- NIT y datos de la empresa (razon social, dirección, actividad económica)
- Datos del trabajador accidentado (nombre, DPI, puesto, antiguedad)
- Descripción del accidente (fecha, hora exacta, lugar, causa probable)
- Tipo y gravedad de la lesión (parte del cuerpo, días de incapacidad)
- Reporte simultaneo al IGSS dentro de 24 horas (si aun no lo hiciste)
Resumen: Todo patrono en Guatemala esta obligado a reportar accidentes laborales y enfermedades profesionales al MINTRAB según el Acuerdo Gubernativo 229-2014 y el artículo 197 del Código de Trabajo. El reporte es gratis, inmediato y se hace mediante formulario electrónico. También debes reportar al IGSS dentro de 24 horas para que el trabajador acceda a sus prestaciones médicas. Reportar cero accidentes también es obligatorio periodicamente.
Que es el Registro de Accidentes Laborales
El Registro de Accidentes Laborales es la obligación del patrono de reportar al MINTRAB todo accidente de trabajo o enfermedad profesional que sufran sus trabajadores. Esta normado por:
- Artículo 197 del Código de Trabajo (Decreto 1441)
- Acuerdo Gubernativo 229-2014 — Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional
- Acuerdo Ministerial 191-2010 — procedimiento operativo de reporte
- Convenio 121 de la OIT — ratificado por Guatemala
El reporte sirve dos propósitos:
- Estadisticas nacionales de accidentalidad laboral por sector económico
- Fiscalización por la Inspección General de Trabajo en empresas con accidentalidad alta o accidentes graves
Importante: este reporte es diferente y adicional al reporte al IGSS. El reporte al IGSS activa las prestaciones médicas y por incapacidad del trabajador. El reporte al MINTRAB es para vigilancia de salud y seguridad ocupacional.
Que se debe reportar
| Evento | Reportar? |
|---|---|
| Accidente con lesión (cualquier gravedad) | Si — inmediato |
| Accidente sin lesión (cuasi-accidente) | Recomendable |
| Enfermedad profesional diagnosticada | Si — inmediato |
| Accidente fatal | Si — inmediato + denuncia MP |
| Accidente in itinere (camino al trabajo) | Si — verificar con IGSS |
| Cero accidentes en el periodo | Si — reporte periodico |
Procedimiento de emergencia (si hay accidente AHORA)
Si estas leyendo esto durante un accidente activo, sigue este orden:
- Atención médica inmediata: llama a IGSS Emergencias 1554 o Bomberos 123
- Asegurar el lugar: evita que mas trabajadores se accidenten en el mismo riesgo
- Acompanar al trabajador: alguien debe ir con el al hospital con su DPI y datos
- Reporte al IGSS: dentro de 24 horas, llama al 1500 o presenta el formulario IGSS
- Reporte al MINTRAB: dentro de las primeras 48 horas, llena el formulario electrónico
- En caso fatal: notificar al Ministerio Publico (denuncia obligatoria)
Requisitos para el reporte
Para llenar el formulario electrónico necesitas:
Datos de la empresa:
- Razon social y nombre comercial
- NIT
- Dirección completa del centro de trabajo (no la fiscal si son distintas)
- Actividad económica principal (según RTU)
- Número de trabajadores totales
- Teléfono y correo de contacto
Datos del trabajador accidentado:
- Nombre completo
- DPI/CUI
- Número de afiliado al IGSS (si aplica)
- Puesto que desempenaba al momento del accidente
- Antiguedad en la empresa
- Edad y sexo
Datos del accidente:
- Fecha y hora exacta
- Lugar específico (departamento, área, maquina si aplica)
- Descripción narrativa (que pasaba, que estaba haciendo, que fallo)
- Causa probable (mecanica, electrica, quimica, biologica, ergonomica, psicosocial)
- Tipo de lesión (golpe, corte, quemadura, intoxicación, fractura, etc.)
- Parte del cuerpo afectada
- Gravedad (leve, moderada, grave, fatal)
- Días de incapacidad estimados
Medidas tomadas:
- Atención médica brindada
- Hospital o centro de salud donde fue atendido
- Acciones correctivas para evitar repetición
Paso a paso
Paso 1 — Estabilizar la emergencia. Asegurarse de que el trabajador este recibiendo atención médica y que el riesgo este controlado.
Paso 2 — Reunir información. Antes de llenar el formulario, recopila DPI del trabajador, número IGSS, descripción del accidente, datos de la empresa.
Paso 3 — Acceder al formulario electrónico. Ingresa al formulario oficial del MINTRAB. Es un Google Forms — no requiere usuario ni contrasena.
Paso 4 — Llenar datos de la empresa. Razon social, NIT, dirección, actividad económica, número de trabajadores, teléfono.
Paso 5 — Llenar datos del trabajador. Nombre, DPI, IGSS, puesto, antiguedad, edad, sexo.
Paso 6 — Describir el accidente. Fecha, hora, lugar, descripción narrativa, causa probable, tipo de lesión, gravedad.
