Resumen rápido: La prórroga cuesta US$25.00, agrega hasta 90 días con techo de 180 desde su ingreso y se ingresa en persona en 6 Avenida 3-11, zona 4, Ciudad de Guatemala, Nivel 2, de lunes a viernes de 07:00 a 15:00. El formulario vigente es el PVT-IGM-01-2026: si su guía dice 2024 o 2025, está desactualizada, y existe versión en inglés. El Acuerdo IGM-015-2025, artículo 15, fija exactamente cuatro requisitos, y el tercero es una elección entre tres: boleto de salida, tarjeta de crédito internacional o garante guatemalteco. Ingrese el expediente antes de que venza su plazo; después, la multa por exceso de permanencia es de Q15.00 por día. Esta página reporta requisitos publicados; no es asesoría legal.

Casi todo lo que se ha escrito sobre la prórroga guatemalteca le dice que existe y cuánto cuesta. Eso no es lo que necesita a las 07:00 de la mañana en que va a ir. Lo que necesita es la lista de qué meter en el folder, en el orden en que la pide el reglamento, con las alternativas explicadas, porque el único requisito que complica a la gente tiene tres formas distintas de cumplirse y nadie las escribe todas.

Esta página es esa lista, tomada del reglamento y del formulario vigente, no de un resumen.

Si todavía está decidiendo entre prorrogar, hacer una corrida de frontera o solicitar residencia, empiece por ¿de verdad necesita una corrida de frontera? y, si su caso es familiar, por residencia sin tiempo de espera. Si lo que quiere es comparar costos, cuánto cuesta realmente una corrida de frontera pone las dos opciones una frente a la otra.

El checklist

Imprímalo, o vaya bajando por él la noche anterior.

#ElementoDetalle según el reglamento y el formulario
1El formulario: SOLICITUD DE PRÓRROGA DE VISA DE TURISTA O VIAJERO, PVT-IGM-01-2026Descárguelo fresco de igm.gob.gt. El IGM lo publica bajo una ruta /wp-content/uploads/2026/01/ y también publica una versión en inglés en la misma ruta con -INGLES en el nombre del archivo. El número de formulario cambia con el año: un PDF de 2024 o 2025 está superado
2Pasaporte vigente con el sello del último ingresoArt. 15 numeral 2: “Pasaporte válido y vigente donde conste el sello del último ingreso a Guatemala.” Si el pasaporte se extravió en territorio guatemalteco, se acepta un documento de viaje válido y vigente. El formulario agrega que la visa solo se emite en pasaporte con no menos de 6 meses de vigencia
3UNA de estas tresArt. 15 numeral 3 — vea la sección siguiente. Boleto de salida o tarjeta de crédito internacional o garante guatemalteco
4Comprobante de pagoArt. 15 numeral 4: “Comprobante de pago.” La tarifa es de US$25.00, cobrados en quetzales
5Para persona menor de edad, un elemento adicionalArt. 15, párrafo final: los padres en ejercicio de la patria potestad o quien ejerza la representación legal deben presentar además fotocopia simple del documento de identificación de uno o de ambos padres, o de quien ejerza la representación legal
6Fotocopias de todoNo es requisito publicado, es requisito práctico. Toda oficina guatemalteca avanza más rápido cuando usted entrega un juego de copias en lugar de hacer cola por uno

El requisito 3 completo, porque es el que la gente falla

El artículo 15 numeral 3 del Acuerdo IGM-015-2025 es una sola oración que ofrece tres alternativas. Cualquiera de ellas lo cumple:

“Boleto de viaje de salida del país o tarjeta de crédito internacional o constitución de garante guatemalteco presentando para el efecto acta notarial de constitución de garante guatemalteco bajo declaración jurada y constancia actualizada de registro de garante guatemalteco”

AlternativaQué significa en la práctica
Boleto de salidaUn boleto de viaje que lo saque del país. La opción más simple si ya tiene vuelo
Tarjeta de crédito internacionalPor sí sola. No necesita boleto si presenta esto
Garante guatemaltecoLa más pesada de las tres: un acta notarial de constitución de garante bajo declaración jurada, más una constancia actualizada de registro de garante guatemalteco. Dos documentos, uno de ellos ante notario, y la constancia de registro debe estar actualizada

La mayoría entra con la opción dos y se acabó. La vía del garante existe para quien no tiene ni boleto de salida ni tarjeta internacional; no es la opción por defecto, y tratarla como tal es lo que hace que este trámite suene más difícil de lo que es.

