La licencia de exportación de petroleo, productos petroleros y gas natural es la autorización que otorga la Dirección General de Hidrocarburos (DGH) del Ministerio de Energía y Minas (MEM) a toda persona individual o jurídica que pretenda exportar petroleo crudo, gasolinas, diesel, bunker, kerosene, jet fuel, asfaltos, lubricantes o gas natural por cualquier medio de transporte adecuado. Sin esta licencia, ninguna operación de exportación de hidrocarburos puede realizarse legalmente desde Guatemala.

Resumen rápido: Trámite MEM-DGH gratuito (Q0). Tiempo declarado: 1 día. Resultado: Licencia de exportación. Aplica a personas individuales y jurídicas. Base legal: Ley de Comercialización de Hidrocarburos y su Reglamento. Requiere el Formulario E-01 y documentación legalizada de respaldo.

Quien Necesita Esta Licencia

Esta licencia es obligatoria para:

  • Productores de petroleo crudo que exportan extracción nacional (campos de Petén y otros yacimientos guatemaltecos).
  • Refinerias y comercializadores mayoristas que exportan productos petroleros refinados a la region (Centroamerica, Mexico, Caribe).
  • Operadores de gas natural que comercializan gas hacia mercados externos.
  • Empresas con licencia de transporte que operan también como exportadores de productos.
  • Personas individuales habilitadas tributaria y aduanalmente que pretendan operar como exportadores.

No aplica a la importación ni al transporte interno (estos requieren licencias separadas), ni al almacenamiento local sin componente de exportación.


Costo y Tiempo

ConceptoValor
Costo oficialGratuito (Q0)
Tiempo de resolución1 día
ResultadoLicencia de exportación
VigenciaPor embarque o por el periodo definido en la resolución
ModalidadPresencial en DGH (expediente fisico)

Aunque el catalogo de tramites.gob.gt registra Q0, los costos asociados son significativos:

  • Honorarios notariales para legalización de copias.
  • Inversión en infraestructura (terminales, ductos, plantas) que cumpla normativa.
  • Polizas de seguro de responsabilidad civil y ambiental.
  • Licencia ambiental MARN cuando aplique a las instalaciones.
  • Registros aduanales y trámites paralelos en SAT.

Requisitos

Según el catalogo oficial de tramites.gob.gt:

Para una persona individual

Adjuntar copia legalizada legible de los documentos que la DGH solicita:

  • Documento Personal de Identificación (DPI).
  • Patente de Comercio si actua como comerciante individual.
  • NIT y constancia de inscripción en SAT.
  • Registros aduanales aplicables.

Para una persona jurídica

Adjuntar copia legalizada legible de los documentos que la DGH solicita:

  • Escritura de constitución y estatutos vigentes.
  • Patente de Sociedad y de Comercio.
  • Acta notarial de nombramiento del representante legal vigente.
  • DPI del representante legal.
  • NIT de la sociedad y constancia SAT.

Para ambos

  • Formulario de solicitud trámite de licencia de exportación de petroleo y productos petroleros y gas natural (E-01), debidamente lleno y firmado.
  • Documentación tecnica de respaldo del producto a exportar (origen, especificaciones, volumen).
  • Soporte de logistica de exportación (medio de transporte, ruta, puerto/frontera de salida).

Nota: El listado completo y actualizado debe verificarse en la Dirección General de Hidrocarburos (DGH) del MEM, ya que el reglamento y las circulares internas pueden actualizarse. El PDF oficial del MEM describe el procedimiento básico.


Pasos del Trámite

  1. Preparación documental — el solicitante reune toda la documentación legal (constitución, nombramientos, NIT) y la legaliza ante notario.
  2. Llenado del Formulario E-01 — completar el formulario oficial de solicitud, con datos del solicitante, producto, volumen y destino.
  3. Conformación del expediente — adjuntar al E-01 las copias legalizadas y la documentación tecnica.
  4. Presentación en DGH — entrega del expediente fisico en la Dirección General de Hidrocarburos del MEM.
  5. Revisión tecnica y legal — DGH revisa la documentación, verifica congruencia con bases de datos y, si aplica, coordina con MARN y SAT.
  6. Resolución — emisión de la licencia de exportación en aproximadamente 1 día desde expediente completo.
  7. Trámites aduanales — el exportador presenta la licencia ante SAT-Aduanas para autorizar embarque.

Como Aplicar

El trámite se realiza presencialmente en la Dirección General de Hidrocarburos (DGH) del Ministerio de Energía y Minas, ubicada en la Ciudad de Guatemala. El MEM publica el procedimiento de primera licencia de exportación en el PDF oficial y la página principal del MEM esta en mem.gob.gt.

Antes de iniciar este trámite, asegurate de tener vigente:

Si además vas a transportar el producto antes de la exportación, consulta la licencia de transporte de petroleo, productos petroleros y gas natural y, si vas a renovarla, la renovación de licencia de transporte. Para autorizaciones específicas de transporte de combustibles y GLP en cilindros también estan las guias de autorización para certificar transporte de combustibles y autorización para certificar transporte de GLP cilindros.


Errores Frecuentes que Atrasan la Licencia

  • Documentos sin legalizar — la DGH exige copias legalizadas notarialmente; copias simples se rechazan.
  • Formulario E-01 incompleto — los campos de producto, volumen, transporte y destino deben ir completos.
  • Acta de representante vencida — el nombramiento debe estar vigente y debidamente inscrito.
  • NIT no habilitado para exportaciones — verificar en SAT que el contribuyente tenga registrado el regimen exportador.
  • Falta de coordinación con MARN cuando las instalaciones lo requieran — la DGH puede pedir constancia o licencia ambiental antes de resolver.
  • Sin registro aduanal — el exportador debe estar inscrito ante SAT-Aduanas como exportador habitual.

Preguntas Frecuentes

“Existe una sola licencia o una por embarque?”

Depende de la modalidad otorgada en la resolución. Algunas licencias amparan operación continua durante un periodo; otras se emiten por embarque o por proyecto. El Reglamento define las condiciones según el producto y volumen.

“Que pasa si el producto va por tuberia hacia un pais vecino?”

Las exportaciones por ducto estan reguladas por la misma Ley. Adicionalmente, el operador del ducto debe contar con licencia de transporte y, según la frontera, coordinar con la autoridad reguladora del pais receptor.

“Puedo exportar sin tener producción propia?”

Si. La licencia ampara a comercializadores que adquieren producto en Guatemala (de productores o refinerias) y lo exportan. Se requiere acreditar el origen del producto mediante facturas y guias de transporte.

“El Formulario E-01 tiene vigencia?”

El formulario debe estar en su versión vigente al momento de presentación. La DGH puede actualizar el formulario por circular interna; verificar siempre la versión mas reciente con el oficial de trámite.

“Como se emite la factura de exportación?”

A través del Regimen FEL (Factura Electrónica en Línea) de la SAT, con el código de exportación correspondiente. El contribuyente debe estar inscrito en FEL.

“Puedo otorgar poder a un agente aduanal?”

Si. Es habitual que un agente aduanal autorizado maneje los trámites operativos en Aduanas, mientras que la solicitud de la licencia ante DGH la firma directamente el representante legal o un apoderado con poder especial.


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Enlaces Oficiales