Si no sos ciudadano estadounidense y te mudás dentro de Estados Unidos, el gobierno espera dos avisos distintos si tenés caso en la corte de inmigración, y van a dos agencias distintas con dos plazos distintos. A USCIS se le avisa dentro de 10 días. A la corte de inmigración (EOIR) se le avisa con el Formulario EOIR-33 dentro de cinco días. Presentar uno no cuenta como el otro.

Resumen rápido: USCIS: dentro de 10 días de la mudanza, por la cuenta en línea de USCIS o con el Formulario AR-11 en papel por correo; no aplica a quienes tienen visa A o G ni a visitantes con exención de visa. Corte de inmigración: dentro de cinco días de cualquier cambio (la página de EOIR dice cinco días hábiles), con el Formulario EOIR-33/IC ante la corte que tiene tu caso, o en línea por el portal Respondent Access de EOIR; un formulario por persona. Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA): Formulario EOIR-33/BIA. Correo postal: cambiar la dirección en USPS no la cambia en USCIS. Un guatemalteco con caso de asilo o de deportación en la corte presenta los dos.

El deber general de registro que está detrás de la regla de 10 días, con las sanciones que lista USCIS, está en nuestra página sobre el registro de extranjeros en EE.UU.. Esta página trata solo la mudanza.

Las dos obligaciones lado a lado

USCIS (Formulario AR-11 o en línea)Corte de inmigración (Formulario EOIR-33)
QuiénExtranjeros en EE.UU.; no aplica a visas A o G ni a visitantes con exención de visa (USCIS)Quien tiene un documento de cargos (Notice to Appear) presentado ante una corte de inmigración (8 CFR 1003.15(d))
PlazoDentro de 10 días de la mudanza (USCIS)Dentro de cinco días de cualquier cambio de dirección (8 CFR 1003.15(d)(2)); cinco días hábiles según la página de EOIR
CómoCuenta en línea de USCIS (herramienta de cambio de dirección) o AR-11 en papel por correoEOIR-33/IC ante la corte; EOIR-33/BIA ante la Junta; en línea por Respondent Access; en línea, en persona o por correo según EOIR
Base legalSección 265 de la INA (8 U.S.C. 1305), citada en el formulario8 CFR 1003.15(d)
¿Actualiza la otra agencia?No: el AR-11 dice que no actualiza la dirección en la corteNo: el formulario de la corte va solo a EOIR
Consecuencia que nombra la agenciaEl AR-11 dice que no reportar el cambio se castiga con multa o prisión y/o deportaciónEl Notice to Appear debe advertir que no dar tu dirección a la corte puede resultar en una audiencia en ausencia (8 CFR 1003.15(b)(7))

Fuentes: páginas de USCIS sobre el AR-11 y sobre cómo cambiar la dirección, Formulario AR-11 (edición 11/02/22), 8 CFR 1003.15 en eCFR y la página de EOIR Update Respondent or Alien Information (actualizada el 18 de mayo de 2026), consultadas el 21 de octubre de 2026.

Paso 1: avisá a USCIS dentro de 10 días

La página del AR-11 de USCIS en español lo dice así: “Si usted es extranjero que está en Estados Unidos debe informar cualquier cambio de dirección a USCIS dentro de los 10 días de haberse mudado.” Y agrega: “Este requisito de proporcionar la información no aplica a las personas que tienen visas A o G ni a los visitantes con exenciones de visas.” Quien ya presentó una solicitud de beneficio debe avisar lo antes posible.

En línea (la vía que recomienda USCIS). USCIS dice que la mayoría de personas puede usar su herramienta de cambio de dirección (Enterprise Change of Address, E-COA), dentro de la cuenta en línea de USCIS, en el menú My Account. Hacerlo en línea cumple el requisito legal y, según USCIS, evita tener que mandar el AR-11 en papel.

  • Si tenés un caso pendiente, aprobado o presentado antes, podés cambiar la dirección en línea aunque ese caso lo hayas presentado por correo.
  • Ingresá el número de recibo de cada caso pendiente. USCIS dice que hay que hacerlo para que el cambio se aplique a esas solicitudes.

