Pagar el préstamo hipotecario no borra por sí solo la hipoteca del Registro General de la Propiedad. Según el artículo 1167 del Código Civil, las inscripciones se cancelan en virtud del documento en que conste que los derechos u obligaciones inscritos se extinguieron legalmente. Mientras ese documento no se inscriba, la hipoteca sigue apareciendo en la certificación de su finca.
Esto importa porque quien consulte la certificación de la finca verá la hipoteca inscrita: el notario de un comprador o un nuevo prestamista la va a ver.
El proceso tiene dos partes: conseguir del banco el documento de cancelación y presentarlo al Registro. El plazo del Registro lo fija la ley; el del banco no lo fija ninguna fuente que revisamos, así que dé seguimiento.
Resumen rápido: Después de pagar, pida al banco el documento de cancelación de la hipoteca y preséntelo al Registro General de la Propiedad. Los honorarios del arancel (Acuerdo Gubernativo 325-2005) parten de Q160. El registrador tiene ocho días desde que recibe el documento para hacer la cancelación (art. 1127 del Código Civil). Verifique después con una certificación de la finca (Q50 hasta diez hojas).
Arancel, Código Civil y formas de pago revisados el 8 de octubre de 2026.

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Proceso
- Haga su último pago y pida al banco constancia de que el préstamo quedó pagado.
- Solicite por escrito al banco el documento de cancelación de la hipoteca.
- Pague los honorarios del Registro antes de presentar. El artículo 6 del arancel dice que los honorarios se pagan en su totalidad antes de presentar los documentos y que a cada documento se agrega una boleta de ingreso.
- Presente el documento en el Registro de la Propiedad. Según el artículo 1127 del Código Civil, la inscripción puede pedirla cualquier persona que tenga interés en asegurar el derecho.
- El Registro cancela la inscripción dentro de ocho días desde que recibe el documento, o catorce si da lugar a varias operaciones (art. 1127).
- Verifique la cancelación con una nueva certificación de finca: Q50 por certificación de hasta diez hojas, más Q5 por hoja adicional (arancel, numeral 2.8).
Honorarios del Registro
El arancel general de los Registros de la Propiedad (Acuerdo Gubernativo 325-2005, en la copia que publica el RGP) no tiene una línea que nombre la cancelación de hipoteca. Las líneas que pueden aplicar son:
| Numeral del arancel | Qué cubre | Honorario |
|---|---|---|
| 2.1 Asuntos de valor determinado | Inscripción de contratos o actos de valor determinado o determinable | Mínimo Q160 si el valor es menor de Q10,000; desde Q10,000, Q1.50 adicional por cada millar o fracción del excedente |
| 2.2 Asuntos de valor indeterminado | Inscripción o anotación de actos de valor indeterminado, sus modificaciones y cancelaciones | Q160 |
| 2.10 a) Honorarios adicionales | Inscripción o cancelación del mismo contrato en cada bien adicional al primero | Q50 por bien adicional |
| 2.5 Rechazo o suspensión | Por rechazo o suspensión justificados de cada documento | Q25 |
| 2.8 Certificaciones | Cada certificación hasta de diez hojas | Q50, más Q5 por hoja adicional |
Pregunte al Registro o a su notario qué numeral le aplicarán a su cancelación antes de pagar. El arancel no cubre lo que cobre el notario por el documento de cancelación.
Formas de pago: según el sitio del RGP (8 de octubre de 2026), pago en línea, tarjeta de crédito, efectivo en agencias de Banrural y Banco Industrial, y el resguardo de honorarios, que sirve para reingresar documentos suspendidos.
Consejos
- Dé seguimiento al banco por escrito y guarde copia de sus solicitudes.
- Haga la cancelación pronto después de pagar, para que la finca no siga mostrando la hipoteca cuando quiera vender o pedir otro préstamo.
- Revise los datos de la finca en la certificación antes de que se redacte el documento de cancelación, para que coincidan con los del Registro.
- Guarde el documento de cancelación y la certificación nueva con sus papeles de la propiedad.
- Si el Registro devuelve el documento: según el artículo 1128 del Código Civil, si el documento no es inscribible o le faltan requisitos legales, el registrador lo hace constar y lo devuelve indicando la fecha de recepción y la ley en que se funda para suspender o denegar la inscripción. Lea ese motivo, corrija el documento con su notario y vuelva a presentarlo. El rechazo o la suspensión justificados cuestan Q25 por documento (arancel, numeral 2.5).
Details
Si su banco fue adquirido o se fusionó, contacte al departamento legal de la institución que lo absorbió con su documentación original del préstamo. Si el banco ya no existe o no coopera, consulte a un abogado sobre la vía judicial o, si ya pasaron los plazos, sobre la cancelación por el artículo 1170 que se explica abajo.
Details
El gravamen no desaparece solo: permanece en el registro hasta que se cancela. Pero hay una vía sin el banco: el Código Civil (Art. 1170, inciso 1, reformado por el Decreto-Ley 124-85) ordena al registrador cancelar, a solicitud escrita de parte interesada, las hipotecas con plazo inscrito cuando hayan pasado diez años desde que venció ese plazo o su prórroga. Antes de esos diez años necesita el documento de cancelación del banco o, si el banco no existe o no coopera, asesoría legal sobre la vía judicial.
Preguntas Frecuentes
¿La hipoteca desaparece automáticamente cuando pago mi préstamo?
No. Según el artículo 1167 del Código Civil, las inscripciones se cancelan en virtud del documento en que conste que los derechos u obligaciones inscritos se extinguieron legalmente. Hasta que ese documento se presente y el Registro haga la cancelación, la hipoteca sigue inscrita en la finca.
¿Cuánto tiempo tarda la cancelación?
El artículo 1127 del Código Civil da al registrador ocho días desde la recepción del documento para hacer cualquier inscripción, anotación o cancelación, y seis días más si el documento da lugar a varias operaciones. Ese plazo no incluye el tiempo que tarde el banco en entregarle el documento, que ninguna fuente que revisamos fija.
¿Cuánto cuesta cancelar la hipoteca en el Registro?
El arancel (Acuerdo Gubernativo 325-2005) no menciona la cancelación de hipoteca por nombre: cobra Q160 por actos de valor indeterminado y sus cancelaciones, y un mínimo de Q160 más Q1.50 por millar sobre Q10,000 por inscripciones de valor determinado. En ambos casos el mínimo es Q160; confirme con el Registro o su notario qué línea aplica.
¿Puedo vender mi propiedad antes de cancelar la hipoteca?
Mientras no se cancele, la hipoteca sigue inscrita y aparece en la certificación de la finca. Hable con el notario de la compraventa sobre cómo resolverlo antes o al momento de la venta.
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