Dónde, cuándo y si conviene sacar cita

DetalleFuente
Dirección6 Avenida 3-11, zona 4, Ciudad de Guatemala — Nivel 2, Subdirección de ExtranjeríaIGM, “Atención extranjeros, ¿Sabe cómo ampliar su estadía en Guatemala?”, fechado 12 de febrero de 2025
HorarioLunes a viernes, 07:00–15:00Anuncio del IGM, 19 de febrero de 2026
CitaNo obligatoria. IGM: “Puede programar su cita y descargar el formulario en el sitio web igm.gob.gt.” Para residencias lo dice más explícito: “Agendar Cita (Recomendado)… Si no agenda una cita, puede presentarse directamente a las instalaciones.”IGM
Ingreso en líneaNo. “El ingreso del expediente es de forma personal en las oficinas que ocupa la Subdirección de Extranjería.” Los servicios en línea del IGM cubren actualización de datos, órdenes de pago y constanciasFormulario IGM 02-2025; anuncio del IGM del 19 de febrero de 2026
Tiempo en ventanillaNo publicado. Un reporte de viajero de un grupo de expatriados en Guatemala en 2026, en inglés: “I did it 2 weeks ago and I was in and out in 15 minutes.” — entró y salió en 15 minutos. Una persona, un día: no es un estándar de servicioReporte de viajero, grupo de Facebook, 2026

Nuestra página del IGM y sus servicios cubre lo demás que se hace en ese edificio.

Por qué su total en quetzales no va a coincidir con el de su amigo

Es un detalle pequeño, no está escrito en ningún otro lado y explica una confusión recurrente. La tarifa está publicada en dólares y se cobra en quetzales, y la conversión no es la del día.

El Acuerdo IGM-029-2023, artículo 6, faculta al IGM para fijar un precio de referencia vigente cada trimestre, calculado con el “tipo de cambio para la venta que resulte del promedio simple correspondiente a los primeros veinte días del último mes de cada trimestre”, sobre el tipo de cambio de referencia diario que publica el Banco de Guatemala. El IGM debe emitir la resolución que lo fija y comunicarla a todas las dependencias que recaudan con al menos cinco días de anticipación a su entrada en vigencia, para que se coloque “en lugares visibles para conocimiento de los usuarios”

Es decir: el monto en quetzales es una cifra fija trimestral publicada en la oficina, no el tipo de cambio de hoy. Dos personas que pagan en el mismo trimestre pagan lo mismo; dos que pagan con tres meses de diferencia, tal vez no. Si la cifra le sorprende, está en un rótulo dentro del salón.

La fecha límite, y qué pasa si se le pasa

El párrafo final del artículo 15 es el operativo:

“La solicitud podrá hacerse antes de expirar el plazo otorgado para no incurrir en multa por estadía irregular o causa justificada de expulsión. Al expirar el plazo de permanencia otorgado con su respectiva prórroga, el Instituto Guatemalteco de Migración podrá imponer la sanción justificada de expulsión del territorio nacional y cancelar la Visa otorgada, esto sin perjuicio de la aplicación de la multa por exceso en permanencia.”

En esa oración hay dos consecuencias distintas. Ingresar tarde lo expone a la multa por exceso de permanencia —Q15.00 por día, artículo 194 numeral 2 del Código de Migración (Decreto 44-2016). Excederse del plazo ya prorrogado lo expone a expulsión y a la cancelación de la visa, además de la multa.

La estrategia de pagar la multa en el aeropuerto circula mucho y solo cotiza la primera. Q15 diarios por catorce días son Q210; esos mismos catorce días después de vencida una prórroga son otra categoría de problema.

Una cláusula que conviene leer despacio: el artículo 194 numeral 2 multa a quien permanece más tiempo del autorizado “sin tener pendiente gestión de ampliación”. La multa se le aplica a quien no tiene nada ingresado. Pero un expediente de residencia ingresado no lo blinda para siempre: el Acuerdo IGM-016-2025 Art. 35 le da treinta días desde la notificación para cumplir un previo, y el Art. 58 archiva el expediente en el que deje de accionar por seis meses o más — en ambos casos el solicitante “incurrirá en multa por permanecer por más tiempo del que ha sido autorizado”. Qué significa eso para quien ya solicitó residencia está en ¿de verdad necesita una corrida de frontera?.

Cuántos días le dan de verdad

El artículo 14 del Acuerdo IGM-015-2025 es preciso, y la precisión importa:

“el plazo de permanencia para un turista o viajero en territorio guatemalteco, según lo establecido en el primer párrafo del artículo 74 del Código de Migración, no podrá exceder de 90 días, el cual podrá ser prorrogable por una sola vez por un plazo igual al otorgado, que no podrá exceder de 180 días a su ingreso al territorio.”

