Antes de ver a un abogado o de presentar un trámite nuevo, puede que usted necesite su propio historial migratorio en EE. UU. por escrito: cuándo entró, qué se decidió y qué tiene el gobierno en sus archivos. Ese historial no está en un solo lugar. La página FOIA de ICE dice que los registros migratorios los guardan varias agencias federales distintas. También dice que enviar la solicitud a la agencia que guarda el tipo de registro que busca evita demoras y respuestas incompletas.

Esta página explica qué agencia guarda cada registro y cómo pedírselo. Leímos las páginas FOIA oficiales de USCIS, ICE, CBP, las cortes de inmigración (EOIR) y el Departamento de Estado, además del reglamento de cobros del DHS, el 15 de octubre de 2026. No podemos decirle qué contiene su expediente.

Resumen rápido: Su A-File (el expediente migratorio principal) está en USCIS. ICE dice que las copias oficiales de muchos formularios que emite ICE se guardan en ese A-File, bajo custodia de USCIS. Las entradas, salidas, detenciones de la Patrulla Fronteriza y el I-94 están en CBP. Los registros de detención, deportación, atención médica durante la detención y fiadores están en ICE. El expediente de la corte de inmigración está en EOIR. EOIR ofrece una vía fuera de FOIA que, según dice, está enfocada en ciertas partes de procesos que siguen pendientes y en personas con una relación legal específica con una de las partes; EOIR también recibe solicitudes FOIA del expediente. Los registros de visa están en el Departamento de Estado, y la Embajada de EE. UU. no recibe solicitudes FOIA. Desde el 22 de enero de 2026, USCIS dice que las solicitudes deben presentarse en línea en first.uscis.gov, y CBP dice que ya no acepta solicitudes en papel por correo, fax o correo electrónico. ICE las recibe solo por su portal SecureRelease, y por correo solo de personas detenidas o encarceladas. CBP dice que presentar la solicitud no tiene costo. Según las reglas de cobro del DHS y de EOIR, quien no pide los registros con fines comerciales recibe gratis las primeras 100 páginas y dos horas de búsqueda.

1. Qué agencia guarda cada registro

Registro que necesitaAgencia que lo guardaDónde pedirlo
A-File: su expediente migratorio oficial, con las copias oficiales de muchos formularios de ICEUSCISfirst.uscis.gov, con cuenta de USCIS
Entradas y salidas, formulario I-94, detenciones de la Patrulla Fronteriza, deportaciones expeditas de la Patrulla Fronteriza, inspecciones en el puerto de entrada, registros de viajeCBPPortal SecureRelease de CBP o FOIA.gov
Registros de deportación bajo custodia de ICE, de detención, de atención médica durante la detención, de fiadores de fianza, y de visas de estudiante (SEVIS)ICEPortal SecureRelease de ICE
Expediente de la corte de inmigración (record of proceeding, ROP)EOIR (cortes de inmigración y la Junta de Apelaciones de Inmigración, BIA)Directamente a la corte o la BIA, fuera de FOIA (EOIR dice que esta vía está enfocada en ciertas partes de procesos pendientes y en personas con una relación legal específica con una de las partes), o solicitud FOIA por PAL o el Portal Nacional FOIA
Solicitudes de visa, documentos civiles que entregó al consulado y correspondencia consularDepartamento de EstadoPublic Access Link (PAL) del Departamento de Estado
Datos biométricos y de identidadOBIMLas páginas que leímos no explican la vía

Del mapa de ICE hay dos puntos que importan. Primero, ICE dice que USCIS es el custodio principal del A-File. Aunque ICE emite muchos formularios, dice que las copias oficiales se guardan en el A-File, así que esas se piden a USCIS. Segundo, ICE dice que si usted quiere un historial migratorio completo, necesita una solicitud a USCIS además de cualquier solicitud a ICE. ICE también describe a OBIM como una oficina que guarda información biométrica y de identidad, no expedientes completos ni A-Files.

