- 📄 Personeria jurídica de la entidad (ONG, fundación)
- ✅ Convenio o financiamiento internacional documentado
- 🧾 Presupuesto detallado del proyecto
- 📊 Calificación de beneficiario por entidad cooperante
- 📋 NIT activo y solvencia fiscal vigente
La exoneración de IVA para proyectos es el trámite ante la SAT que permite a ONG, proyectos con cooperación internacional, entidades religiosas calificadas y otros beneficiarios autorizados realizar compras de bienes y servicios sin pago del 12% IVA. Es un mecanismo distinto a la exención automática y requiere autorización previa por resolución SAT.
Resumen rápido exoneración IVA: Aplica a ONG, cooperación internacional, entidades religiosas, donaciones. Requiere resolución SAT previa. Documentación: personeria jurídica, convenio financiamiento, presupuesto detallado. Plazo: 30-90 días habiles. Costo: Gratis. Vigencia: por proyecto o anual.
Que es la Exoneración de IVA?
La exoneración de IVA es la dispensa total o parcial del pago del Impuesto al Valor Agregado del 12% para operaciones específicas autorizadas por la SAT bajo marcos legales determinados. Es conceptualmente distinta a otras figuras:
| Figura | Mecanismo | Requiere trámite |
|---|---|---|
| Exención | Operación fuera del IVA por ley | No (automática) |
| Exoneración | Dispensa del IVA con autorización previa | Si (este trámite) |
| Tasa cero (exportaciones) | IVA 0% que genera crédito recuperable | No (automática) |
| No sujeción | Operación fuera del hecho generador | No (automática) |
La diferencia clave entre exención y exoneración: la exención opera de pleno derecho (ej: servicios financieros estan exentos), mientras la exoneración requiere solicitud, evaluación y autorización expresa por resolución SAT. Una vez autorizada, queda registrada en el sistema FEL y se aplica automáticamente a las operaciones del proyecto autorizado.
Aprende mas sobre IVA y crédito fiscal →
Quien Puede Solicitar Exoneración?
| Beneficiario | Requisitos clave |
|---|---|
| ONG (Organización No Gubernamental) | Personeria jurídica MINGOB, autorización vigente, proyecto específico |
| Proyectos con cooperación internacional | Convenio firmado, contraparte oficial, calificación del cooperante |
| Entidades religiosas legalmente constituidas | Personeria jurídica, operación calificada |
| Fundaciones y asociaciones | Inscripción vigente, fines sociales calificados |
| Donaciones internacionales | Documento de donación, entidad beneficiaria calificada |
| Convenios bilaterales/multilaterales | Convenio internacional vigente, alcance específico |
| Embajadas y organismos diplomaticos | Convenios diplomaticos, reciprocidad |
| Organismos multilaterales (BID, BM, ONU, OEA) | Convenio sede, presupuesto institucional |
No califican como beneficiarios: empresas con fines de lucro, particulares, contratistas privados (aunque ejecuten obra para entidad exonerada — esa es exoneración de la entidad, no del contratista).
Casos de Uso Típicos
1. ONG Educativa con Financiamiento USAID
Una ONG dedicada a educación rural recibe Q5,000,000 de USAID para construir 10 escuelas. Solicita exoneración de IVA sobre materiales de construcción, transporte, equipamiento — todo lo del proyecto. La SAT autoriza por el plazo del proyecto (24 meses) y la ONG compra sin IVA, ahorrando Q600,000 (12%) que se reinvierten en mas beneficios para los beneficiarios.
2. Proyecto BID de Infraestructura
Convenio BID-Gobierno de Guatemala para mejorar caminos rurales. El convenio establece que los recursos del prestamo no llevan IVA. SAT emite resolución general de exoneración para todas las compras del proyecto, identificadas con código específico. Cada factura emitida al proyecto se etiqueta con ese código en FEL.
3. Donación Internacional a Hospital
Una fundación internacional dona equipos médicos a un hospital privado sin fines de lucro. Para que el hospital reciba sin pagar IVA aduanero, debe solicitar exoneración antes del despacho. SAT y SAT-Aduanas validan la donación, el cumplimiento del fin social, y emiten autorización para nacionalización sin tributos.
4. Iglesia que Construye Templo
Una entidad religiosa con personeria jurídica vigente construye templo. Solicita exoneración sobre materiales y servicios de construcción bajo el regimen aplicable a entidades religiosas calificadas. SAT evalua el alcance y emite resolución limitada al proyecto.
