionadas

El requisito de relación de VAWA cubre solo a los familiares de la tabla anterior. Si tiene una green card condicional por matrimonio, vea nuestra guía para quitar las condiciones de residencia (formulario I-751). Otros programas distintos se explican en nuestras guías de la visa U y de la visa T.

Ayuda y seguridad

USCIS cita la Línea Nacional contra la Violencia Doméstica: 800-799-SAFE (7233) o 800-787-3224 (TTY) para ayuda y apoyo a víctimas de violencia doméstica. Para ayuda consular si un familiar está detenido u hospitalizado, vea guatemalteco detenido u hospitalizado en EE. UU.; para trámites legales en Guatemala, vea contratar un abogado en Guatemala desde EE. UU..

Fuentes

Todas las fuentes se consultaron el 15 de octubre de 2026. Esta página explica reglas oficiales; no es asesoría legal. Más guías en nuestra sección de diáspora y en la de consulados.

Preguntas Frecuentes

¿Quién puede presentar una autopetición VAWA?

Según la página de USCIS sobre cónyuges, hijos y padres maltratados (revisada el 26 de junio de 2026): el cónyuge o excónyuge maltratado de un ciudadano o residente permanente de EE. UU. (también si el agresor maltrató a su hijo); el hijo soltero menor de 21 maltratado por su padre o madre ciudadano o residente permanente, o el hijo que presenta después de los 21 pero antes de los 25 si el maltrato fue la causa principal del retraso; y el padre o la madre de un hijo ciudadano de EE. UU. de 21 años o más que lo maltrató.

¿Necesito un informe policial para VAWA?

Los requisitos de elegibilidad de VAWA en la página de USCIS son una relación que califica, maltrato o crueldad extrema, residencia compartida, buena conducta moral y, para cónyuges, un matrimonio de buena fe. Las instrucciones del I-360 dicen que puede presentar cualquier prueba creíble y pertinente, y sugieren pruebas del maltrato como informes y declaraciones juradas de policía, jueces y funcionarios judiciales, personal médico, escuelas, religiosos y trabajadores sociales, además de copias de cualquier orden de protección. Aparte, a quienes tienen 14 años o más se les pide una constancia policial o informe similar para demostrar buena conducta moral.

¿Cuánto cuesta la autopetición VAWA?

US$0. La página de USCIS sobre VAWA dice que presentar el formulario I-360 como autopeticionario VAWA no tiene costo.

¿Se enterará mi agresor de que presenté la petición?

VAWA le permite presentar sin que el agresor lo sepa, lo consienta ni participe en el trámite migratorio. Puede dar a USCIS una dirección alterna o segura en la Parte 1, punto 7 del I-360, como un apartado postal, la dirección de un amigo, de su abogado o de una organización comunitaria. USCIS envía las citas de entrevista a la dirección segura.

Ya me divorcié de mi agresor. ¿Todavía puedo presentar?

Sí, con límites. Sigue siendo elegible si el matrimonio terminó por un divorcio relacionado con el maltrato dentro de los 2 años anteriores a la presentación, si un agresor ciudadano murió en ese período, o si el agresor perdió o renunció a su estatus dentro de 2 años por un incidente de violencia doméstica. Las instrucciones del I-360 agregan que el cónyuge autopeticionario puede volver a casarse después de que USCIS apruebe la autopetición.

Regresé a Guatemala. ¿Puedo presentar VAWA desde aquí?

Solo en tres situaciones que cita USCIS: su familiar agresor es empleado del gobierno de EE. UU., su familiar agresor es miembro de las fuerzas armadas de EE. UU. (servicios uniformados, según las instrucciones del I-360), o usted sufrió el maltrato o la crueldad extrema en Estados Unidos. Si se aprueba estando fuera de EE. UU., la petición va al Centro Nacional de Visas y luego al consulado de EE. UU. cuando haya una visa disponible.

¿Necesito antecedentes penales y policiacos de Guatemala?

Si tiene 14 años o más, las instrucciones del I-360 sugieren una declaración jurada de buena conducta moral con una constancia policial, verificación de antecedentes estatal o informe similar de cada localidad o estado, en EE. UU. o en el extranjero, donde vivió seis meses o más durante los 3 años antes de presentar. Si vivió seis meses o más en una localidad de Guatemala en ese período, eso significa un documento de Guatemala. Las instrucciones también indican que quien presenta una autopetición VAWA puede entregar cualquier prueba creíble pertinente en lugar de la prueba sugerida.

¿La petición VAWA aprobada me da la green card?

No por sí sola. USCIS dice que un I-360 aprobado no da estatus migratorio; da la clasificación de inmigrante para que usted y sus hijos derivados puedan solicitar la residencia permanente. Si está en EE. UU. y hay una visa disponible de inmediato, puede presentar el I-485. Puede pedir el permiso de trabajo marcando una casilla en el I-360.