Paso 7 — Adjuntar evidencia (si aplica). Fotos del lugar (sin mostrar al trabajador), informe médico, parte de IGSS.
Paso 8 — Enviar y guardar comprobante. El formulario te da un número de envío — guarda captura de pantalla. Es tu prueba ante una eventual inspección.
Paso 9 — Reporte presencial alternativo. Si preferis presencial, ir a: MINTRAB, 7 avenida 3-33 Zona 9, Edificio Torre Empresarial, septimo nivel, Departamento de Salud y Seguridad Ocupacional. Llevar formulario en original y copia para sello de recibido.
Paso 10 — Reporte de cero accidentes. Periodicamente (mensual o trimestral según tu sector), debes presentar el “Reporte de Cero Accidentes y/o Cero Enfermedades Profesionales” mediante el formulario alternativo cuando no haya eventos.
Costo y tiempo
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Costo oficial | Q0 — gratis |
| Tiempo de presentación | Inmediato (formulario en línea o presencial) |
| Plazo legal | Sin demora — idealmente 48 horas, máximo razonable 5 días habiles |
| Comprobante | Número de envío del Google Forms o sello de recibido si fue presencial |
Errores comunes
Reportar solo al IGSS y no al MINTRAB
Son dos reportes distintos. El IGSS activa las prestaciones del trabajador (médico, dinero por incapacidad). El MINTRAB es para fiscalización en seguridad ocupacional. Solución: hacer ambos. Idealmente el mismo día.
Esperar al diagnostico final antes de reportar
El reporte inicial debe hacerse de inmediato — aunque no se sepa la gravedad final. Solución: reportar con la información preliminar y actualizar después si hay cambios significativos (alta o complicación).
No reportar accidentes leves o cuasi-accidentes
Muchos patronos solo reportan los graves. Sin embargo, los accidentes leves repetidos son senal de un riesgo mayor que la IGT puede investigar. Solución: reportar todo accidente con lesión, incluso cortes menores o golpes que requieren primeros auxilios.
No documentar accidentes a empleados informales o de subcontratistas
Si el accidentado trabaja en tu centro de trabajo, sos responsable de reportar — aunque sea de un subcontratista o un día jornalero. Solución: documenta a todos los que ingresan a tu instalación. Para subcontratistas, exige que tengan IGSS y reporten ellos también.
Multas por incumplimiento
Bajo el Acuerdo Gubernativo 229-2014 y el Código de Trabajo reformado (Decreto 7-2017):
| Infracción | Multa estimada (2026) |
|---|---|
| No reportar accidente al MINTRAB | 6 a 18 salarios mínimos (~Q22,000 - Q67,000) |
| No reportar al IGSS dentro de 24h | Sanción IGSS adicional + perdida de prestaciones para trabajador |
| Encubrir accidente fatal | Multa máxima + denuncia penal por encubrimiento |
| No mantener registro interno de accidentes | 3 a 14 salarios mínimos (~Q11,000 - Q52,000) |
| No tener Comite de Salud y Seguridad Ocupacional (empresas 50+ trabajadores) | 3 a 14 salarios mínimos |
Riesgo civil: si el trabajador queda con incapacidad permanente y demuestra que el accidente fue por negligencia patronal (falta de equipo de protección, capacitación, mantenimiento), además de las prestaciones IGSS hay reclamación civil por danos y perjuicios que puede ser de Q50,000 a Q500,000+ según la lesión.
Riesgo penal: en accidentes fatales con causal de negligencia, el representante legal puede enfrentar denuncia penal por homicidio culposo (Art. 127 Código Penal).
Buenas practicas para evitar accidentes
- Capacitación documentada al inicio y cada 6 meses
- Equipo de protección personal (EPP) entregado con firma de recibido
- Senalización clara en áreas de riesgo
- Comite de Salud y Seguridad Ocupacional (obligatorio con 50+ trabajadores, recomendable desde 10)
- Politica de Seguridad e Higiene documentada y publicada
- Investigación interna de cada accidente con plan de acción
- Auditorias de seguridad trimestrales
Trámites relacionados
- Hub MINTRAB: Todos los trámites del Ministerio de Trabajo
- RECIT — Registro de Contratos
- RERIT — Reglamento Interior de Trabajo
- Solvencia Laboral Electrónica
- Calculo de Prestaciones Laborales
- Denuncia Laboral
- IGSS — Inscripción Patronal
- IGSS — Inscripción del Trabajador
- SAT — Inscripción RTU
Enlaces oficiales
- Formulario MINTRAB — Reporte de Accidentes Laborales
- MINTRAB — Departamento de Salud y Seguridad Ocupacional
- Acuerdo Gubernativo 229-2014 — Reglamento SSO
- Código de Trabajo (Decreto 1441) — texto completo
- IGSS — Reporte de Accidentes
- Convenio 121 OIT
Teléfonos de emergencia:
- IGSS Emergencias: 1554
- Bomberos: 123
- MINTRAB: 2422-2500 (L-V 8:00-16:30)
- Denuncias laborales IGT: 1530