De ahí salen tres cosas:

  1. La prórroga es por un plazo igual al que le otorgaron“por un plazo igual al otorgado”. Si el oficial de la frontera escribió 50 días en lugar de 90, ese es el número contra el que se mide. Sí ocurre que dan menos de 90: un reporte de un viaje de un día por El Carmen describe un reingreso por exactamente 50 días.
  2. El techo son 180 días desde su ingreso, no 180 días desde la prórroga.
  3. Una vez, y solo una. El artículo 74 del Código de Migración dice “prorrogable por una sola vez”. No hay segunda prórroga. Pasados los 180 días el instrumento es la residencia, no otra extensión.

Qué sello arranca su reloj

El formulario 2026 resuelve una duda que complica a cualquiera que haya estado moviéndose por Centroamérica:

“deberá contener el sello de ingreso al territorio nacional o al de los demás Estados parte (El Salvador, Honduras y Nicaragua). De la fecha de dicho sello se determinará la permanencia en el territorio CA-4.”

Sus 90 días corren desde su primer ingreso a la zona CA-4, no desde el día que cruzó a Guatemala. Si entró a Honduras tres semanas antes de llegar aquí, tiene tres semanas menos de las que cree.

Esa misma cláusula explica por qué un plan popular no funciona como se anuncia. Costa Rica no es Estado parte del CA-4, así que salir a Costa Rica sí rompe la zona, pero es un vuelo y no un salto barato por tierra, y la gente confunde salir del CA-4 con cruzar una frontera terrestre. Honduras y El Salvador son fronteras terrestres que no reinician nada.

Si viaja con mascota

No se salte esta línea. Una prórroga deja al animal en casa; una corrida de frontera no. Guatemala exige un certificado de exportación para una mascota que sale por tierra, gestionado en persona en la zona 13 antes de viajar, y cobra $14.00 por mascota por la inspección al regresar — el MAGA escribe ambas cifras con un signo de dólar pelado y no nombra moneda. El panorama completo de los tres países está en corrida de frontera con perro o gato.

Lo que no pudimos verificar

  • Cualquier plazo publicado de resolución para la prórroga. El IGM publica 30 días hábiles para residencias y nada para esta.
  • La cifra en quetzales del trimestre en curso. El IGM la fija por resolución y la coloca en la oficina; no se publica como cifra permanente en el sitio web.
  • Si el sistema de citas cubre la prórroga específicamente o solo los expedientes de residencia. La redacción del IGM sobre agendar cita aparece junto al enlace de descarga del formulario, y el “puede presentarse directamente” aparece en las instrucciones de residencias.
  • Si el horario publicado varía por ventanilla. El 07:00–15:00 es el horario de oficina anunciado.

Relacionado

Fuentes

IGM, Reglamento de Visas Guatemaltecas, Acuerdo IGM-015-2025, Art. 14 (vigencia y techo de 180 días) y Art. 15 (los cuatro requisitos, el documento adicional del menor de edad y la cláusula de plazo) — texto primario leído el 2026-09-16.

IGM, Reglamento de Tarifas por Servicios Migratorios, Acuerdo IGM-029-2023, Art. 3 numeral 2.2 (la tarifa de US$25.00, textual) y Art. 6 (la regla trimestral de conversión) — texto primario leído el 2026-09-17.

Congreso de la República, Código de Migración, Decreto 44-2016, Art. 74 (90 días, prorrogable por una sola vez) y Art. 194 numeral 2 (Q15.00 por día, y la condición “sin tener pendiente gestión de ampliación”) — texto primario leído el 2026-09-16.

IGM, formulario PVT-IGM-01-2026, Solicitud de prórroga de visa de turista o viajero, publicado en igm.gob.gt bajo /wp-content/uploads/2026/01/, con versión en inglés en la misma ruta — verificado el 2026-09-16.

IGM, “Atención extranjeros, ¿Sabe cómo ampliar su estadía en Guatemala?”, igm.gob.gt, fechado 12 de febrero de 2025 (dirección); anuncio del IGM del 19 de febrero de 2026 (horario e ingreso presencial); formulario IGM 02-2025 (ingreso presencial) — todos consultados el 2026-09-16.

Los reportes de viajero provienen de un grupo de expatriados en Guatemala, recolectados el 2026-09-16, y están etiquetados como anécdota donde aparecen.

Esta página reporta requisitos publicados a las fechas indicadas. No es asesoría legal. Formularios y tarifas cambian: descargue el formulario el mismo día y verifique la cifra en quetzales colocada en la oficina.