Esta página es información general, no asesoría legal. Renunciar a la residencia permanente es difícil de deshacer y puede tener consecuencias fiscales. Antes de firmar, hable con un abogado de inmigración de EE. UU. con licencia y con un profesional de impuestos que conozca la expatriación.
Resumen rápido: El Formulario I-407 deja constancia de que usted renuncia de forma voluntaria a la residencia permanente de EE. UU. No cuesta nada (US$0 en la lista de tarifas de USCIS, edición 10/01/26). Se puede mandar por correo a USCIS en Lee’s Summit, Missouri, o entregar a CBP en un puerto de entrada; las embajadas lo reciben en persona solo en casos muy raros. Al firmarlo renuncia a su derecho a una audiencia ante un juez de inmigración. Los hijos menores bajo su custodia en general pierden también la residencia. USCIS le avisa al IRS, y los residentes de largo plazo (8 de los últimos 15 años fiscales) pueden quedar bajo las reglas del impuesto de expatriación. Revisado el 3 de octubre de 2026.
Mucha gente que regresa a Guatemala para quedarse todavía guarda una green card que ya no va a usar. El I-407 es la forma formal de cerrar ese expediente. Aquí está lo que hace, cómo presentarlo desde Guatemala y la trampa que casi todos pasan por alto: el lado de los impuestos.
¿Todavía no decide? Si cree que podría volver a vivir en EE. UU., lea primero el permiso de reingreso, que es la herramienta para conservar la residencia durante una estancia larga en Guatemala.
Qué es el I-407
USCIS lo describe como el formulario para avisarle que usted renuncia voluntariamente a su estatus de residente permanente legal (LPR); al recibirlo, actualiza sus registros para mostrar que usted ya no es residente.
Según las instrucciones, lo usan los residentes permanentes que están fuera de Estados Unidos o en un puerto de entrada y quieren renunciar a la residencia. Los funcionarios del DHS y los cónsules del Departamento de Estado también lo usan para dejar constancia del abandono en una entrevista en persona o por correspondencia.
El derecho al que renuncia al firmar
Es la línea más importante de las instrucciones: al firmar el I-407, usted renuncia al derecho a una audiencia ante un juez de inmigración que decidiría si de verdad abandonó la residencia.
Si no firmara y el gobierno creyera que usted abandonó la residencia, tendría derecho a esa audiencia, y en ella, entre otros derechos, a estar representado y a exigir que el DHS pruebe el abandono con evidencia clara, inequívoca y convincente. Firmar deja todo eso de lado.
Por eso el I-407 debe ser una decisión, no un reflejo. Si no está seguro de querer renunciar, hable con un abogado de inmigración con licencia antes de firmar.
Cómo presentarlo desde Guatemala
| Vía | Cuándo aplica | Fuente |
|---|---|---|
| Por correo a USCIS | La vía normal desde el extranjero | Página del I-407 de USCIS |
| Embajada o consulado de EE. UU., en persona | Solo en casos muy raros, si necesita prueba inmediata | Página del I-407 de USCIS |
| Oficial de CBP en un puerto de entrada de EE. UU. | Cuando está llegando a EE. UU. | Página del I-407 de USCIS |
La dirección que publica USCIS (para USPS, FedEx, UPS y DHL): USCIS, Attn: I-407, 7 Product Way, Lee’s Summit, MO 64002.
Sobre la entrega en persona, USCIS explica que en casos muy raros una oficina internacional de USCIS, o una embajada o consulado de EE. UU. sin oficina de USCIS, puede recibirlo si usted necesita prueba inmediata de que renunció, y que la necesidad más común de ese trámite urgente es pedir una visa A o G. Para la mayoría de guatemaltecos que regresan, la vía es el correo.
Qué va en el sobre
- El formulario firmado. USCIS rechaza cualquier formulario sin firma.
- Su green card y sus documentos de viaje. Las instrucciones piden entregar todas las tarjetas de residente, permisos de reingreso o documentos de viaje de refugiado que tenga. Si ya no tiene la tarjeta, el formulario le pregunta por qué y le pide firmar una certificación.
- Nada más. USCIS pide entregar solo documentos emitidos por USCIS: no mande la licencia de conducir del estado ni la tarjeta del Seguro Social.
Guarde una copia de todo lo que mande.
Sus hijos: la residencia de ellos puede irse con la suya
Las instrucciones lo dicen así: en general, si un padre abandona la residencia permanente, los hijos menores bajo su custodia también la abandonan. El padre o tutor también puede presentar un I-407 aparte por un menor, con prueba del parentesco o la tutela. Si el niño tiene 14 años o menos, firma el padre o el tutor legal.
Si alguno de sus hijos piensa estudiar o vivir en EE. UU., pida asesoría antes de presentar. Si algunos de sus hijos nacieron en EE. UU., los papeles guatemaltecos de ellos están en regresar con hijos nacidos en EE. UU..
