- NIT y acceso a tu Agencia Virtual
- Activo neto del balance del periodo de liquidación anterior
- Ingresos brutos del periodo de liquidación anterior
- ISR pagado si vas a acreditar (Art. 11)
El ISO (Impuesto de Solidaridad) es el impuesto del 1% que pagan trimestralmente las empresas y negocios en el régimen sobre utilidades, creado por el Decreto 73-2008. En la práctica funciona como un pago mínimo / anticipo del ISR: lo que pagás de ISO se acredita después contra tu ISR (o al revés). Las empresas con utilidades sanas terminan sin costo neto; las que declaran pérdidas año tras año son las que realmente lo absorben — ese es el diseño del impuesto.
Resumen rápido: Tasa 1% sobre la base mayor (¼ del activo neto o ¼ de los ingresos brutos) · pago trimestral vía SAT-1608 en Declaraguate · acreditable contra el ISR en 3 años (Art. 11) · exentos: régimen simplificado, primeros 4 trimestres, margen bruto ≤4%.
Quién Paga (y Quién No)
| Situación | ¿Paga ISO? |
|---|---|
| Empresa o comerciante en régimen sobre utilidades del ISR, margen bruto >4% | ✅ Sí |
| Contribuyente en régimen opcional simplificado del ISR (5%-7% sobre ingresos) | ❌ No |
| Pequeño contribuyente (5% sobre ventas) | ❌ No |
| Empresa nueva (primeros 4 trimestres de actividades) | ❌ Exenta temporal |
| Margen bruto ≤ 4% de ingresos brutos | ❌ No |
| Entidades exentas del ISR (educativas, no lucrativas autorizadas, etc.) | ❌ No |
| Pérdidas de operación dos años consecutivos | ❌ Exención con aviso a SAT (Art. 4) |
Cómo se Calcula: la Base “La Que Sea Mayor”
- Tomá del periodo de liquidación anterior: tu activo neto y tus ingresos brutos.
- Calculá ¼ de cada uno.
- La base imponible es la mayor de las dos cantidades.
- Aplicá el 1% — ese es tu ISO del trimestre.
Excepción: si tu activo neto supera 4 veces tus ingresos brutos, la base son los ingresos brutos (protege a empresas con mucho activo y poca venta).
Ejemplo:
- Activo neto: Q2,000,000 → ¼ = Q500,000
- Ingresos brutos: Q3,000,000 → ¼ = Q750,000
- Base = Q750,000 (la mayor) → ISO trimestral = Q7,500
Calendario de Pago 2026
| Trimestre | Se paga durante |
|---|---|
| Enero – Marzo | Abril 2026 |
| Abril – Junio | Julio 2026 |
| Julio – Septiembre | Octubre 2026 |
| Octubre – Diciembre | Enero 2027 |
Se declara con el formulario SAT-1608 en Declaraguate, igual que el IVA y el ISR — no esperés al último día: los servidores de SAT se saturan en fechas límite.
La Acreditación: Por Qué el ISO No Es (Normalmente) un Costo
El Artículo 11 permite elegir una de dos formas de acreditación:
- Opción 1 — ISO a ISR: el ISO que pagaste se descuenta de tu ISR de los tres años calendario siguientes. Es la opción más común.
- Opción 2 — ISR a ISO: los pagos trimestrales de ISR del mismo año se descuentan del ISO a pagar.
El ISO que no se logre acreditar en tres años se registra como gasto deducible. Traducción práctica: si tu empresa genera utilidades y paga ISR, el ISO es un anticipo, no un impuesto adicional. Llevá el control de los saldos por acreditar — es dinero tuyo.
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Orientación general basada en el Decreto 73-2008. Para estructuras con varias entidades, fideicomisos o exenciones especiales, consultá a tu contador o a un asesor fiscal — la elección de la opción de acreditación del Art. 11 tiene efectos plurianuales.