Si el mam, el k’iche’, el q’eqchi’ u otro idioma maya es el idioma que usted entiende mejor, el sistema de Estados Unidos tiene reglas escritas sobre intérpretes que pueden protegerle, pero la regla cambia según el lugar. En la corte de inmigración, EOIR organiza el intérprete y el gobierno paga. En la entrevista de asilo afirmativo y en la entrevista de NACARA ante USCIS, las reglas dicen que usted trae y paga su propio intérprete. En los programas de salud cubiertos por la regla federal de la Sección 1557, el reglamento dice que la ayuda con el idioma debe ser gratuita. Aquí le explicamos cada regla, cómo pedirle a la corte un intérprete de idioma maya y cómo describir su variante con los datos de la Academia de las Lenguas Mayas de Guatemala (ALMG).

Resumen rápido: Corte de inmigración: intérprete a costa del gobierno; pídalo a más tardar 30 días antes de la audiencia, de forma oral en una audiencia preliminar, con moción escrita o en un escrito de alegatos, e indique el idioma, sus variantes de escritura, el dialecto y los lugares donde se habla (Manual de Práctica de EOIR, secciones 3.10 y 3.14). Entrevista de asilo afirmativo en USCIS: usted trae un intérprete competente, de 18 años o más, sin costo para USCIS (8 CFR 208.9(g)(1)); en la entrevista de fondo después de miedo creíble, el oficial lo organiza (208.9(g)(2)). NACARA: usted trae y paga el suyo. Su propio intérprete en USCIS: formulario G-1256, firmado frente al oficial. Programas de salud cubiertos: ayuda con el idioma gratuita; no pueden obligarle a traer ni pagar su propio intérprete, y solo pueden apoyarse en un menor como medida temporal en una emergencia con amenaza inminente a la seguridad o el bienestar, cuando no haya un intérprete calificado disponible de inmediato, y con el intérprete calificado que llegue confirmando o completando lo que dijo el menor (45 CFR 92.201).

Esta página es información general, no asesoría legal. Confirme su caso con un abogado de inmigración o un representante acreditado por el Departamento de Justicia (DOJ).

Quién da el intérprete, según el lugar

DóndeQuién organiza el intérpreteQuién pagaCómo pedirlo / qué traerRegla
Corte de inmigración (EOIR)La corte de inmigración (intérpretes de planta, por contrato o por teléfono)El gobiernoMoción oral en audiencia preliminar, moción escrita o escrito de alegatos, a más tardar 30 días antes de la audienciaManual de Práctica de EOIR, 3.10 y 3.14
Entrevista de asilo afirmativo en USCISUstedUsted (sin costo para USCIS)Intérprete competente que domine el inglés y su idioma, de al menos 18 años8 CFR 208.9(g)(1)
Entrevista de fondo de asilo en USCIS después de un resultado positivo de miedo creíbleEl oficial de asilo——8 CFR 208.9(g)(2)
Entrevista de NACARA en USCIS (formulario I-881)UstedUstedIntérprete competente que domine el inglés y un idioma que usted hable con fluidezInstrucciones del I-881; página de NACARA de USCIS
Otras entrevistas de USCIS en que usted trae su intérpreteUsted—Formulario G-1256, firmado en la entrevistaPágina e instrucciones del G-1256 de USCIS
Programas de salud de una entidad cubierta (regla de la Sección 1557)La entidad cubiertaGratis para ustedNo le pueden exigir que traiga ni pague su propio intérprete45 CFR 92.201

Fuentes: Manual de Práctica de las Cortes de Inmigración de EOIR, secciones 3.10 y 3.14; eCFR (8 CFR 208.9, 45 CFR 92.201); instrucciones de los formularios G-1256 e I-881 de USCIS; todas leídas el 16 de octubre de 2026.

Corte de inmigración: el derecho y cómo pedirlo

La sección 3.10 del Manual de Práctica de EOIR dice, en inglés: “Interpreters are provided at government expense to individuals whose command of the English language is inadequate to fully understand and participate in removal proceedings” (es decir, el intérprete se da a costa del gobierno a quien no domina el inglés lo suficiente para entender y participar plenamente en el proceso de deportación). Añade que la corte organiza el intérprete para la audiencia individual y, si hace falta, para la audiencia preliminar (master calendar hearing). El manual menciona intérpretes de planta “employed by the immigration court, contract interpreters, and telephonic interpretation services” (empleados por la corte, intérpretes por contrato y servicios por teléfono).