En papel. USCIS dice que el AR-11 en papel enviado por correo también cumple el requisito legal, pero no actualiza sus sistemas de forma automática; por eso recomienda la herramienta en línea. El formulario está en inglés y pide nombre, fecha de nacimiento, número A si lo tenés, la nueva dirección física (no se aceptan apartados postales), la dirección anterior y, si querés, una dirección postal; debe ir firmado. Se envía a la dirección impresa en el formulario:

U.S. Department of Homeland Security Citizenship and Immigration Services Attn: Change of Address 1344 Pleasants Drive Harrisonburg, VA 22801

La página del AR-11 de USCIS indica la edición 11/02/22 y dice que también acepta la edición 08/31/21. Advierte que rechaza los formularios sin firma. Para la tarifa del AR-11, la página remite a la tabla de tarifas de USCIS.

Casos especiales en la página de USCIS:

  • Casos VAWA, T o U y exenciones por abuso del I-751: USCIS tiene un procedimiento de cambio de dirección aparte; no uses la dirección general del AR-11.
  • Pediste a un familiar y ese familiar se mudó: contactá al Centro de Contacto de USCIS o a la oficina que tiene el caso.
  • Firmaste una declaración jurada de patrocinio (affidavit of support): el patrocinador que es ciudadano, nacional o residente permanente debe presentar el Formulario I-865 dentro de 30 días de la mudanza.
  • La petición de tu familiar está en el Centro Nacional de Visas (NVC): el beneficiario que vive fuera cambia la dirección con el Departamento de Estado, y el peticionario además actualiza USCIS.

El correo postal no es USCIS. USCIS dice que cambiar la dirección con el Servicio Postal (USPS) no cambia la dirección con USCIS, y que USPS no reenvía el correo que manda USCIS. Actualizá las dos.

Paso 2: avisá a la corte de inmigración con el Formulario EOIR-33

Si estás en un proceso de deportación, por ejemplo un caso de asilo ante la corte, la corte necesita tu dirección por separado. El propio Formulario AR-11 dice, en inglés: “Filing Form AR-11 with USCIS does not update your address with the Immigration Court” (presentar el AR-11 ante USCIS no actualiza tu dirección en la corte).

El reglamento, 8 CFR 1003.15(d)(2), dice que dentro de cinco días de cualquier cambio de dirección la persona debe dar aviso por escrito con el Formulario EOIR-33 a la corte donde se presentó el documento de cargos, o, si el caso se trasladó, a la corte que lo recibió.

La página de EOIR (actualizada el 18 de mayo de 2026) dice que hay que dar a la corte o a la BIA cualquier cambio de dirección o de contacto dentro de cinco días hábiles. Cómo presentarlo:

  1. Corte de inmigración: Formulario EOIR-33/IC, ante la corte donde se está viendo tu caso, o en línea por Respondent Access.
  2. Junta de Apelaciones (BIA): Formulario EOIR-33/BIA, también disponible en Respondent Access.
  3. Un formulario por persona. Cuando el cambio afecta a más de una persona con caso pendiente, EOIR dice que cada una necesita su propio EOIR-33.
  4. EOIR dice que el formulario se puede presentar en línea, en persona o por correo, siguiendo las instrucciones del formulario.

Si tu Notice to Appear no traía dirección o traía una equivocada, 8 CFR 1003.15(d)(1) dice que tenés que dar a la corte por escrito una dirección y un teléfono dentro de cinco días de la notificación de ese documento, y que el Formulario EOIR-33 cumple con eso.

Por qué importa. Según 8 CFR 1003.15(b)(7), el Notice to Appear debe advertir que no dar a la corte tu dirección y teléfono actuales puede resultar en una audiencia en ausencia (in absentia). Cómo consultar la fecha de tu audiencia después de mudarte está en nuestra página sobre cómo consultar tu caso en la corte de inmigración.

