Si usted es extranjero y va a trabajar en Guatemala — contratado por una empresa local, trabajando remoto para un empleador del exterior, o por cuenta propia — el camino legal es la residencia temporal en la categoría de Trabajadores del IGM. El reglamento vigente (Acuerdo IGM-016-2025) reconoce tres rutas distintas, cada una con requisitos diferentes, y la confusión entre ellas es la causa más común de expedientes devueltos.

Esta guía cubre las tres rutas, el detalle de tarifas, y la pieza que casi todos los artículos omiten: el permiso de trabajo del MINTRAB es un trámite separado y obligatorio cuando hay empleador guatemalteco.

Resumen rápido: Tres rutas — empleador guatemalteco (carta-oferta + empleador inscrito como garante), trabajo remoto (ingresos del exterior ≥ $2,000/mes) y cuenta propia (acta notarial + RTU). Todas pagan $25 de solicitud + $200/1 año, $300/2 años o $500/3-5 años. Con empleador local se suma el permiso de trabajo MINTRAB como trámite aparte.

Información verificada en junio 2026 directamente del catálogo de residencias del IGM (igm.gob.gt).


Las 3 rutas oficiales

RutaRequisito claveGarantePermiso MINTRAB
a) Empleador guatemaltecoCarta-oferta original + constancia de que el empleador está inscrito como garante ante IGMSí (el empleador)Sí, obligatorio
b) Empleador extranjero (remoto)Estados de cuenta con ingresos del exterior ≥ $2,000/mes ($3,000 con dependientes) recibidos durante el último año (empleados de ONG / organismos internacionales: constancia laboral o contrato + seguro médico en su lugar)NoNo
c) Cuenta propiaActa notarial de declaración jurada de actividades + RTU (inscripción en SAT) + autorización de actividades comercialesNoNo

La ruta (b) es la que popularmente se llama “visa de nómada digital” — tenemos una guía dedicada. Esta página cubre el panorama completo de la categoría.


Ruta (b): qué pide exactamente el IGM como prueba de ingresos

Esta es la pregunta que más nos llega por correo, y circulan tres respuestas distintas (3 meses, 6 meses, un año). El texto que manda es el de la hoja de requisitos oficial que acompaña al formulario IGM 02-2025 (PDF del IGM, columna «Con patrono extranjero»):

«Estados de cuenta bancarios, que respalden una remuneración proveniente del exterior por un monto mínimo de US$ 2,000.00 mensuales, recibidos durante el último año. En caso el trabajador migrante esté acompañado de dependientes, este ingreso deberá ser de US$ 3,000.00 mensuales.

O bien, certificación emitida por contador público o sus homólogos conforme a la normativa del país donde se certifique lo anterior. Dicha certificación deberá contar con la respectiva legalización de firmas o ser apostillada.

En caso de que el empleador extranjero sea una organización no gubernamental de carácter internacional o de un organismo internacional, el trabajador migrante no estará sujeto a demostrar la remuneración mensual mencionada y solamente deberá presentar constancia laboral o contrato que acredite la relación y la contratación de un seguro médico.»

Tres cosas que se desprenden del texto:

  • El período es el último año, no 3 ni 6 meses. Ese es el único plazo que el IGM pone por escrito para esta ruta. Prepare 12 meses de estados de cuenta.
  • Hay una vía alterna a los estados de cuenta: una certificación de contador público (o su equivalente en su país) que certifique lo mismo, apostillada o con legalización de firmas. Es una forma distinta de probar el mismo hecho — no baja el umbral ni acorta el período.
  • Las ONG internacionales y los organismos internacionales quedan exentos del umbral de ingresos: basta constancia laboral o contrato + seguro médico.

El seguro médico no es requisito de la ruta (b) con un empleador extranjero ordinario. El Acuerdo IGM-016-2025 menciona el seguro médico solo en los Arts. 11-12, para solicitantes (y prórrogas) cuyo empleador extranjero es una ONG internacional o un organismo internacional; ninguna otra categoría de residencia lo exige, y el portal de extranjería actual del IGM no lista requisito de seguro para ninguna categoría. Contratar uno puede seguir siendo una decisión personal sensata. Más detalle (en inglés): ¿la residencia en Guatemala exige seguro médico?

Corrección, 23 de septiembre de 2026. Una versión anterior de esta página decía que los trabajadores remotos debían presentar seguro médico internacional, con base en el antiguo catálogo de residencias del IGM. Esa página del catálogo devolvió HTTP 404 el 23 de septiembre de 2026, y el reglamento (Acuerdo IGM-016-2025, Arts. 11-12) exige la contratación de un seguro médico solo cuando el empleador extranjero es una ONG internacional o un organismo internacional. Ver nuestra política de correcciones.

Qué pasa si su ingreso superó los $2,000 hace pocos meses. El IGM no publica una regla para ese caso — el texto solo dice «recibidos durante el último año», y no aclara si acepta un año mixto (meses por debajo del umbral y meses por encima) ni si cuenta el promedio anual. Quien resuelve esa duda con efecto vinculante es la Subdirección de Extranjería del IGM: 6a Avenida 3-11, zona 4, Ciudad de Guatemala, teléfonos 2411-2411 y 5515-5327. Pregúntelo antes de pagar los $25 de solicitud, no después.


