- 📄 Formulario F-AS-f-01 (Solicitud de Licencia Sanitaria)
- 💰 Boleta de Pago V-CC-G-001 (versión vigente)
- 📚 Norma Técnica 31-2016 "Venta de medicinas" (descargá y leé)
- 👨⚕️ Director Técnico colegiado activo
- 🏪 Local instalado con áreas adecuadas de almacenamiento y despacho
- 🏛 Patente de comercio y NIT del establecimiento
La Licencia Sanitaria para Venta de Medicina es la autorización que el MSPAS emite a través del Departamento de Regulación y Control de Productos Farmacéuticos y Afines (DRCPFA) para que un establecimiento pueda vender medicamentos al detalle (de venta libre, no controlados) al público en Guatemala.
Resumen: Trámite gratis (Q0), plazo 30 días hábiles. Se gestiona ante la DRCPFA del MSPAS mediante el formulario F-AS-f-01. Aplica la Norma Técnica 31-2016 “Venta de medicinas”. Resultado: Licencia Sanitaria + Certificado de Nombramiento del Director Técnico.
Datos verificados con la ficha oficial del Catálogo Único de Trámites del Estado (Servicio 3421 — MSPAS).
¿Qué es este Trámite?
La Licencia Sanitaria para Venta de Medicina autoriza la venta al detalle de medicamentos no controlados al público — productos OTC (over-the-counter), medicamentos básicos sin receta, suplementos vitamínicos básicos, productos de primeros auxilios. Es el tipo de licencia que requieren bodegas de medicamentos en pueblos rurales, ventas pequeñas en mercados o tiendas que ofrecen medicinas básicas sin operar como farmacia plena.
A diferencia de una Licencia de Farmacia (que requiere infraestructura farmacéutica completa, manejo de medicamentos controlados y Director Técnico farmacéutico), esta licencia tiene menos requisitos técnicos y opera bajo restricciones de inventario.
¿Quién lo Necesita?
- Tiendas en mercados o pueblos que venden medicamentos básicos y de primeros auxilios
- Bodegas de medicamentos en zonas rurales sin acceso a farmacias plenas
- Ventas de medicinas anexas a tiendas de conveniencia o abarroterías (con local separado)
- Puntos de venta que operan como complemento a otros giros comerciales
- Ventas comunitarias o cooperativas que facilitan acceso a medicamentos básicos
- Establecimientos que aún no califican como farmacia pero ofrecen medicinas al público
Si vas a vender medicamentos controlados (psicofármacos, antibióticos, recetas), necesitás Licencia de Farmacia — no esta. Si vas a distribuir al por mayor, necesitás Licencia de Distribuidora / Droguería.
Diferencia con Otras Licencias DRCPFA
| Licencia | Tipo de Establecimiento | Tiempo | Director Técnico Requerido |
|---|---|---|---|
| Venta de Medicina | Venta al detalle de medicamentos no controlados | 30 días | Sí |
| Farmacia | Venta al detalle con medicamentos controlados | 30 días | Sí (farmacéutico) |
| Distribuidora / Droguería | Distribución mayorista de medicamentos | 60 días | Sí (farmacéutico) |
| Depósito Dental | Productos odontológicos | 60 días | Sí (odontólogo o farmacéutico) |
| Productos Naturistas | Suplementos y productos naturales | 30 días | Sí |
Requisitos Completos
Importante: Todos los requisitos están definidos en la Norma Técnica 31-2016 “Venta de medicinas”. Descargala desde medicamentos.mspas.gob.gt antes de armar el expediente.