Requisitos para la Solicitud
Documentación General
- Personeria jurídica vigente de la entidad beneficiaria (escritura, última reforma, certificación)
- Autorización legal para operar (MINGOB para ONG, organismo correspondiente para otros)
- NIT activo y al día (verifica tu NIT)
- Solvencia fiscal vigente (sin deudas SAT)
- Descripción detallada del proyecto: objetivos, beneficiarios, plazo, ubicación
- Presupuesto detallado con rubros y proveedores estimados
Documentación Específica por Tipo
Para proyectos con cooperación internacional:
- Convenio de financiamiento firmado entre cooperante y beneficiario
- Carta de calificación del cooperante
- Documento de aprobación del proyecto
- Plan de ejecución fisico-financiero
Para ONG:
- Inscripción en el Registro de Personas Jurídicas (MINGOB)
- Estados financieros del último ejercicio
- Acta de junta directiva aprobando el proyecto
- Carta de aceptación del proyecto por contraparte
Para donaciones:
- Documento formal de donación (escritura, convenio)
- Listado de bienes/servicios donados
- Calificación del donante (organismo, fundación, embajada)
- Plan de uso de la donación
Como Solicitar la Exoneración Paso a Paso
Paso 1: Preparación Documental (2-4 semanas)
- Reune toda la documentación según el tipo de exoneración
- Verifica vigencia de personeria jurídica y solicita certificaciones recientes
- Confirma con el cooperante que el proyecto califica
- Prepara presupuesto detallado del proyecto (bienes y servicios a adquirir)
- Obtene solvencia fiscal actualizada en Agencia Virtual
Paso 2: Presentar en Agencia Virtual
- Ingresa a portal.sat.gob.gt/portal/agencia-virtual con CUI/NIT
- Navega a “Solicitudes” → “Exoneraciones Tributarias”
- Selecciona “Exoneración de IVA por Proyecto”
- Completa el formulario: datos de entidad, tipo de exoneración solicitada, proyecto
- Adjunta documentación en PDF (personeria, convenio, presupuesto, calificación)
- Envia la solicitud y guarda el número de expediente
- Pueden requerirse anexos adicionales según observaciones SAT
Paso 3: Seguimiento y Resolución
- SAT analiza la solicitud — 30 a 90 días habiles según complejidad
- Puede requerir información adicional — tienes 10 días habiles para responder
- Recibes resolución por correo electrónico:
- Aprobación total — con código de exoneración y vigencia
- Aprobación parcial — solo algunos rubros del proyecto
- Rechazo — con motivos para apelar o ajustar
Paso 4: Activación en FEL
- Registra la resolución en el sistema FEL de la entidad
- Comunica el código de exoneración a tus proveedores principales
- Los proveedores etiquetan las facturas emitidas a tu entidad con el código
- El sistema FEL valida automáticamente cada operación contra la resolución SAT
Costo y Tiempo
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Tasa SAT | Gratis (Q0) |
| Tiempo preparación documental | 2-4 semanas |
| Plazo SAT resolución | 30-90 días habiles |
| Tiempo activación FEL | 1-3 días habiles tras resolución |
| Vigencia típica | Por proyecto (1-3 años) o anual renovable |
| Honorarios profesionales (CPA/abogado) | Q3,000-Q15,000 según complejidad |
Operación Cotidiana con la Exoneración
Como Hacer Compras Exoneradas
- Comunica al proveedor antes de la compra que estas en regimen exonerado y tu código
- El proveedor emite Factura Electrónica FEL con IVA 12% (estandar)
- El proveedor anexa la constancia de exoneración SAT en el sistema FEL
- El total de la factura se ajusta automáticamente en la operación exonerada
- Tu pagas solo la base (sin IVA)
- El proveedor reclama el IVA con SAT como crédito fiscal usando la constancia
Operaciones No Cubiertas por la Exoneración
Si compras algo no contemplado en la resolución (gasto imprevisto, item fuera del presupuesto autorizado), debes pagar IVA normal. Los rubros NO incluidos:
- Gastos personales del personal del proyecto
- Bienes de consumo no relacionados al proyecto
- Servicios fuera del alcance autorizado
- Bienes/servicios para uso comercial de la entidad (si combinas operaciones comerciales con proyecto)
Sanciones por Uso Indebido
Si la SAT detecta que se aplico exoneración indebidamente:
- Pago del IVA omitido (12%) con intereses moratorios
- Multa 100-200% del IVA omitido (Código Tributario)
- Posible revocación de futuras exoneraciones para la entidad
- Calificación de defraudación si la omisión es deliberada (Código Penal Art. 358)
- Bloqueo de solvencia fiscal afectando otros trámites de la entidad
Las ONG y entidades exoneradas deben tener controles internos estrictos: cada compra debe respaldarse con el alcance del proyecto y la resolución SAT. Auditoria interna recomendada mínimo anual.