Quién presenta los dos

Tu situaciónUSCIS (10 días)Corte de inmigración (EOIR-33)
Caso de asilo en la corte de inmigración (defensivo)SíSí
Cualquier caso de deportación abierto ante una corte de inmigraciónSíSí
Apelación pendiente en la BIASíSí, con el EOIR-33/BIA
Solo una solicitud pendiente en USCIS (por ejemplo beneficiario de I-130 en EE.UU., permiso de trabajo, TPS), sin caso en la corteSíSin caso en la corte, no hay EOIR-33
Residente permanente sin caso en la corteSíSin caso en la corte, no hay EOIR-33
Visa A o G, o visitante con exención de visaNo se exige (USCIS)Solo si tiene caso en la corte

La columna de USCIS sigue la página del AR-11 (todos los extranjeros en EE.UU., menos visas A y G y visitantes con exención de visa). La columna de la corte sigue 8 CFR 1003.15(d), que liga el EOIR-33 a la corte donde se presentó el documento de cargos. Para asilo, mirá asilo para guatemaltecos en Estados Unidos.

Lista para el día de la mudanza

  • Actualizá la cuenta en línea de USCIS (o mandá el AR-11) y agregá cada número de recibo pendiente.
  • Si tenés caso en la corte: presentá el EOIR-33/IC (o EOIR-33/BIA) por cada familiar con caso.
  • Hacé también el cambio de dirección en USPS; no reemplaza ninguno de los dos avisos.
  • Guardá la prueba: captura o confirmación del cambio en línea, o copia del formulario enviado y del comprobante de envío.
  • Si alguien que no es abogado ni representante acreditado te ofrece hacerlo por un cobro, leé primero nuestra página sobre fraude de notarios y ayuda migratoria acreditada.

Más guías para guatemaltecos en EE.UU. en la sección de diáspora.

Fuentes

Fuentes consultadas el 21 de octubre de 2026. Información general, no asesoría legal; para tu caso hablá con un abogado de inmigración o un representante acreditado.

Preguntas Frecuentes

¿Cuántos días tengo para avisar a USCIS que me cambié de dirección?

10 días. La página del AR-11 de USCIS en español dice que si usted es extranjero que está en Estados Unidos debe informar cualquier cambio de dirección a USCIS dentro de los 10 días de haberse mudado. El requisito no aplica a quienes tienen visas A o G ni a los visitantes con exención de visa.

¿Puedo cambiar mi dirección con USCIS sin cuenta en línea?

Sí. USCIS dice que el Formulario AR-11 en papel enviado por correo cumple con el requisito legal. El formulario indica enviarlo a U.S. Department of Homeland Security, Citizenship and Immigration Services, Attn: Change of Address, 1344 Pleasants Drive, Harrisonburg, VA 22801. USCIS igual recomienda la cuenta en línea, porque el AR-11 en papel no actualiza la dirección de forma automática en sus sistemas.

Tengo una solicitud pendiente. ¿Basta con el AR-11?

Si podés, usá la cuenta en línea. USCIS dice que al cambiar la dirección en la cuenta en línea hay que ingresar el número de recibo de cada solicitud pendiente para que el cambio se aplique, y que se puede hacer aunque el caso se haya presentado por correo.

¿Cambiar la dirección con USCIS la cambia también en la corte de inmigración?

No. El Formulario AR-11 dice que si usted está en un proceso de inmigración debe avisar por separado a la corte de inmigración, y que presentar el AR-11 ante USCIS no actualiza su dirección en la corte. El formulario de la corte es el EOIR-33.

¿Cuánto tiempo tengo para avisar a la corte de inmigración que me mudé?

El reglamento, 8 CFR 1003.15(d)(2), dice dentro de cinco días de cualquier cambio de dirección, con el Formulario EOIR-33. La página de EOIR dice cinco días hábiles. Se presenta ante la corte donde se presentó el documento de cargos, o ante la corte a la que se trasladó el caso.

¿Cambiar la dirección en el correo (USPS) la cambia en USCIS?

No. USCIS dice que cambiar la dirección con el Servicio Postal de EE.UU. no la cambia con USCIS y que USPS no reenvía el correo de USCIS. Hay que actualizar las dos.