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Licencia Sanitaria de Farmacia — DRCPFA MSPAS
→ Iniciar trámite en MSPAS DRCPFA 📞 MSPAS 2304-0000
Antes de hacer clic, tené listo:
  • 📋 Formulario F-AS-f-01 y Boleta de Pago V-CC-G-001 descargados de medicamentos.mspas.gob.gt
  • 👨‍⚕️ Director Técnico — Químico Farmacéutico colegiado activo (constancia del Colegio Estomatológico)
  • 🏪 Local que cumpla Norma Técnica 4-2011 (farmacia) o Norma 7-2011 (droguería) — área mínima, mostrador, almacén
  • 🏢 NIT activo, RTU al día, patente de comercio si es persona jurídica
  • 📍 Entrega presencial en sede MSPAS, zona 11, Ciudad de Guatemala
💰 Costo: Gratis (Q0) · ⏱ Tiempo: 30 días hábiles · 🆔 Verificado: Mayo 2026 (DRCPFA operativo)

La Licencia Sanitaria de Farmacia es el documento que emite el Departamento de Regulación y Control de Productos Farmacéuticos y Afines (DRCPFA) del MSPAS, mediante la Sección de Establecimientos Farmacéuticos, para autorizar la apertura de farmacias y droguerías en Guatemala. La licencia certifica que el establecimiento cumple con la Norma Técnica 4-2011 (farmacias) o Norma Técnica 7-2011 (droguerías) y que tiene Director Técnico colegiado.

Resumen: Gratis (Q0) — sin arancel oficial. Trámite presencial en sede central del MSPAS, zona 11. 30 días hábiles desde la entrega del expediente. Renovación anual. Requiere Director Técnico farmacéutico colegiado, NIT/RTU SAT y local que cumpla la norma técnica.

Aplica a: farmacias de barrio, cadenas farmacéuticas (Cruz Verde, Galeno, Meykos, La Económica, etc.), farmacias hospitalarias privadas y droguerías mayoristas.

¿Qué es este trámite?

El DRCPFA (Departamento de Regulación y Control de Productos Farmacéuticos y Afines) es la dependencia del MSPAS que regula los establecimientos farmacéuticos en Guatemala. La licencia sanitaria es el documento legal que comprueba que tu farmacia o droguería:

  • Cumple con los requisitos físicos del local (área mínima, almacén, mostrador, refrigeración)
  • Tiene un Director Técnico colegiado activo responsable del manejo de medicamentos
  • Cuenta con los procedimientos exigidos en la Norma Técnica 4-2011 (farmacias) o 7-2011 (droguerías)
  • Está registrada en la base de datos del MSPAS

Diferencia farmacia vs droguería: Una farmacia vende al consumidor final (mostrador con público). Una droguería distribuye medicamentos al por mayor — vende a otras farmacias, hospitales, clínicas. Cada una tiene su propia norma técnica y su propio formulario.

La licencia tiene vigencia de 1 año y se renueva con un proceso similar pero más corto si no hay cambios estructurales.


¿Quién lo necesita?

Estás obligado a tener licencia sanitaria DRCPFA si vas a operar:

  • 💊 Farmacia independiente — punto de venta al consumidor final
  • 🏬 Sucursal de cadena farmacéutica — Cruz Verde, Galeno, Meykos, Batres, La Económica, etc. (cada sucursal necesita su propia licencia)
  • 🏥 Farmacia hospitalaria privada — dentro de un hospital privado
  • 🚛 Droguería — distribuidor mayorista de medicamentos
  • 📦 Importador de medicamentos — adicional a otros trámites de importación

No aplica a:

  • Farmacias del IGSS o del MSPAS (son del sector público)
  • Tiendas naturistas que solo venden suplementos dietéticos sin medicamentos (eso es otra licencia — ver Licencia para Venta de Productos Naturistas)
  • Tiendas que venden únicamente productos de higiene personal y cosméticos

Ojo: vender medicamentos sin licencia sanitaria es ilegal en Guatemala. La sanción incluye multas, decomiso de mercancía y posible cierre. La PNC y el MSPAS hacen operativos rutinarios.