2. Desde el 22 de enero de 2026: presentación en línea en USCIS y CBP

  • USCIS dice que, desde el 22 de enero de 2026, las solicitudes FOIA y de la Ley de Privacidad para sus registros deben presentarse en línea. Para asegurar un trámite oportuno, dice que la solicitud se hace en first.uscis.gov, después de crear una cuenta de USCIS. Su página también permite consultar el estado de una solicitud hecha en línea o de otra forma. La antigua dirección uscis.gov/g-639 ahora redirige a esa página FOIA.
  • CBP dice que desde el 22 de enero de 2026 ya no acepta solicitudes en papel por correo, fax o correo electrónico. Se presentan por el portal SecureRelease de CBP o por www.FOIA.gov. La página de registros de CBP todavía muestra una dirección postal, pero su página principal de FOIA dice que ya no acepta solicitudes en papel, así que aquí solo damos la vía en línea.
  • ICE dice que las solicitudes FOIA para sus registros deben presentarse electrónicamente por su portal SecureRelease, y que no acepta solicitudes FOIA por correo electrónico ni en papel por correo. Sobre las solicitudes por correo postal, ICE menciona una sola excepción: las personas detenidas o encarceladas.
  • EOIR recomienda su Public Access Link (PAL) para las solicitudes FOIA, o el Portal Nacional FOIA.
  • El Departamento de Estado dice que su portal Public Access Link (PAL) es la forma más eficiente de presentar una solicitud FOIA.

La página FOIA del Departamento de Estado todavía muestra una dirección postal de USCIS para pedir A-Files. La página de USCIS dice que las solicitudes deben presentarse en línea en first.uscis.gov, así que aquí no damos esa dirección postal como vía para presentar la solicitud.

3. Paso a paso

  1. Defina exactamente qué necesita. USCIS dice que procesa mucho más rápido las solicitudes de documentos precisos que las de un expediente completo. Si su abogado necesita una aprobación o una decisión concreta, pida eso.

  2. Una solicitud por persona. USCIS dice que cada persona necesita su propia solicitud, aunque sean parientes. Rechaza las solicitudes que cubren a varias personas y le pide que las presente por separado.

  3. Reúna sus datos de identificación.

    • CBP pide su fecha de nacimiento, su número A (A-number), el nombre de sus padres y cualquier otro nombre que haya usado al momento de la entrada o la detención.
    • Para el expediente de la corte, EOIR pide su nombre completo, otros nombres que haya usado, el lugar de la audiencia y el número A. Si no conoce el número A, o el caso fue antes de 1988, pide la fecha de la Orden de Presentar Causa, el país de origen y el lugar de la audiencia.
  4. Compruebe su identidad, o el consentimiento de la otra persona. La tabla de abajo muestra lo que piden CBP y EOIR. Para los registros de otra persona, USCIS dice que necesita el permiso por escrito de esa persona. El Departamento de Estado dice que el formulario DS-4240-C puede usarse para dar el consentimiento, aunque usted no sea ciudadano ni residente permanente.

  5. Si tiene audiencia en la corte de inmigración, dígalo y adjunte la prueba. USCIS permite pedir que priorice una solicitud de A-File cuando hay una audiencia programada ante un juez de inmigración. Debe adjuntar una copia de uno de estos documentos, enviado por el DHS o el Departamento de Justicia:

    • formulario I-862 (Notificación de Comparecencia)
    • formulario I-122 (Orden de Presentar Causa)
    • formulario I-863 (Notificación de Remisión a Juez de Inmigración)
    • un aviso escrito que aplace una audiencia futura

    Para el trámite acelerado en ICE, ICE dice que debe explicar por escrito, en detalle, cómo su solicitud cumple los criterios y certificar que la información es verdadera según su mejor conocimiento.