Casos Especiales
Renovación de Exoneración
Cuando el proyecto continua mas alla del plazo original o cuando la autorización es anual:
- Solicita renovación 60 días antes del vencimiento
- Actualiza documentación: ejecución del periodo anterior, presupuesto siguiente
- Demuestra cumplimiento del proyecto autorizado
- SAT evalua y emite nueva resolución o extensión
Cambio de Alcance del Proyecto
Si durante la ejecución necesitas agregar rubros no contemplados:
- Presenta modificación ante SAT con justificación
- Adjunta aprobación del cooperante si aplica
- SAT emite resolución modificativa ampliando o ajustando el alcance
Auditoria de la Exoneración
SAT puede auditar el uso de la exoneración para verificar:
- Concordancia entre compras y proyecto autorizado
- Documentación de respaldo de cada operación
- Cumplimiento con los objetivos del proyecto
- Ausencia de uso indebido
La entidad debe conservar toda la documentación 4 años y mantener registros internos detallados.
Preguntas Frecuentes
“Soy contratista privado de una ONG exonerada. Yo cobro sin IVA?”
No. La exoneración es de la ONG, no del contratista. Tu emites Factura Electrónica FEL con IVA 12% normal. Tu cliente (ONG) anexa su constancia de exoneración en FEL, y el sistema procesa la operación. Tu reclamas el IVA como crédito fiscal contra tus declaraciones porque la operación fue gravada en tu lado.
“Mi proyecto duro mas de lo planeado. La exoneración expiro?”
Si. Las exoneraciones tienen plazo definido. Si necesitas ejecutar después del vencimiento, debes solicitar renovación o nueva autorización antes de continuar comprando con exoneración. Compras hechas después del vencimiento sin renovación son operaciones gravadas normalmente.
“Recibimos donación de equipos del extranjero. Como me exonero del IVA aduanero?”
Para nacionalización de bienes donados, la solicitud incluye SAT y SAT-Aduanas. Necesitas: documento de donación, calificación del donante, certificación del beneficiario, descripción de bienes. Se tramita antes del despacho de aduanas. Sin autorización previa, los bienes pagan IVA aduanero normalmente al ingresar.
“Una embajada quiere donar a nuestra ONG. El proceso es distinto?”
Algunas embajadas tienen convenios marco con Guatemala que facilitan la exoneración. Verifica primero si la embajada tiene mecanismo establecido. En general el proceso es similar pero la documentación incluye carta oficial de la embajada y verificación de reciprocidad diplomatica.
“Mi ONG tiene varios proyectos. Tramito una sola exoneración?”
Generalmente cada proyecto requiere autorización separada con su propio convenio, presupuesto y alcance. Algunas ONG con multiples proyectos consolidados con un solo cooperante pueden negociar resolución marco. Consulta SAT 1550 o tu CPA para tu caso específico.
Consejos Practicos
- Inicia el trámite temprano — 60-90 días antes de las primeras compras del proyecto. El proceso no es inmediato y comprar sin autorización previa pierde la oportunidad de ahorrar el IVA.
- Detalla bien el presupuesto — incluye todos los rubros previsibles. Modificaciones posteriores requieren nuevo trámite.
- Mantente al día con SAT — solvencia fiscal vigente es requisito esencial. Una deuda menor puede bloquear todo el trámite.
- Capacita al equipo administrativo — quien gestiona compras debe conocer el alcance de la exoneración para no comprometer operaciones.
- Conserva todo 4 años — facturas, constancias FEL, resolución SAT, comprobantes de pago, documentación del proyecto.
- Reportes al cooperante — los cooperantes internacionales requieren reportes financieros. Asegurate que el ahorro del IVA exonerado este correctamente reflejado.
- Llama al 1550 o consulta CPA especializado en cooperación internacional para casos complejos.
Enlaces Oficiales
- SAT — Agencia Virtual
- SAT — Portal Principal
- MINGOB — Registro de Personas Jurídicas
- Línea de Información SAT: 1550
Trámites SAT Relacionados
- Crédito Fiscal IVA — recuperación de IVA pagado (cuando no hay exoneración)
- Declaración Mensual de IVA — declaración ordinaria
- Factura Electrónica FEL — donde se aplica la exoneración
- Consulta CUI-NIT — verifica tu inscripción
- Declaración Anual ISR — declaración de renta independiente
- Cambio de Regimen Tributario — si tu entidad evoluciona
- Portal SAT Guatemala — gateway de servicios SAT
- Declaraguate — sistema de pago de impuestos