Requisitos completos

El DRCPFA exige una lista específica de documentos que acompañan la solicitud de licencia sanitaria de farmacia y droguería. Verificá la lista vigente en medicamentos.mspas.gob.gt antes de armar el expediente — los requisitos pueden tener actualizaciones de norma.

Formularios y solicitudes (descargables en medicamentos.mspas.gob.gt):

  • Formulario F-AS-f-01 — Solicitud de Licencia Sanitaria de Establecimientos Farmacéuticos y Afines (versión vigente)
  • Boleta de Pago V-CC-G-001 — versión vigente
  • Carta de solicitud dirigida al Jefe del DRCPFA

Documentos del propietario:

  • DPI del propietario (original y copia)
  • Si es persona jurídica: escritura constitutiva, nombramiento del representante legal, patente de comercio del Registro Mercantil
  • NIT y constancia de RTU SAT con actividad económica de venta de productos farmacéuticos

Documentos del Director Técnico (obligatorio):

  • DPI del Director Técnico
  • Constancia de colegiado activo del Colegio de Farmacéuticos y Químicos de Guatemala
  • Carta de aceptación del cargo de Director Técnico, firmada
  • Título universitario en Química Farmacéutica (copia legalizada)
  • Si es Director Técnico responsable de varias farmacias: justificación y cumplimiento del límite de la Norma Técnica

Documentos del establecimiento:

  • Croquis del local con áreas claramente identificadas (mostrador, almacén, área refrigerada, baño)
  • Plano de ubicación del establecimiento
  • Recibo de servicios públicos del local (agua, luz, máximo 3 meses)
  • Contrato de arrendamiento si el local es alquilado
  • Listado de productos farmacéuticos a comercializar
  • Procedimientos operativos estándar (POE) para recepción, almacenamiento, dispensación y devolución de medicamentos
  • Plan de manejo de medicamentos vencidos y devueltos
  • Registro de proveedores autorizados (droguerías de las que se va a comprar)

Documentos de cumplimiento de norma técnica (Norma 4-2011 o 7-2011):

  • Plan de control de plagas firmado por empresa autorizada
  • Plan de manejo de desechos farmacéuticos
  • Cumplimiento de área mínima según la norma

Tip: la Norma Técnica 4-2011 exige áreas mínimas específicas que muchos locales pequeños no cumplen. Antes de firmar contrato de alquiler, leé la norma completa y verificá que el local sea elegible.


Proceso paso a paso

  1. Descargá los formularios y normas. Ingresá a la página del DRCPFA — www.medicamentos.mspas.gob.gt. Descargá el Formulario F-AS-f-01, la Boleta de Pago V-CC-G-001 versión vigente y las Normas Técnicas vigentes (4-2011 para farmacia, 7-2011 para droguería).

  2. Llená correctamente el Formulario F-AS-f-01. Completá toda la información solicitada. Errores u omisiones acá rebotan el expediente.

  3. Prepará el expediente cumpliendo con todos los requisitos. Reuní la documentación según la norma técnica vigente (4-2011 o 7-2011), incluyendo el nombramiento del Director Técnico.

  4. Realizá los pagos correspondientes. Aunque el arancel oficial sea Q0, la Boleta de Pago V-CC-G-001 es un documento de control que se ingresa al sistema. Llenála según indica el formulario.

  5. Ingresá la Boleta de Pago en Ventanilla 63-A2. En la sede central del MSPAS — esto genera el recibo 63-A2 que necesitás para el expediente.

  6. Ingresá el expediente completo a la Sección de Recepción y Entrega de Documentos. Es la ventanilla central que recibe todos los expedientes de DRCPFA en la sede MSPAS.

  7. Sección de Recepción genera el envío al DRCPFA. Internamente, el expediente se traslada a la Sección de Establecimientos Farmacéuticos.