  6. Dé seguimiento. USCIS dice que puede consultar el estado en línea con el número de control FOIA que aparece en su mensaje de recibo, haya hecho la solicitud en línea o de otra forma. Su oficina FOIA solo responde preguntas sobre FOIA: no ayuda con solicitudes o peticiones pendientes ni con otros asuntos migratorios. Para eso, USCIS remite a su Centro de Contacto, al 800-375-5283 (TTY: 800-767-1833). La oficina FOIA de CBP atiende en el 202-325-0150 o en cbpfoiapublicliaison@cbp.dhs.gov.

  7. Si la respuesta es incompleta o se la niegan, apele.

    • USCIS dice que las instrucciones para apelar vienen en la carta de decisión final.
    • CBP dice que las apelaciones se presentan por su portal SecureRelease. Si no puede usar el portal, permite una apelación por correo dentro de los 90 días siguientes a la fecha de la carta de respuesta final.
    • USCIS también remite a la Oficina de Servicios de Información Gubernamental (OGIS), que ofrece mediación entre solicitantes y agencias.

Formularios de identidad y consentimiento: CBP y EOIR

AgenciaPara pedir sus propios registrosPara pedir los registros de otra persona
CBPNombre completo, dirección, fecha de nacimiento y el formulario de Certificación de Identidad firmado, o una declaración bajo pena de perjurio con firma, o un notarioFormulario G-28 firmado (abogado o representante acreditado) u otro consentimiento firmado
EOIRFormulario DOJ-361, Certificación de Identidad, con firma original y fechaFormulario EOIR-59, llenado, firmado y fechado por la persona de quien son los registros

4. El expediente de su caso en la corte: ROP o FOIA

EOIR ofrece un servicio fuera del proceso FOIA para que las personas con un caso ante la corte (y sus representantes registrados) pidan copia de su expediente oficial (ROP). EOIR dice que la solicitud se puede hacer a la corte de inmigración o a la BIA en persona, por correo o por correo electrónico. Dice que presentar el formulario EOIR-59 o DOJ-361 asegura que incluya toda la información necesaria para tramitarla.

Esta vía tiene límites. La página de EOIR sobre el ROP dice que ese proceso está enfocado en entregar copia del expediente a ciertas partes de procesos que siguen pendientes y a personas con una relación legal específica con una de las partes, en situaciones específicas. También dice que es distinto del proceso FOIA. Si esa no es su situación, la otra vía que describe EOIR es una solicitud FOIA que pida el expediente del caso, presentada por PAL o el Portal Nacional FOIA, con los datos de identificación del paso 3.

En las solicitudes de ROP, algunas cortes pueden entregar el expediente el mismo día de la visita, pero EOIR dice que el tamaño del expediente y su ubicación en la mayoría de los casos lo impiden. También pide no presentar una segunda solicitud, salvo que le hayan avisado que la suya no se puede atender. Según EOIR, las solicitudes duplicadas no aceleran la entrega y retrasan a quienes presentan después. Si lo que quiere es consultar el estado de su caso, no obtener el expediente, vea nuestra guía para consultar un caso en la corte de inmigración.

5. Cobros

ReglaMontoFuente
Costo por presentar la solicitud en CBPNinguno, según CBPPreguntas frecuentes FOIA de CBP
Gratis en el DHS (USCIS, CBP, ICE), salvo para quien pide los registros con fines comercialesPrimeras 100 páginas y primeras dos horas de búsqueda6 CFR 5.11
Sin cobro en el DHS si el total, después de lo gratuito, es$14.00 o menos6 CFR 5.11
Fotocopias en el DHSDiez centavos por página6 CFR 5.11
Monto que se compromete a pagar al presentar la solicitud en el DHSHasta $25.00, salvo que pida exención de cobro6 CFR 5.11
Categoría de cobro de ICE para una persona que pide sus propios registrosOther (otros): se le pueden cobrar búsqueda y copias, pero no revisiónPágina de ICE para presentar solicitudes
EOIR, para quien no pide con fines comerciales, después de las primeras 100 páginas y 2 horas de búsqueda$.05 por página; búsqueda por cuarto de hora: $4.75 (administrativa) o $10.00 (profesional); no se cobra salvo que el total pase de $25.00Página de EOIR para presentar una solicitud FOIA (cita 28 C.F.R. 16.10)
Departamento de Estado: monto que se compromete a pagarHasta $25, salvo indicación distintaPágina FOIA del Departamento de Estado