El intérprete presta juramento. Según el 8 CFR 1003.22, toda persona que interprete en una audiencia debe jurar o afirmar que interpretará y traducirá con exactitud, salvo que sea empleado del gobierno de Estados Unidos, en cuyo caso no se exige el juramento (el 8 CFR 1240.5 trae la misma regla para las audiencias ante un juez de inmigración bajo esa parte).

Una aclaración sobre la numeración: en el manual vigente, los intérpretes están en la sección 3.10, y la sección 4.11 ahora trata de las decisiones. Las citas de esta página vienen del texto vigente.

Paso a paso: pedirle a la corte un intérprete de idioma maya

  1. Ubique su próxima audiencia. Necesita la fecha para contar los 30 días. Nuestra guía para consultar su caso en la corte de inmigración le explica cómo consultar un caso de EOIR.
  2. Pídalo con tiempo. La sección 3.10 dice que usted o su abogado o representante registrado debería pedir el intérprete a más tardar 30 días antes de la próxima audiencia en que lo vaya a necesitar.
  3. Escoja cómo pedirlo. La sección 3.14 dice que se puede pedir de forma oral en una audiencia preliminar, con una moción escrita o en un escrito de alegatos. Según el manual, la moción escrita debería presentarse con una portada titulada MOTION TO REQUEST AN INTERPRETER y cumplir los plazos y requisitos de presentación.
  4. Dé los datos del idioma que exige el manual (siguiente sección). La sección 3.14 dice que toda solicitud, oral o escrita, debe incluirlos.
  5. En la audiencia, el intérprete presta juramento, salvo que sea empleado del gobierno de EE. UU. (8 CFR 1003.22).

Sobre renunciar al intérprete: el Memorándum PM 25-20 de EOIR dice que “many aliens, especially those with representation, may either not need language access services at all or may choose to waive them, particularly at a master calendar hearing, as long as the waiver is appropriate” (que muchas personas, sobre todo las que tienen representación, pueden no necesitar el servicio o renunciar a él, en especial en la audiencia preliminar, siempre que la renuncia sea apropiada). Nuestra sugerencia, no una regla del manual: si usted no entiende bien el inglés, hable con su abogado o representante acreditado antes de aceptar seguir sin intérprete.

Qué debe decir su solicitud sobre su idioma

La sección 3.14 enumera lo que debe contener la solicitud:

  • el nombre del idioma, incluidas las variantes de escritura;
  • el dialecto específico, si aplica;
  • los lugares geográficos donde se habla ese dialecto, si aplica;
  • los otros idiomas que usted o el testigo hablan con fluidez, si aplica;
  • cualquier otro dato necesario para escoger al intérprete.

Para quien habla un idioma maya, los datos útiles son los de su tierra: el idioma (por ejemplo mam o k’iche’), las formas de escribirlo que usted conoce y el municipio y departamento de Guatemala donde se habla su variante. Las páginas de la ALMG nombran esos lugares. No invente un nombre de dialecto; dé los nombres de los lugares.

Tres idiomas mayas y sus hablantes, según la ALMG

IdiomaHablantes (ALMG, con datos del censo 2018 del INE)Dónde se habla según la ALMG
Mam842,252Municipios de Huehuetenango, Quetzaltenango, Retalhuleu y San Marcos (vea abajo)
K’iche'1,680,551La página de la ALMG consultada no se resume aquí
Q’eqchi'1,370,007La página de la ALMG consultada no se resume aquí

Fuente: páginas de la ALMG sobre el mam, el k’iche’ y el q’eqchi’, leídas el 16 de octubre de 2026.

En palabras de la ALMG, sobre el mam: “Según datos del INE del XII Censo Nacional de Población y VII Censo de Vivienda 2,018, hay 842,252 habitantes que hablan el idioma Maya Mam”. Sobre el k’iche’: “hay 1,680,551 habitantes que hablan el idioma Maya K´iche´”. Sobre el q’eqchi’: “hay 1,370,007 habitantes que hablan el idioma Maya Q´eqchi´”. Y sobre dónde se habla el mam: “Dicho idioma se habla principalmente en los municipios de Cuilco, La Libertad, La Democracia, Ixtahuacán, San Pedro Necta, Santiago Chimaltenango, Colotenango”, y en San Marcos “exceptuando Sipacapa todos los demás municipios del Departamento de San Marcos”.

Estas cifras de la ALMG cuentan a las personas que hablan cada idioma. No son las mismas que las del censo sobre el idioma que cada quien aprendió a hablar primero, porque miden cosas distintas; no las mezcle.

Las páginas de EOIR que consultamos no dicen qué idiomas mayas tiene cada corte, así que pida el intérprete con tiempo y con todos los datos.