El lado fiscal: USCIS le avisa al IRS
USCIS dice que, si usted le presenta el I-407, le pasa al IRS su nombre y la fecha de presentación (Código de Rentas Internas, sección 6039G(d)(3)). Y advierte que puede haber consecuencias importantes en el impuesto sobre la renta cuando uno deja de ser residente permanente, por ejemplo quedar sujeto a un impuesto de expatriación.
¿Es usted residente de largo plazo?
Las reglas de expatriación del IRS se aplican a los residentes de largo plazo (LTR). Las instrucciones del Formulario 8854 los definen así: es LTR quien fue residente permanente legal de Estados Unidos en al menos 8 de los últimos 15 años fiscales, contando hasta el año en que deja de ser tratado como residente permanente.
¿Es usted un “expatriado cubierto”?
En su página sobre el impuesto de expatriación, el IRS da tres pruebas. Con cumplir cualquiera de ellas, usted es expatriado cubierto:
| Prueba | Umbral que publica el IRS |
|---|---|
| Impuesto neto anual promedio sobre la renta de los 5 años anteriores | Más de un monto ajustado por inflación: US$201,000 para 2024 y US$206,000 para 2025 |
| Patrimonio neto | US$2 millones o más en la fecha de la expatriación o del fin de la residencia |
| Cumplimiento fiscal | No certificar en el Formulario 8854 que cumplió con todas sus obligaciones fiscales federales de los 5 años anteriores |
La página del IRS todavía no publica el umbral de ingresos para 2026. Revise las instrucciones del Formulario 8854 del año en que presente.
Si es expatriado cubierto, el IRS explica que la sección 877A trata todos sus bienes como si los hubiera vendido a valor de mercado el día antes de la expatriación. Una parte de esa ganancia queda excluida: para el año calendario 2025, la exclusión es de US$890,000.
La tercera prueba puede alcanzar a gente que no es rica ni gana mucho. Quien pasó años en EE. UU. sin declarar, o declarando a medias, puede no ser capaz de certificar cinco años de cumplimiento. Lo básico está en obligaciones fiscales de EE. UU. al regresar a Guatemala; para la declaración de expatriación, use un profesional de impuestos.
Antes de presentar: lo que no se deshace fácil
- Beneficios de EE. UU. Si recibe o espera una pensión del Seguro Social, lea primero recibir una pensión de EE. UU. en Guatemala.
- Planes futuros. El I-407 termina la residencia. Si tiene dudas, tal vez le conviene mantenerla: vea el permiso de reingreso.
- Sus documentos guatemaltecos. Si se regresa, revise que su DPI y su pasaporte estén vigentes. Empiece por el DPI desde Estados Unidos y la lista para regresar a Guatemala.
Fuentes oficiales (revisadas el 3 de octubre de 2026)
- USCIS — Form I-407, Record of Abandonment of Lawful Permanent Resident Status y sus instrucciones (edición 09/25/24; página actualizada el 5 de junio de 2026)
- USCIS — Fee Schedule, Form G-1055 (edición 10/01/26)
- IRS — Expatriation tax
- IRS — Instructions for Form 8854 (2025)
Más para guatemaltecos en Estados Unidos: servicios para la diáspora · doble nacionalidad · buscador de consulados
Preguntas Frecuentes
¿Qué es el Formulario I-407?
El Formulario I-407, Record of Abandonment of Lawful Permanent Resident Status, es la forma de avisarle a USCIS que usted renuncia de manera voluntaria a la residencia permanente de Estados Unidos. USCIS dice que actualiza sus registros para mostrar que usted ya no es residente permanente. Información general, no asesoría legal.
¿Cuánto cuesta renunciar a la green card?
Nada ante USCIS: la lista de tarifas (Formulario G-1055, edición 10/01/26) pone el I-407 en US$0. El costo posible está del lado fiscal: USCIS advierte que puede haber consecuencias importantes en el impuesto sobre la renta, por ejemplo quedar sujeto a un impuesto de expatriación.
¿A dónde mando el I-407 si ya vivo en Guatemala?
USCIS indica mandarlo por correo a su oficina de Lee’s Summit, Missouri (USCIS, Attn: I-407, 7 Product Way, Lee’s Summit, MO 64002). En casos muy raros una embajada de EE. UU. lo puede recibir en persona si usted necesita prueba inmediata. También se puede entregar a un oficial de CBP en un puerto de entrada de EE. UU.
¿Si renuncio, mis hijos pierden también la green card?
Puede ser. Las instrucciones del I-407 dicen que, en general, si un padre abandona la residencia permanente, los hijos menores bajo su custodia también la abandonan. Pida asesoría antes de firmar si alguno de sus hijos piensa quedarse en Estados Unidos.
¿Se entera el IRS?
Sí. USCIS dice que, si usted le presenta el I-407, le da al IRS su nombre y la fecha de presentación.
¿Puedo volver después a Estados Unidos como turista?
La página del I-407 de USCIS solo menciona una razón común para necesitar la prueba rápido: pedir una visa A o G. No dice que el I-407 garantice ni que impida una visa futura. Cada visa se decide en su propia solicitud, así que consulte sus planes con un abogado.