La página de cobros FOIA de USCIS dio error cuando la revisamos. El reglamento del DHS de arriba es la regla que aplica a sus componentes, según el texto vigente en eCFR el 15 de octubre de 2026. EOIR agrega que puede cobrar la recuperación de expedientes guardados en un centro de registros de los Archivos Nacionales, y el escaneo. Dice que le avisará antes de terminar la solicitud si el cobro pasa de $25.00.

6. Tiempos: lo que dicen las agencias

  • USCIS dice que las solicitudes precisas se procesan mucho más rápido que las de un expediente completo. También dice que las solicitudes de A-File con audiencia pendiente pueden priorizarse.
  • La página de USCIS que leímos no indica tiempos de procesamiento.
  • EOIR dice que algunas cortes pueden entregar el expediente el mismo día, pero que en la mayoría de los casos el tamaño y la ubicación del expediente lo impiden.

7. Lo que aplica a guatemaltecos

  • Le negaron la visa en la Embajada de EE. UU. en la Ciudad de Guatemala. El Departamento de Estado dice que las embajadas y los consulados de EE. UU. no aceptan solicitudes FOIA ni de la Ley de Privacidad. Las solicitudes de registros de visa van a su Dirección de Programas de Acceso a la Información, por PAL.
  • Entró hace décadas. CBP dice que no tiene registros de entrada y salida anteriores a 1982. También dice que sus registros de detenciones de la Patrulla Fronteriza anteriores a 2000 están incompletos y pueden estar en el A-File de USCIS.
  • Lo deportaron o estuvo detenido. ICE guarda los registros de deportación y detención bajo su custodia, pero dice que muchos de sus registros también están en el A-File de USCIS. Para un historial migratorio completo, ICE dice que necesita una solicitud a USCIS además de cualquier solicitud a ICE.
  • Fue adoptado de Guatemala. Para la parte guatemalteca de sus registros, vea nuestra guía para adoptados.
  • Registros muy antiguos. USCIS remite a su Programa de Genealogía los registros de más de 100 años. El Departamento de Estado dice que, en general, los registros de visa anteriores a 1940 son propiedad de los Archivos Nacionales (NARA).

8. Para qué no sirve una solicitud FOIA

  • Recuperar sus documentos originales. ICE dice que para recuperar originales entregados en un trámite migratorio, como un pasaporte o una partida de nacimiento, se presenta el formulario G-884 ante USCIS. Dice que eso no se tramita por FOIA de ICE.
  • Corregir un problema de revisión en viajes. ICE dice que la vía para eso es DHS TRIP, no FOIA.

Esta página es información general, no asesoría legal. Antes de basarse en cualquier registro, confirme su caso con un abogado de inmigración o un representante acreditado por el Departamento de Justicia (DOJ).

Relacionado

Fuentes

Todas consultadas el 15 de octubre de 2026.

Preguntas Frecuentes

¿Qué agencia tiene mi expediente migratorio?

La página FOIA de ICE dice que USCIS es el custodio principal del expediente migratorio oficial de una persona, el A-File. USCIS dice que, en la mayoría de los casos, si usted quiere el historial completo de un caso migratorio, debe enviar la solicitud FOIA a USCIS, no a ICE. Otros registros están en otras agencias. CBP guarda las entradas y salidas, las detenciones de la Patrulla Fronteriza y el formulario I-94. ICE guarda los registros de detención, deportación, atención médica durante la detención y fiadores de fianza. La corte de inmigración (EOIR) guarda el expediente del caso. El Departamento de Estado guarda las solicitudes de visa.