Entrevistas de USCIS: las reglas son otras

Entrevista de asilo afirmativo

Según el 8 CFR 208.9(g)(1), “an applicant unable to proceed with the interview in English must provide, at no expense to USCIS, a competent interpreter fluent in both English and the applicant’s native language or any other language in which the applicant is fluent” (el solicitante que no pueda hacer la entrevista en inglés debe traer, sin costo para USCIS, un intérprete competente que domine el inglés y su idioma materno u otro idioma que hable con fluidez). La misma norma dice que el intérprete debe tener al menos 18 años y advierte que no cumplir sin causa justificada puede considerarse como no presentarse a la entrevista para efectos del § 208.10. Hable de su caso de asilo con un abogado o un representante acreditado por el DOJ.

Entrevista de fondo de asilo después de un resultado positivo de miedo creíble

Para las entrevistas bajo el 8 CFR 208.2(a)(1)(ii), el 208.9(g)(2) dice que, si el solicitante no puede desenvolverse bien en inglés, el oficial de asilo organiza la asistencia de un intérprete para la entrevista.

Entrevista de NACARA

Las instrucciones del formulario I-881 dicen que, si no puede hacer la entrevista en inglés con fluidez, debe traer un intérprete competente, y que “USCIS will not pay for the interpreter” (USCIS no pagará el intérprete). La página de USCIS sobre la decisión de NACARA dice lo mismo: usted debe traer, por su cuenta, un intérprete que domine el inglés y el idioma que usted habla.

Formulario G-1256, cuando usted trae su intérprete

USCIS describe el formulario G-1256 como el que sirve para dejar constancia del intérprete que usted trae a su entrevista. La página de USCIS dice: “Do not sign the form before the interview” (no firme el formulario antes de la entrevista) y que usted y el intérprete deben firmarlo frente al oficial que hace la entrevista. La fecha de edición que indica USCIS es 08/10/15.

Las instrucciones del G-1256 dicen que el intérprete debe dominar el inglés y un idioma que usted entienda, ser competente e imparcial, y que “The interpreter also must be at least 18 years of age and cannot be a witness in the interviewee’s case” (debe tener al menos 18 años y no puede ser testigo en su caso). Si USCIS no acepta a su intérprete, las instrucciones dicen que se le ofrecerán tres opciones: seguir con otro intérprete aceptable, reprogramar la entrevista para conseguir uno, o seguir voluntariamente sin intérprete.

Las fuentes reunidas para esta página no cubren las reglas de intérprete para el examen de inglés de la entrevista de ciudadanía.

Hospitales y programas de salud

El reglamento de la Sección 1557, 45 CFR 92.201, dice que una entidad cubierta debe tomar medidas razonables para dar acceso significativo a cada persona con dominio limitado del inglés (incluidos los acompañantes) en sus programas y actividades de salud. Añade que la asistencia lingüística “must be provided free of charge, be accurate and timely, and protect the privacy and the independent decision-making ability of the individual with limited English proficiency” (debe ser gratuita, precisa y oportuna, y proteger la privacidad y la capacidad de decidir por sí misma de la persona).

Entre lo que el reglamento dice que una entidad cubierta no debe hacer en sus programas de salud:

  • exigir que la persona con dominio limitado del inglés traiga su propio intérprete o pague su costo;
  • apoyarse en un menor de edad para interpretar, salvo como medida temporal mientras consigue un intérprete calificado en una emergencia con amenaza inminente a la seguridad o el bienestar de una persona o del público, cuando no haya un intérprete calificado disponible de inmediato, y siempre que el intérprete calificado que llegue confirme o complete lo que comunicó el menor.

Esto es lo que dice el reglamento; las fuentes reunidas para esta página no tratan cómo se está aplicando.

El contexto de política pública (2025-2026)

  • Orden Ejecutiva 14224 (1 de marzo de 2025): dice que “English is the official language of the United States” (el inglés es el idioma oficial de Estados Unidos) y revoca la Orden Ejecutiva 13166 sobre dominio limitado del inglés. La misma orden dice que “nothing in this order, however, requires or directs any change in the services provided by any agency” (nada en ella exige cambios en los servicios de las agencias) y que los jefes de agencia no están obligados a dejar de ofrecer servicios en otros idiomas.
  • Página del DOJ sobre dominio limitado del inglés (actualizada el 17 de julio de 2025): dice que “the Department of Justice has temporarily suspended the operations of lep.gov, pending an internal review” (el Departamento de Justicia suspendió temporalmente lep.gov mientras hace una revisión interna).
  • Memorándum PM 25-20 de EOIR (vigente desde el 6 de febrero de 2025): dice “Accordingly, DM 23-02 is rescinded and cancelled” (el memorándum DM 23-02 queda revocado), pero también que EOIR “is committed to providing professional interpretive services in all appropriate cases” (está comprometida a dar interpretación profesional en todos los casos apropiados). Indica además que su plan anterior de acceso lingüístico está en revisión.

