ACCESO DIRECTO — CALCULAR Y PAGAR MULTA ISCV 2026
Calculá tu multa exacta + obtené 75% descuento por pago voluntario
Antes de pagar, tené listo:
  • Número de placa del vehículo
  • NIT + contraseña SAT (Agencia Virtual)
  • Verificar que NO hayas sido notificado por SAT (si ya te notificaron, el 75% no aplica)
  • Saber tu ISCV base (el sistema lo trae automático según la tabla 2026)
  • Calcular días de mora desde el 1 de agosto hasta el día de pago
Base legal: Cód. Tributario art. 88, 89, 92 · SAT 1550 · Verificado: Mayo 2026

Escrito por el equipo de Guatemala Life, con base en Ciudad de Guatemala.

La calcomanía SAT vencida activa un mecanismo sancionatorio que MUCHOS guatemaltecos pagan completo sin saber que existe un descuento del 75%. La multa base es del 100% del ISCV omitido (Código Tributario art. 89), pero el artículo 88 del mismo código da una salida concreta: si pagás VOLUNTARIAMENTE antes de que SAT te notifique formalmente, el 75% de esa multa por omisión desaparece. La diferencia, en un caso típico, son cientos de quetzales.

ACTUALIZACIÓN — 30 de julio de 2026: el Congreso aprobó ampliar el plazo al 31 de diciembre (aún NO vigente)

El 29 de julio de 2026 el Congreso aprobó, de urgencia nacional y en un solo debate, el Decreto 19-2026: el plazo para pagar el ISCV 2026 pasa del 31 de julio al 31 de diciembre de 2026, y se exoneran las multas, recargos e intereses por no haber pagado dentro del plazo original. Votación: 130 a favor, 3 en contra, 27 ausentes.

El decreto todavía no está vigente. Debe ser sancionado por el presidente y publicado en el Diario de Centro América; entra en vigor un día después de esa publicación. Al momento de escribir esto, la publicación no aparece ni en el Diario de Centro América ni en el portal de SAT.

Traducido a decisiones:

  • Si podés pagar antes del 31 de julio: pagá. Es la única ruta con cero riesgo — mientras el decreto no se publique, la regla vigente sigue siendo la de abajo.
  • Si ya no llegás al 31 de julio: la multa de esta página es lo que aplica hoy, pero muy probablemente quede exonerada al publicarse el Decreto 19-2026. Antes de pagar una multa, verificá si el decreto ya se publicó.
  • Si SAT te notifica una multa después de la publicación: el decreto exonera multas, recargos e intereses del período ordinario. Guardá el comprobante de la fecha.

Fuentes: Decreto 19-2026 — Congreso de la República vía AGN (29 jul 2026) · Prensa Libre — los seis puntos clave (29 jul 2026). Actualizamos esta página en cuanto se publique.

En corto: Plazo ordinario calcomanía 2026 vence 31 de julio. Después: multa = 100% del ISCV omitido (Cód. Tributario art. 89) + 0.0005 por día de mora (art. 92). Clave: 75% DESCUENTO si pagás VOLUNTARIAMENTE antes que SAT te notifique (art. 88). Ejemplo: Hilux 2018 (ISCV Q450) sin pagar 60 días: recargo Q463.50, con descuento Q126.00. Pero ojo: el Decreto 19-2026 (aprobado 29 jul, pendiente de publicación) amplía el plazo al 31 de diciembre y exonera estas multas — leé la actualización de arriba antes de pagar un recargo.

Cálculos verificados contra el Código Tributario (Decreto 6-91), la tabla de Tasas e Intereses de SAT y los ejemplos publicados por Prensa Libre; tasas vigentes al 24 de julio de 2026.

Plazo Oficial 2026 — 1 enero a 31 julio

El artículo 29 literal a del Decreto 70-94 (Ley del ISCV) fija el plazo de pago entre el 1 de enero y el 31 de julio de cada año. Para 2026, eso significa:

  • Sin multa: del 1 enero al 31 julio 2026 (11:59 PM, hora Guatemala).
  • Con multa: del 1 agosto 2026 en adelante.

A partir del 1 de agosto, la Agencia Virtual de SAT activa automáticamente las sanciones del Código Tributario sobre la boleta SAT-2000 generada. No hay “período de gracia” — el día 1 ya cuenta como día de mora.

Excepción en curso (Decreto 19-2026): el Congreso aprobó el 29 de julio de 2026 ampliar este plazo al 31 de diciembre de 2026 y exonerar multas, recargos e intereses. Ese decreto todavía no está vigente — requiere sanción presidencial y publicación en el Diario de Centro América, y rige un día después de publicarse. Todo el cálculo de esta página describe la regla ordinaria, que es la que aplica mientras no se publique.

Cómo se Calcula la Multa (Fórmula Oficial)

La sanción total tiene dos componentes que corren en paralelo desde el día 1 de mora, más un descuento que aplica solo si pagás antes de la notificación.

Componente 1: Multa por omisión (100%)

Base legal: Código Tributario art. 89.