Requisitos generales (todas las rutas)

Del catálogo oficial del IGM:

  1. Formulario de solicitud (titular / dependiente) — extranjeria.igm.gob.gt/index.php/component/content/article/residencias-temporales?catid=8; expediente en fólder tamaño oficio del color indicado
  2. Pasaporte original vigente + copia completa legalizada por notario guatemalteco
  3. Carencia de antecedentes penales y policiales del país de origen, apostillada o con pases de ley
  4. Certificación de movimiento migratorio del último ingreso (la emite IGM)
  5. Pago de solicitud: $25 USD

Más los requisitos específicos de su ruta (tabla anterior).


Proceso paso a paso (las 3 fases del IGM)

Fase 1 — Ingreso

  1. Reúna todo, agende cita web en igm.gob.gt y preséntese en el 2º nivel del IGM (6a Avenida 3-11, zona 4): pre-revisión en Información, revisión a fondo en ventanillas 1-3
  2. Pague la orden de $25 en el Banrural del 1er nivel y regrese por su Hoja de Ingreso con número de expediente

Fase 2 — Seguimiento

  1. Llega un correo con su llave de acceso al portal + avisos SMS
  2. Si hay previo (corrección): la notificación cuesta $5 y tiene 30 días calendario para subsanar o el expediente se archiva
  3. Le avisan por SMS para la entrevista

Fase 3 — Registro

  1. La orden de pago del monto total ($200/$300/$500) llega 24 horas antes de la cita final
  2. Cita de biométricos (ventanillas 12-13) con boletas de pago + comprobante de domicilio
  3. Si su ruta es empleador guatemalteco: trámite ahora el permiso de trabajo MINTRAB
  4. Vaya a RENAP por su DPI de extranjero domiciliado

Costos

ConceptoCosto
Solicitud IGM$25 USD
Residencia temporal — 1 año$200 USD
Residencia temporal — 2 años$300 USD
Residencia temporal — 3-5 años$500 USD
Previo (solo si piden correcciones)$5 USD
Certificación de registro (opcional)$15 USD
Apostilla de antecedentes (según país)$20 - $100
Traducciones juradasQ200 - Q500
Permiso de trabajo MINTRAB (solo ruta a)trámite aparte

Pagos solo en quetzales en el Banrural dentro del IGM. El IGM publica sus tarifas en dólares y las cobra en quetzales, pero la conversión no es el tipo de cambio del día: el Art. 6 del Acuerdo IGM-029-2023 lo faculta a fijar un “precio de referencia que estará vigente cada trimestre”, promediado del tipo de cambio para la venta de los primeros veinte días del último mes del trimestre y colocado a la vista de los usuarios. Corregido el 20 de septiembre de 2026. El IGM nunca pide depósitos a cuentas personales; teléfonos oficiales: 2411-2411 y 5515-5327.


Errores comunes y soluciones

  • Confundir residencia con permiso de trabajo — con empleador guatemalteco necesita LOS DOS: residencia (IGM) + permiso (MINTRAB). Trabajar solo con residencia, o solo con permiso, deja el estatus incompleto. Solución: inicie el permiso MINTRAB apenas registre la residencia.
  • Empleador no inscrito como garante — la ruta (a) exige constancia de que el empleador guatemalteco está inscrito como garante ante el IGM. Si su empleador nunca ha contratado extranjeros, ese registro previo toma tiempo. Solución: pida a RR.HH. confirmar la inscripción ANTES de presentar su expediente.
  • Elegir la ruta equivocada — presentarse como “empleado tradicional” cuando se trabaja remoto para empresa extranjera (ruta b) o por cuenta propia (ruta c) retrasa todo el expediente. Solución: revise la tabla de rutas antes de llenar el formulario; el formulario y el color del fólder cambian según el tipo.
  • Cuenta propia sin RTU — la ruta (c) exige inscripción tributaria en SAT además del acta notarial. Solución: saque su NIT e inscriba su actividad en el RTU antes de presentar.
  • Presentar pocos meses de estados de cuenta — el error más común de la ruta (b). La hoja de requisitos oficial pide la remuneración del exterior de $2,000/mes «recibidos durante el último año», no de los últimos 3 o 6 meses. Depósitos irregulares o capturas de saldo tampoco cuentan. Solución: 12 meses de estados de cuenta con los depósitos del exterior resaltados; si su ingreso subió al umbral hace poco, vea la sección de prueba de ingresos arriba antes de ingresar el expediente.
  • Dejar pasar el previo — 30 días calendario o se archiva el expediente y pierde lo pagado. Solución: revise el portal con su llave de acceso cada semana y mantenga su número de teléfono actualizado.

Camino a la residencia permanente

Tras 5 años como residente temporal de trabajo puede solicitar la residencia permanente: tarifa única de $700 ($500 para nacidos en Centroamérica), con certificación de los 5 años, acta notarial de su actividad económica y garante. Después de 5 años más como extranjero domiciliado puede optar a la naturalización.

EtapaTiempo / Costo
Residencia temporal de trabajo1-5 años · $200-$500
Prórrogasmientras dure la relación laboral / actividad
Residencia permanentetras 5 años · $700 único
Naturalización (opcional)tras 5 años como domiciliado

Enlaces oficiales y relacionados

Oficina: Subdirección de Extranjería, IGM — 6a Avenida 3-11, zona 4, Ciudad de Guatemala. Lunes a viernes 7:00-15:00. Tel. 2411-2411.