Según nuestra revisión del 16 de octubre de 2026, el texto de la sección 3.10 del manual sobre intérpretes en la corte está vigente.

¿Intérprete o traductor? El lado de Guatemala

El intérprete trabaja con el idioma hablado en una audiencia o entrevista. El traductor trabaja con documentos. Si necesita traducir documentos guatemaltecos (partidas de nacimiento, antecedentes) para un caso en EE. UU., ese es otro servicio, distinto de la interpretación en la corte.

Relacionado

Fuentes

Preguntas Frecuentes

¿Tengo que pagar por un intérprete de mam o k'iche' en la corte de inmigración?

No. El Manual de Práctica de las Cortes de Inmigración de EOIR (sección 3.10) dice que los intérpretes se proporcionan a costa del gobierno a las personas cuyo dominio del inglés no alcanza para entender y participar plenamente en el proceso de deportación. El manual menciona tres tipos: intérpretes de planta empleados por la corte, intérpretes por contrato y servicios de interpretación por teléfono.

¿Cuándo debo pedirle un intérprete a la corte de inmigración?

El manual dice que la persona o su abogado o representante registrado debería pedir el intérprete a más tardar 30 días antes de la próxima audiencia en que lo necesite. La corte organiza el intérprete para la audiencia individual y, si hace falta, para la audiencia preliminar (master calendar).

¿Cómo lo pido y qué debo decir sobre mi idioma?

La sección 3.14 del manual dice que puede pedirlo de forma oral en una audiencia preliminar, con una moción escrita (con portada titulada MOTION TO REQUEST AN INTERPRETER) o en un escrito de alegatos. La solicitud debe dar el nombre del idioma con sus variantes de escritura, el dialecto específico si aplica, los lugares donde se habla ese dialecto, los otros idiomas que usted habla con fluidez y cualquier otro dato necesario para escoger al intérprete.

¿USCIS me da intérprete para mi entrevista de asilo?

Para la entrevista de asilo afirmativo, el 8 CFR 208.9(g)(1) dice que el solicitante que no pueda hacer la entrevista en inglés debe traer, sin costo para USCIS, un intérprete competente que domine el inglés y el idioma materno del solicitante u otro idioma que hable con fluidez. El intérprete debe tener al menos 18 años. No cumplir sin causa justificada puede considerarse como no presentarse a la entrevista. La excepción es la entrevista de fondo de asilo después de un resultado positivo de miedo creíble: ahí el 8 CFR 208.9(g)(2) dice que el oficial de asilo organiza el intérprete.

¿Qué es el formulario G-1256?

USCIS usa el formulario G-1256 para dejar constancia del intérprete que usted trae a su entrevista. USCIS indica que no lo firme antes de la entrevista: usted y el intérprete lo firman frente al oficial que lo entrevista. Las instrucciones dicen que el intérprete debe tener al menos 18 años y no puede ser testigo en su caso. La edición vigente es la del 08/10/15.

¿Un hospital puede obligarme a traer mi propio intérprete o usar a mi hijo?

El reglamento de la Sección 1557, 45 CFR 92.201, dice que una entidad cubierta no debe exigir que la persona con dominio limitado del inglés traiga o pague su propio intérprete. Tampoco debe apoyarse en un menor de edad para interpretar, salvo como medida temporal mientras consigue un intérprete calificado y solo si se cumple todo esto: hay una emergencia con amenaza inminente a la seguridad o el bienestar de una persona o del público, no hay un intérprete calificado disponible de inmediato, y el intérprete calificado que llegue confirma o completa lo que comunicó el menor. El reglamento también dice que la asistencia lingüística debe ser gratuita, precisa y oportuna.

¿La orden ejecutiva de 2025 sobre el inglés eliminó los intérpretes?

La Orden Ejecutiva 14224 declaró el inglés idioma oficial de Estados Unidos y revocó la Orden Ejecutiva 13166 sobre dominio limitado del inglés. La misma orden dice que no exige ningún cambio en los servicios que dan las agencias y que los jefes de agencia no están obligados a dejar de ofrecer servicios en otros idiomas. Cuando revisamos el 16 de octubre de 2026, el Manual de Práctica vigente de EOIR seguía diciendo que los intérpretes de la corte se proporcionan a costa del gobierno.