Fórmula: Multa por omisión = ISCV no pagado × 100%

Es un monto FIJO. No crece con el tiempo. Si tu ISCV era Q450, la multa por omisión es Q450 desde el primer día de mora hasta cuando pagués.

Componente 2: Mora diaria (factor 0.0005)

Base legal: Código Tributario art. 92.

Fórmula: Mora = ISCV × 0.0005 × días vencidos

El factor diario 0.0005 equivale a 18% anual. Para un ISCV de Q450 con 60 días de mora:

Q450 × 0.0005 × 60 = Q13.50

Sobre el “interés resarcitorio” de SAT: SAT publica por separado una tasa de interés resarcitorio — actualmente 12.97% anual, vigente desde el 16 de julio de 2026 (antes 12.88% de enero a julio 2026) — en su tabla de Tasas e Intereses. Esa tasa aplica a otros casos de cobro tributario; el total de la calcomanía vencida en Declaraguate es multa + mora diaria como se muestra aquí, que la boleta SAT-2000 calcula automáticamente.

Total bruto

Total bruto = Multa por omisión + Mora

Para el ejemplo: Q450 + Q13.50 = Q463.50

Componente 3: Descuento por pago voluntario (-75%)

Si pagás antes de la notificación SAT (Cód. Trib. art. 88), el 75% de la multa se descuenta:

Total con descuento = (Multa × 0.25) + Mora

Para el ejemplo: (Q450 × 0.25) + Q13.50 = Q112.50 + Q13.50 = Q126.00

Nota: el descuento del 75% del art. 88 aplica sobre la multa, no sobre la mora. La mora sigue corriendo hasta el día de pago.

Cálculo de Ejemplo — Toyota Hilux 2018, ISCV Q450, 60 días vencido

Usamos el ejemplo oficial publicado por SAT en la tabla 2026 (Hilux 2018 con valor imponible Q180,000 → ISCV anual aproximado Q450). Asumimos pago el 30 de septiembre 2026 (60 días después del 31 de julio).

ComponenteFórmulaMonto
Multa por omisiónQ450 × 100%Q450.00
Mora diariaQ450 × 0.0005 × 60Q13.50
Total brutosuma componentesQ463.50
Descuento 75% pago voluntarioQ450 × 75% (solo sobre multa)-Q337.50
Total con descuentosuma finalQ126.00
Ahorro vs no descontarQ337.50

Más el ISCV original (Q450), el contribuyente paga:

  • Total a pagar con descuento voluntario: Q450 + Q126.00 = Q576.00
  • Total si esperás a que SAT notifique: Q450 + Q463.50 = Q913.50
  • Ahorro neto por pagar voluntariamente: Q337.50

Un segundo caso (Prensa Libre)

Prensa Libre publicó su propio ejemplo, que coincide exactamente con este modelo: un ISCV de Q150 pagado 30 días tarde.

EscenarioMultaMora (Q150 × 0.0005 × 30)Total a pagar (ISCV + multa + mora)
Sin descuentoQ150.00Q2.25Q302.25
Voluntario (75% menos en multa)Q37.50Q2.25Q189.75

El 75% Descuento — Pago Voluntario (Art. 88 Cód. Tributario)

Este es el punto que pocos contribuyentes aprovechan, y es la mayor palanca de ahorro disponible:

Condición clave: pagás ANTES de ser notificado formalmente por SAT. “Notificación” significa una carta física, una citación, un correo electrónico al correo registrado en el NIT, o un aviso en la bandeja de notificaciones de la Agencia Virtual indicando un proceso de cobro abierto contra el vehículo.

Mecanismo en Agencia Virtual:

  1. Entrar a agenciavirtual.sat.gob.gt con NIT + contraseña.
  2. Ir a Consulta de Vehículos → seleccionar el vehículo con ISCV pendiente.
  3. Pedir regularizar / generar boleta.
  4. El sistema calcula la multa con el descuento aplicado automáticamente (si calificás).
  5. Pagar la boleta SAT-2000 en banco autorizado o banca en línea.
  6. Esperar 24-48 horas hábiles para que el pago se asocie.
  7. Imprimir la calcomanía desde el portal de impresión.

Qué hace que pierdas el descuento:

  • Recibir notificación de SAT en cualquier canal oficial (correo registrado, agencia virtual, carta física).
  • Que el cobro entre a fase de fiscalización o procedimiento administrativo.
  • Convenios de pago en cuotas (en algunos casos) — el descuento aplica al pago directo. CONFIRM detalles operativos 2026.

Tabla de Multa Estimada por Tipo de Vehículo

Cálculos con la fórmula oficial (art. 89 + 92), redondeados al quetzal cercano. Asume pago voluntario con 75% descuento aplicado sobre la multa por omisión.