¿Cómo le pido mi A-File a USCIS?

USCIS dice que desde el 22 de enero de 2026 las solicitudes FOIA y de la Ley de Privacidad para sus registros deben presentarse en línea, y que para asegurar un trámite oportuno la solicitud se hace en first.uscis.gov, después de crear una cuenta de USCIS. Recomienda pedir solo los documentos específicos que necesita, porque esas solicitudes se procesan mucho más rápido que las de un expediente completo. Cada persona necesita su propia solicitud, aunque sean parientes, y USCIS dice que rechaza las solicitudes que cubren a varias personas.

¿Cuánto cuesta una solicitud FOIA?

Las preguntas frecuentes de CBP dicen que presentar una solicitud FOIA no tiene costo. Según el reglamento de cobros del DHS (6 CFR 5.11), que cubre a USCIS, CBP e ICE, quien no pide los registros con fines comerciales recibe gratis las primeras 100 páginas y las primeras dos horas de búsqueda. No se cobra nada si el total restante es de $14.00 o menos. Presentar la solicitud equivale a comprometerse a pagar hasta $25.00, salvo que pida una exención de cobro. EOIR y el Departamento de Estado tienen sus propias reglas de cobro, que aparecen en la tabla de cobros de esta página.

Tengo audiencia en la corte de inmigración. ¿Me pueden entregar el A-File más rápido?

USCIS dice que puede priorizar una solicitud de A-File si usted tiene una audiencia programada ante un juez de inmigración. Debe adjuntar una copia de la Notificación de Comparecencia (formulario I-862), la Orden de Presentar Causa (I-122), la Notificación de Remisión a Juez de Inmigración (I-863) o un aviso escrito que aplace una audiencia futura. El expediente de la corte es una solicitud aparte ante EOIR. EOIR ofrece una solicitud del expediente fuera de FOIA, con el formulario EOIR-59 o DOJ-361, pero su página dice que ese proceso está enfocado en ciertas partes de procesos que siguen pendientes y en personas con una relación legal específica con una de las partes, en situaciones específicas. EOIR también recibe solicitudes FOIA que piden el expediente del caso.

¿Cómo consigo el registro de cuándo entré y salí de EE. UU.?

Las entradas y salidas, las detenciones de la Patrulla Fronteriza y el formulario I-94 los guarda CBP. CBP dice que no tiene registros de entrada y salida de personas que llegaron o salieron antes de 1982. Sus registros de detenciones anteriores a 2000 están incompletos y pueden estar en el A-File de USCIS. Desde el 22 de enero de 2026, CBP solo recibe solicitudes por su portal SecureRelease o por FOIA.gov.

Me negaron la visa en la Embajada de EE. UU. en Guatemala. ¿Cómo pido ese registro?

Los registros de solicitudes de visa los guarda el Departamento de Estado. Su página FOIA dice que las embajadas y los consulados de EE. UU. no aceptan solicitudes FOIA ni de la Ley de Privacidad, y que las solicitudes de registros de visa van a su Dirección de Programas de Acceso a la Información. Según el Departamento de Estado, la forma más eficiente de presentarla es su portal Public Access Link (PAL).

¿Todavía puedo enviar una solicitud FOIA en papel por correo?

A CBP, no: CBP dice que desde el 22 de enero de 2026 ya no acepta solicitudes en papel por correo, fax o correo electrónico. USCIS dice que sus solicitudes deben presentarse en línea en first.uscis.gov para asegurar un trámite oportuno, y su página permite consultar el estado de una solicitud hecha en línea o de otra forma. ICE dice que solo acepta solicitudes FOIA por su portal SecureRelease, y que por correo solo las acepta de personas detenidas o encarceladas. Aparte, el servicio de EOIR para pedir el expediente del caso, que no es FOIA y que según EOIR está enfocado en ciertas partes de procesos pendientes y en personas con una relación legal específica con una de las partes, recibe solicitudes en persona, por correo o por correo electrónico.