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Solicitud de Cierre de NIT — SAT
→ Ir a Agencia Virtual SAT
Antes de hacer clic, tene listo:
  • 📄 DPI vigente del titular o representante legal
  • Todas las declaraciones al dia (IVA mensual + ISR anual)
  • 💰 Sin saldos pendientes de impuestos, multas o intereses
  • 🏢 Empresas: acta de disolucion + Registro Mercantil
  • 🌍 Diaspora: poder especial notariado para representante en Guatemala
💰 Costo: Gratis (Q0) · ⏱ Tiempo: 30-60 dias habiles · 🆔 Verificado: Mayo 2026

El cierre de NIT es el proceso oficial para cancelar tu inscripcion tributaria ante la SAT cuando dejas de operar definitivamente — sea por cierre de empresa, jubilacion, salida del pais o cese de actividad como autonomo. Es un tramite gratuito pero exige estar al dia con todas tus obligaciones.

Resumen rapido cierre NIT: Solicitud en Agencia Virtual SAT o presencial. Requiere solvencia fiscal y todas las declaraciones presentadas. Plazo SAT: 30-60 dias habiles. Costo: Gratis. Empresas requieren acta de disolucion notariada.

Verificado en SAT (14 de mayo de 2026): El tramite de cierre de NIT puede solicitarse en linea via Agencia Virtual o presencialmente en cualquier agencia tributaria. No requiere pago de tasa administrativa, pero la SAT verifica internamente que no tengas obligaciones tributarias pendientes antes de aprobar la cancelacion. Tiempo de resolucion: 30-60 dias habiles.

Que es el Cierre de NIT?

El cierre de NIT (tambien llamado cancelacion de inscripcion o baja en el RTU) es el acto administrativo por el cual la SAT cancela tu inscripcion en el Registro Tributario Unificado (RTU). Una vez cerrado:

  • Dejas de tener obligaciones formales (declaraciones mensuales y anuales)
  • Tu NIT queda inactivo en el sistema SAT
  • No puedes emitir facturas ni recibir creditos fiscales
  • Para reactivar debes reinscribirte como contribuyente nuevo

El cierre NO se puede solicitar si tienes deudas pendientes, declaraciones omisas, o procesos administrativos abiertos con la SAT. Primero debes ponerte al dia.

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Quien Debe Cerrar su NIT?

CasoAplica cierre
Empresa que cesa operaciones definitivamenteSi
Autonomo que se vuelve empleado en relacion de dependencia exclusivaSi (opcional)
Profesional que se jubila y no emitira mas honorariosSi
Persona que emigra definitivamente al extranjeroSi
Empresa que solo pausa actividad temporalmenteNo — usar suspension temporal
Heredero de NIT de persona fallecidaSi (con certificado de defuncion)
Cambio de regimen tributarioNo — usar cambio de regimen

Requisitos para Cerrar el NIT

Personas Individuales (Autonomos)

  1. DPI vigente del titular
  2. Agencia Virtual activa (si haces el tramite en linea)
  3. Solvencia fiscal vigente — la SAT la genera internamente, pero verifica que no tengas deudas
  4. Todas las declaraciones presentadas: IVA mensual hasta el ultimo periodo, ISR anual del ultimo ejercicio
  5. Sin saldos pendientes de impuesto, multas o intereses

Empresas (Sociedades)

Ademas de lo anterior:

  1. Acta de disolucion notariada (sociedades anonimas, sociedades de responsabilidad limitada, etc.)
  2. Constancia del Registro Mercantil confirmando la inscripcion de la disolucion
  3. Liquidacion de inventarios — si tenias mercaderia, debes haberla vendido o destinado y declarado
  4. Cierre contable del periodo final
  5. Resolucion de junta de accionistas (sociedades anonimas)

Como Cerrar tu NIT Paso a Paso

Opcion 1: En Linea (Agencia Virtual)

  1. Ingresa a portal.sat.gob.gt/portal/agencia-virtual
  2. Inicia sesion con tu CUI/NIT y contrasena
  3. Navega a “Servicios al Contribuyente” → “Registro Tributario” → “Cancelacion de Inscripcion”
  4. Completa el formulario: motivo del cierre, fecha de cese de actividades, datos de contacto
  5. Adjunta documentos: acta de disolucion (empresas), constancia Registro Mercantil
  6. Envia la solicitud y guarda el numero de tramite
  7. Espera resolucion: la SAT te notifica por correo electronico el resultado en 30-60 dias

Opcion 2: Presencial

  1. Presenta en cualquier agencia SAT con DPI original
  2. Solicita formulario de “Solicitud de Cancelacion de Inscripcion”
  3. Completa datos del contribuyente y motivo del cierre
  4. Entrega documentacion (acta de disolucion para empresas)
  5. Recibe constancia del numero de tramite
  6. Sigue el estado en la Agencia Virtual o por linea 1550

Pasos Previos Obligatorios (Antes de Solicitar)

Antes de iniciar la solicitud, asegurate de:

  1. Presentar la ultima declaracion mensual de IVA — incluso si fue periodo sin operaciones (en cero)
  2. Presentar la declaracion anual de ISR del ejercicio donde dejaste de operar
  3. Pagar cualquier saldo pendiente de impuestos, multas o intereses
  4. Liquidar facturacion FEL — emitir nota de credito por cualquier factura pendiente
  5. Solicitar solvencia fiscal actualizada — confirma que estas al dia
  6. Empresas: completar disolucion en notaria y Registro Mercantil antes de la solicitud SAT

Importante: Si presentas la solicitud sin estar al dia, la SAT la rechaza y debes volver a empezar despues de regularizar.


