Si tu mamá o tu papá está envejeciendo en Guatemala y tú vives en Estados Unidos, el Estado guatemalteco ofrece dos cosas que conviene revisar primero. El aporte al adulto mayor del MINTRAB (PAM) paga Q500 al mes (el monto fijado por el Decreto 4-2022), unos US$65, a guatemaltecos que tienen al menos 65 años, viven en pobreza extrema o vulnerabilidad social y no tienen pensión; tu padre o madre presenta la solicitud en una dirección departamental del MINTRAB y un trabajador social hace el estudio en su casa. Si tiene pensión del IGSS, puede acudir al CAMIP, el centro médico del instituto para pensionados, y debe comprobar supervivencia cada año dentro de los 30 días calendario siguientes a su cumpleaños (en una pensión de sobrevivencia, al cumpleaños del afiliado fallecido). Desde EE. UU. puedes pagar el cuidado, otorgar un poder en un consulado guatemalteco para que alguien actúe por ti en Guatemala y tener listos de antemano los contactos de hogares de cuidado y de emergencia.

Esta página junta las piezas y enlaza nuestras guías detalladas. Información revisada el 5 de noviembre de 2026; los montos en dólares usan el tipo de cambio de referencia del Banguat del 4 de noviembre de 2026 (Q7.64082 por dólar).

Resumen rápido

NecesidadLo que hay que saberDetalle
Un aporte mensual para un padre sin pensiónPAM: 65 años o más, pobreza extrema o vulnerabilidad social, sin pensión; Q500 al mes desde el Decreto 4-2022Programa del adulto mayor
Dónde se solicitaAnte la dirección departamental del MINTRAB que quede más cercaAbajo
Cómo se cobraCada mes, en cualquier agencia o caja rural de BANRURALAbajo
Atención médica para un pensionado del IGSSCAMIP: servicios médicos, medicamentos, actividades preventivas y recreativasCAMIP del IGSS
Conservar la pensión del IGSSComprobación de supervivencia cada año, dentro de 30 días calendario desde el cumpleaños (el del afiliado fallecido en las pensiones de sobrevivencia)Comprobación de supervivencia del IGSS
Que alguien actúe por ti en GuatemalaUn cónsul que es notario hábil puede ejercer el notariado guatemalteco (Código de Notariado, art. 6)Poder consular
Pagar el cuidadoCompara el costo de las remesas antes de fijar un envío mensualComparador de remesas
Hogares de cuidadoNuestra guía de asilos y hogares de ancianosAsilos y hogares de ancianos
EmergenciasNuestro directorio de números de emergenciaNúmeros de emergencia

El aporte al adulto mayor: Programa de Aporte Económico del Adulto Mayor (PAM)

El MINTRAB, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, está a cargo del programa creado por el Decreto 85-2005, Ley del Programa de Aporte Económico del Adulto Mayor.

A quién va dirigido. Según el MINTRAB, el programa es para personas que tienen al menos 65 años, viven en pobreza extrema o vulnerabilidad social y no cuentan con ingresos ni con una pensión suficiente para sus necesidades básicas.

Requisitos, según la lista del MINTRAB:

  1. Ser de nacionalidad guatemalteca.
  2. No tener pensión ni empleo en el Estado o con un empleador privado.
  3. Presentar el Documento Personal de Identificación (DPI).
  4. Someterse a un estudio socioeconómico de trabajadores sociales del MINTRAB.

El procedimiento, en el orden del MINTRAB:

  1. Presentar la solicitud ante la dirección departamental del MINTRAB que quede más cerca de donde vive tu padre o madre.
  2. El MINTRAB verifica la documentación y cruza la información con bases de datos.
  3. El estudio socioeconómico se hace en la vivienda del solicitante.
  4. El solicitante es declarado beneficiario del programa.
  5. El aporte se cobra cada mes en cualquier agencia o caja rural de BANRURAL.

El monto. El Congreso informó el 26 de enero de 2022 que aprobó el Decreto 4-2022, que reforma el Decreto 85-2005 y sube el aporte mensual de Q400 a Q500 por beneficiario (unos US$65), con Q820 millones anuales asignados al programa.

Los dos pasos ocurren en Guatemala: la solicitud, en una dirección departamental del MINTRAB, y el estudio socioeconómico, en la casa de tu padre o madre. Nuestra guía del programa del adulto mayor cubre el formulario de solicitud y el trámite separado de comprobación de supervivencia del programa.

Atención médica para un padre con pensión del IGSS

Según el IGSS, quienes obtuvieron la calidad de pensionado por una resolución firme, sean afiliados o beneficiarios, tienen derecho a una pensión de invalidez, de vejez o de sobrevivencia. Su centro médico para ellos es el CAMIP (Centro de Atención Médica Integral para Pensionados), que atiende a pensionados, jubilados y beneficiarios: ofrece atención médica y medicamentos, además de actividades de prevención y de recreación. Las especialidades que el IGSS enumera para el CAMIP:

Especialidad (lista del IGSS)
Cardiología
Dermatología
Fisiatría
Ginecología
Medicina Interna y General
Neurología
Odontología
Psicología
Reumatología
Traumatología
Urología

La comprobación anual de supervivencia. Según el IGSS, los pensionados por invalidez, vejez y sobrevivencia, así como los beneficiarios de una pensión por causa de muerte, tienen que demostrar cada año que siguen con vida y que conservan su derecho. Quienes tienen pensión por invalidez, vejez o causa de muerte cuentan con 30 días calendario desde su propio cumpleaños; quienes tienen pensión por sobrevivencia cuentan con 30 días calendario desde el cumpleaños del afiliado fallecido del que proviene su pensión. El trámite se hace en el CAMIP asignado, en una Delegación o Caja Departamental o en el Centro de Atención al Afiliado que quede más cerca, y el IGSS pide actualizar los datos antes. Anota la fecha en tu propio calendario. Detalles: comprobación de supervivencia del IGSS y CAMIP del IGSS.