Tipo de vehículoISCV base30 días vencido60 días vencido90 días vencido
Motocicleta (mínimo Q75)Q75Q20Q21Q22
Vehículo liviano mínimoQ150Q40Q42Q44
Liviano promedioQ450Q119Q126Q133
Pickup / microbúsQ400Q106Q112Q118
Camión / bus / tractorQ560Q148Q157Q165
Liviano de gama mediaQ1,500Q398Q420Q443
Vehículo de lujoQ5,000Q1,325Q1,400Q1,475

Cálculos referenciales. El monto exacto en tu caso depende del ISCV específico de tu vehículo (consultá en Agencia Virtual) y de los días exactos transcurridos hasta el pago. Si NO calificás para el 75% de descuento, sumá 0.75 × tu ISCV base a cada cifra (pagás el 100% de la multa en vez del 25%).

¿Pueden Incautar mi Vehículo?

Distinguir entre la acción de SAT (autoridad tributaria) y la acción de PMT/PNC (autoridad de tránsito) es clave:

SAT, por la deuda del ISCV, normalmente NO incauta vehículos. El procedimiento estándar es:

  1. Notificación oficial al correo registrado o domicilio del contribuyente.
  2. Si no hay pago, requerimiento administrativo formal.
  3. Procedimiento económico coactivo (vía judicial) para cobro.
  4. Posible embargo de cuentas bancarias (no del vehículo en primera instancia).
  5. Bloqueos administrativos (licencia, traspaso, salida del país).

PMT/PNC, por documentación incompleta en retén, SÍ pueden consignar el vehículo. Esto incluye:

  • Tarjeta de circulación vencida o no portada.
  • Calcomanía visiblemente vencida (cuando la verificación sea posible).
  • Otras infracciones del Reglamento de Tránsito.

Recuperar un vehículo consignado en depósito municipal exige pagar: multa de tránsito + servicio de grúa + estadía diaria. Para autos de Ciudad de Guatemala el costo total típico de recuperación arranca en varios miles de quetzales según los días.

CONFIRM: políticas operativas 2026 específicas de PMT Ciudad de Guatemala y PNC nacional respecto a consignación por calcomanía vencida. Desde la reforma de la Ley de Tránsito de febrero 2025, el requisito de portar la calcomanía físicamente puede haber cambiado.

Multa SAT vs Multa de Tránsito — No Las Confundás

Es uno de los puntos más confusos para quien recibe AMBAS por el mismo evento:

Multa SATMulta de Tránsito (PMT/PNC)
Quién la poneSAT (autoridad tributaria)PMT / PNC en retén
Por quéNo pagaste el ISCVNo portaste tarjeta o se aplicó infracción
Base legalCód. Tributario art. 89, 92Reglamento de Tránsito (A.G. 335-2014)
Dónde se pagaAgencia Virtual SATEMETRA / PMT en línea o ventanilla
Cómo se calcula100% del ISCV + mora diariaMonto fijo por infracción
Descuento disponible75% si pago voluntario (art. 88)Pronto pago según municipalidad
Bloquea calcomanía siguiente añoNo directamente

Pueden llegar AMBAS por el mismo retén: la PMT detiene el vehículo y aplica multa de tránsito por documentación; en paralelo SAT registra la deuda tributaria del ISCV (que SAT ya conocía desde el 1 de agosto). Son procesos paralelos. Consultá multas de tránsito en línea en /es/trámites/tránsito-consulta-multas-online/.

Casos Especiales

Vehículos no usados durante el año:

El ISCV es un impuesto sobre la inscripción registral, no sobre el uso. Si el vehículo está inscrito en el Registro Fiscal de Vehículos, paga ISCV aunque haya estado parqueado todo el año. La única forma legal de no pagar es darlo de baja (cancelar la inscripción) en SAT — un trámite formal que requiere desinscripción.

Vehículo en venta sin haber pagado el ISCV:

No se puede traspasar un vehículo con ISCV vencido. El comprador exigirá la solvencia tributaria del vehículo antes de firmar. Quien venda con calcomanía vencida deberá regularizar primero o descontar el monto adeudado del precio acordado.

Vehículo siniestrado / pérdida total:

CONFIRM: el procedimiento para detener la obligación tributaria sobre un vehículo siniestrado declarado pérdida total exige notificar a SAT con el dictamen de la aseguradora y completar la baja en el Registro Fiscal. Mientras la baja no se procese, el ISCV sigue corriendo y generando multas.

Pago en Cuotas / Convenio de Pago

CONFIRM: el Código Tributario contempla convenios de pago para deudas tributarias bajo ciertas condiciones, con plazos que históricamente se han extendido hasta 12 meses según el monto adeudado y el historial del contribuyente. Para el caso específico de ISCV + multas:

  • El descuento del 75% del art. 88 está pensado para el pago directo voluntario. Su aplicación dentro de un convenio de pago no es automática y depende de la modalidad aprobada por SAT.
  • Para deudas grandes (vehículos de lujo con varios años vencidos), el convenio puede ser la única alternativa práctica.
  • El trámite del convenio se solicita en una agencia presencial de SAT o llamando al 1550, con NIT, listado de adeudos y propuesta de plan de pago.

Para casos individuales, recomendamos confirmar el procedimiento 2026 vigente directamente con SAT antes de generar la boleta.

Enlaces Oficiales

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