Costo y Tiempo

ConceptoDetalle
Tasa SATGratis (Q0)
Acta de disolucion notariada (empresas)Q500-Q2,500 segun honorarios
Inscripcion disolucion Registro MercantilQ150-Q300
Tiempo de resolucion SAT30-60 dias habiles
Multas por declaraciones tardiasQ50 por declaracion + intereses

Sanciones por No Cerrar el NIT

Si dejas de operar pero no cierras el NIT, sigues sujeto a obligaciones formales:

  • Multa Q50 mensual por cada declaracion de IVA omitida
  • Multa Q50 anual por ISR no presentado
  • Intereses moratorios sobre cualquier impuesto adeudado (tasa SAT actualizada trimestralmente)
  • Bloqueo de solvencia fiscal — afecta tramites bancarios, contratos y procesos en otras entidades
  • Eventual remision a cobro coactivo — la SAT puede embargar cuentas

Tres anos de omisiones acumuladas pueden representar Q1,800-Q3,000+ en multas — mas de lo que cuesta un gestor para cerrar el NIT correctamente.


Cierre de NIT desde Estados Unidos (Diaspora)

Si eres guatemalteco viviendo en EE.UU. y necesitas cerrar tu NIT:

  1. Verifica primero tu NIT en portal.sat.gob.gt/consulta-cui-nit — confirma que esta activo
  2. Solicita Agencia Virtual si no la tienes — necesitas tu CUI/NIT y un correo donde recibir contrasena
  3. Otorga poder especial notariado en un consulado guatemalteco a un familiar o gestor en Guatemala
  4. El poder debe especificar: “actuar ante la SAT para cancelar inscripcion tributaria”
  5. Apostilla el poder si el consulado lo emite en EE.UU. (algunos consulados ya emiten poderes notariales validos)
  6. Tu representante presenta la solicitud en agencia SAT o Agencia Virtual con tu poder
  7. Sigue el tramite desde EE.UU. via Agencia Virtual SAT

Recomendacion: Si solo tienes NIT personal sin empresa y no tienes deudas, el proceso es relativamente rapido. Si tenias empresa, primero hay que disolverla en Guatemala (proceso paralelo en notaria y Registro Mercantil) antes del cierre SAT.


Que Pasa Despues del Cierre?

Una vez aprobado el cierre:

  • Recibes resolucion oficial de la SAT (PDF en Agencia Virtual)
  • Tu NIT queda inactivo — no puedes emitir facturas
  • Conservas el numero — si te reinscribis en el futuro, recuperas el mismo NIT
  • Tus declaraciones historicas quedan en el sistema (la SAT conserva registros 4 anos)
  • Tu CUI sigue valido — recuerda que desde 2025 CUI y NIT estan unificados — el CUI siempre funciona como identificacion

Guarda la resolucion de cierre — es prueba oficial de cancelacion ante bancos, contrapartes y futuras autoridades fiscales.


Preguntas Frecuentes

“Tengo deudas con la SAT. Puedo cerrar el NIT?”

No. La SAT rechaza la solicitud si tienes deudas. Primero negocia un convenio de pago, paga lo adeudado, y luego solicita el cierre.

“Mi empresa nunca opero. Igual debo presentar declaraciones para cerrar?”

Si. Aunque no tuviste operaciones, debes presentar declaraciones en cero por cada periodo desde la inscripcion hasta el cierre. Sin declaraciones presentadas, la SAT no aprueba el cierre.

“Puedo reactivar mi NIT despues de cerrarlo?”

Si, pero como contribuyente nuevo. Debes reinscribirte en el RTU presentando los documentos iguales que para una inscripcion inicial. Recuperas el mismo numero NIT (vinculado a tu CUI), pero el historial de actividad anterior queda separado.

“El cierre de NIT cancela mi FEL automaticamente?”

No automaticamente. Debes solicitar baja del regimen FEL en paralelo. Aunque cerrar el NIT inactiva tu capacidad de emitir, conviene formalizar la baja del FEL.

“Puedo cerrar el NIT empresarial sin disolver la sociedad?”

No. Para cerrar el NIT de una sociedad, la SAT exige el acta de disolucion notariada y la constancia del Registro Mercantil. Sin disolver formalmente la sociedad, no se cancela el NIT empresarial.


Consejos Practicos

  1. Comienza 3-4 meses antes de la fecha planeada de cierre — el proceso lleva tiempo entre disolucion, declaraciones finales y resolucion SAT.
  2. Usa la calculadora de salario neto si vas a quedar solo como asalariado para entender tus nuevos descuentos de ISR e IGSS.
  3. No omitas declaraciones de IVA durante el periodo de tramite — el NIT sigue activo hasta la resolucion.
  4. Llama al 1550 (linea SAT) para consultar estado del tramite si pasan mas de 60 dias.
  5. Pide a tu gestor o representante que solicite solvencia fiscal antes de presentar la solicitud — evita rechazos por sorpresa.
  6. Si emigras definitivamente: combina el cierre del NIT con cancelacion de cuentas bancarias y baja del IGSS para una salida limpia.

Enlaces Oficiales

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