Si tu padre o madre no tiene pensión del IGSS ni seguro privado, empieza por los hospitales de nuestro directorio de hospitales de la Ciudad de Guatemala, que incluye hospitales públicos y privados.

Que alguien actúe por ti en Guatemala: el poder consular

Un poder permite que alguien en Guatemala actúe en tu nombre. El Código de Notariado de Guatemala (art. 6) incluye, entre quienes también pueden ejercer el notariado, a los cónsules y diplomáticos de la República acreditados ante otro país y que viven allí, siempre que sean notarios hábiles conforme a ese código. Dos guías explican cómo otorgar un poder en un consulado guatemalteco en EE. UU.: el poder consular y el poder notarial desde un consulado en EE. UU..

Pagar el cuidado desde EE. UU.

Cuando la casa ya no basta: hogares de cuidado

Nuestra guía de asilos y hogares de ancianos en Guatemala cubre la licencia que necesita un hogar de cuidado, la opción pública y las preguntas para hacer en una visita.

Emergencias

Guarda los números antes de necesitarlos y dáselos a quien viva más cerca de tu padre o madre. Nuestro directorio de números de emergencia los reúne.

Lista para un hijo o una hija en EE. UU.

  • Revisa si tu padre o madre tiene pensión del IGSS; si la tiene, anota el plazo de cumpleaños para la comprobación anual de supervivencia.
  • Si no hay pensión y el dinero no alcanza, pregunta por el PAM a la dirección departamental del MINTRAB que quede más cerca.
  • Otorga un poder consular si alguien tiene que actuar por ti en Guatemala.
  • Fija un envío mensual después de comparar costos.
  • Ten una lista de hospitales, hogares de cuidado y números de emergencia cerca de tu padre o madre, y compártela con la familia en Guatemala.

Fuentes

  • MINTRAB, Programa de Aporte Económico del Adulto Mayor (PAM): mintrabajo.gob.gt, consultado el 5 de noviembre de 2026.
  • Congreso de la República, nota sobre la aprobación del Decreto 4-2022 (26 de enero de 2022): congreso.gob.gt, consultado el 5 de noviembre de 2026.
  • IGSS, Pensionados: igssgt.org, consultado el 5 de noviembre de 2026.
  • IGSS, CAMIP: igssgt.org, consultado el 5 de noviembre de 2026.
  • IGSS, Comprobación de supervivencia: igssgt.org, consultado el 5 de noviembre de 2026.
  • Organismo Judicial, Código de Notariado, art. 6: PDF en oj.gob.gt, consultado el 5 de noviembre de 2026.

Información general, no asesoría legal ni médica. Confirma requisitos y fechas con el MINTRAB y el IGSS.

Preguntas Frecuentes

¿Mi mamá puede recibir el aporte al adulto mayor si yo le mando dinero?

El MINTRAB pide cuatro requisitos para el Programa de Aporte Económico del Adulto Mayor (PAM): ser guatemalteco, no tener pensión ni empleo en el Estado o con un empleador privado, presentar el DPI y pasar por un estudio socioeconómico que hacen trabajadores sociales del MINTRAB. El programa es para quienes tienen al menos 65 años, viven en pobreza extrema o vulnerabilidad social y no cuentan con ingresos ni con una pensión suficiente para sus necesidades básicas. Los requisitos no mencionan el dinero que envía la familia desde el extranjero; el estudio socioeconómico se hace antes de que el MINTRAB declare a alguien beneficiario.

¿Cuánto es el aporte al adulto mayor y cómo se cobra?

El Congreso subió el aporte mensual de Q400 a Q500 por beneficiario al aprobar el Decreto 4-2022 en enero de 2022, unos US$65 al tipo de cambio de referencia del Banguat del 4 de noviembre de 2026. El MINTRAB dice que los beneficiarios lo cobran cada mes en cualquier agencia o caja rural de BANRURAL.

Mi papá tiene pensión del IGSS. ¿Qué atención médica recibe?

El IGSS tiene el CAMIP, su Centro de Atención Médica Integral para Pensionados, para pensionados, jubilados y beneficiarios. El IGSS dice que el CAMIP ofrece atención médica y medicamentos, además de actividades de prevención y de recreación, y enumera especialidades que van de cardiología y medicina interna a neurología, traumatología y urología.

¿Un pensionado del IGSS tiene que comprobar supervivencia cada año?

Sí. El IGSS dice que los pensionados por invalidez, vejez y sobrevivencia deben demostrar cada año que siguen con vida y que conservan el derecho a la pensión, en un plazo de 30 días calendario contados desde su cumpleaños (para los pensionados por sobrevivencia, desde el cumpleaños del afiliado fallecido). El trámite se hace en el CAMIP asignado, en una Delegación o Caja Departamental o en el Centro de Atención al Afiliado que quede más cerca.

¿Puedo otorgar un poder sin viajar a Guatemala?

Un poder permite que alguien en Guatemala actúe en tu nombre. El Código de Notariado de Guatemala (art. 6) permite que los cónsules y diplomáticos de la República destinados fuera del país ejerzan el notariado cuando son notarios hábiles. Nuestra guía del poder consular explica cómo otorgar uno en un consulado guatemalteco en EE. UU.