Documentos del Establecimiento
- Formulario F-AS-f-01 (Solicitud de Licencia Sanitaria de Establecimientos Farmacéuticos) — versión vigente
- Boleta de Pago V-CC-G-001 (versión vigente)
- Patente de comercio vigente del establecimiento
- NIT del establecimiento (consulta tu CUI-NIT aquí)
- Constancia de inscripción en RTU SAT
Documentos del Director Técnico
- DPI vigente del Director Técnico
- Constancia de colegiación activa (según la Norma 31-2016)
- Carta de aceptación del cargo
- Currículum vitae
Documentos del Local
- Croquis de ubicación del establecimiento
- Plano arquitectónico del local
- Constancia de habitabilidad o documento equivalente
- Contrato de arrendamiento o título de propiedad
- Recibo reciente de servicios como prueba de dirección
Documentos del Propietario
- DPI vigente del propietario o representante legal
- Antecedentes penales vigentes (cómo obtener)
- Antecedentes policiacos vigentes (cómo obtener)
Proceso Paso a Paso
- Descargá la documentación oficial desde medicamentos.mspas.gob.gt:
- Formulario F-AS-f-01
- Boleta de Pago V-CC-G-001 (versión vigente)
- Norma Técnica 31-2016 “Venta de medicinas”
- Leé la Norma Técnica 31-2016 para asegurar que tu local cumpla todos los requisitos.
- Llená adecuadamente el Formulario F-AS-f-01 con los datos del establecimiento, propietario y Director Técnico.
- Reuní el expediente completo con todos los documentos requeridos.
- Realizá los pagos correspondientes del trámite.
- Ingresá la Boleta de Pago a la Ventanilla 63-A2 del MSPAS para la generación del recibo 63-A2.
- Ingresá el expediente completo a la Sección de Recepción y Entrega de Documentos del MSPAS.
- La Sección de Recepción genera el envío del expediente hacia la Sección de Establecimientos Farmacéuticos (DRCPFA).
- El asistente de la Sección de Establecimientos Farmacéuticos recibe, clasifica e ingresa el expediente.
- El asistente asigna el expediente a un Profesional Evaluador.
- El Profesional Evaluador realiza la evaluación. Puede solicitar visita de inspección.
- Si el expediente cumple, se traslada a los Digitadores para que generen la Licencia Sanitaria y el Certificado de Nombramiento del Director Técnico.
- Si el expediente no cumple, se elabora una nota de rechazo con observaciones específicas.
- Recogé tu Licencia Sanitaria y Certificado de Nombramiento del Director Técnico.
Costo y Tiempo
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Costo oficial MSPAS | Gratis (Q0) |
| Tiempo oficial | 30 días hábiles desde ingreso del expediente completo |
| Vigencia | 1 año (renovación anual obligatoria) |
| Modalidad | Presencial en MSPAS (DRCPFA, zona 11) |
Costos asociados (no MSPAS): Honorarios de Director Técnico, instalación del local, inversión en inventario inicial, costos notariales.
Errores Comunes y Qué Hacer si te Rechazan
- No leer la Norma Técnica 31-2016 antes de aplicar — la mayoría de rechazos vienen por requisitos de instalación que la norma especifica.
- Mezclar inventario de medicamentos controlados — esta licencia no autoriza venta de psicofármacos, antibióticos o medicamentos con receta. Vender estos productos sin licencia de Farmacia genera sanciones.
- Director Técnico sin colegiación activa — verificá que la colegiación esté al día.
- Local sin separación de áreas — almacenamiento y despacho deben tener áreas claramente diferenciadas.
- Formulario incompleto — el F-AS-f-01 debe estar lleno sin campos vacíos.
- Versión vieja de Boleta de Pago — descargá siempre la versión vigente.
- Si te rechazan, recibirás una nota con observaciones específicas. Subsana cada punto y volvé a ingresar el expediente.
Marco Legal
La Licencia Sanitaria para Venta de Medicina se rige por:
- Norma Técnica 31-2016 “Venta de medicinas”: Define requisitos de instalación, almacenamiento y operación.
- Decreto 90-97 — Código de Salud, Art. 161-175: Establece la obligación de licencia sanitaria para venta de medicamentos.
- Acuerdo Gubernativo 712-99: Tarifario MSPAS vigente.
Trámites Relacionados
- Licencia Sanitaria de Farmacia — para farmacias plenas con medicamentos controlados
- Licencia Sanitaria de Distribuidora / Droguería — para distribución mayorista
- Licencia Sanitaria de Productos Naturistas — para suplementos y naturales
- Licencia Sanitaria de Depósito Dental — para productos odontológicos
- Inscripción de Empresa Mercantil — para constituir el establecimiento
- Hub de trámites MSPAS — todos los trámites del Ministerio de Salud