  8. Asistente de la Sección de Establecimientos Farmacéuticos recibe y revisa. Verifica que el envío esté completo y registra la entrada del expediente.

  9. Clasificación e ingreso al sistema. El asistente clasifica, ingresa en base de datos y asigna el expediente a un evaluador.

  10. Evaluación profesional. Los Profesionales Evaluadores revisan que el expediente cumpla con los requisitos de la norma técnica correspondiente. Si la norma exige inspección al local, se programa.

  11. Generación de la Licencia Sanitaria. Si el expediente cumple, se traslada a los Digitadores que generan la Licencia Sanitaria del establecimiento y el Certificado de Nombramiento de Director Técnico.

  12. Firma y entrega. Los documentos se firman por la jefatura DRCPFA y se entregan al solicitante mediante la Sección de Recepción y Entrega de Documentos.


Costo y tiempo

ConceptoDetalle
Arancel oficialQ0 — gratis
Vigencia1 año desde la fecha de emisión
RenovaciónAnual — proceso similar más corto
Tiempo desde entrega30 días hábiles
ResultadoLicencia Sanitaria + Certificado de Nombramiento de Director Técnico

Costos no oficiales reales:

  • Director Técnico (si lo contratás externamente, no es el dueño): Q3,000-Q8,000 mensuales según experiencia y horas
  • Adecuación del local a Norma Técnica 4-2011: Q15,000-Q60,000 (única vez, según estado del local)
  • Procedimientos operativos estándar (POE) si los contratás con consultor: Q3,000-Q8,000 (única vez)
  • Plan de control de plagas: Q800-Q2,500/año
  • Mobiliario, refrigerador, aire acondicionado, software de control de inventario: variable

Realidad económica: Aunque la licencia es gratis, la adecuación a la norma técnica y los honorarios del Director Técnico son el grueso del costo. Plan total realista para abrir una farmacia pequeña: Q40,000-Q120,000 entre licencia, adecuación, inventario inicial, mobiliario y primeros 3 meses del Director Técnico.


Errores comunes / qué hacer si te rechazan

Las cinco causas más frecuentes de rechazo:

  1. Director Técnico sin colegiación vigente o con varios establecimientos a cargo más allá del límite. El sistema cruza datos con el Colegio.
  2. Local que no cumple área mínima de la Norma Técnica 4-2011. El error más caro — implica buscar otro local.
  3. Faltan procedimientos operativos estándar (POE) o están copiados de plantilla genérica. Igual que en otros trámites del MSPAS, los evaluadores reconocen plantillas.
  4. Boleta de Pago V-CC-G-001 mal llenada o no ingresada en Ventanilla 63-A2. Sin recibo 63-A2 generado, el expediente no avanza.
  5. Documentación del Director Técnico incompleta — falta carta de aceptación, copia legalizada del título o constancia del Colegio.

Si te rechazan:

  • Recibís nota oficial con observaciones específicas
  • Tenés tiempo para corregir y volver a presentar
  • No hay nuevo pago (es gratis), pero sí debés re-iniciar el ingreso a Ventanilla 63-A2

Recomendación: consultá previamente con un Director Técnico colegiado experimentado en aperturas de farmacia. La inversión en su asesoría inicial (Q2,000-Q5,000) te ahorra meses de retrasos.


  • Norma Técnica 4-2011 — Farmacias: define todos los requisitos físicos, técnicos y de personal para farmacias.
  • Norma Técnica 7-2011 — Droguerías: define los requisitos para droguerías mayoristas.
  • Código de Salud — Decreto 90-97: marco general que faculta al MSPAS para regular productos farmacéuticos.
  • Acuerdo Gubernativo 712-99 y normativas conexas — regulación general del DRCPFA.

Operar una farmacia o droguería sin licencia sanitaria es infracción al Código de Salud y puede acarrear:

  • Multas administrativas
  • Decomiso de medicamentos
  • Cierre temporal o definitivo del establecimiento
  • Para el Director Técnico (si actúa en establecimiento ilegal): sanciones del Colegio de Farmacéuticos

Trámites relacionados


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