La inscripción de defunción en RENAP es el registro oficial del fallecimiento. Es gratuita la primera vez. Las certificaciones posteriores cuestan Q25 cada una y se necesitan para herencia, seguros, bancos y otros trámites.
Resumen rápido: Inscripción: gratis. Certificaciones: Q25. Se necesita informe de defunción del hospital o INACIF, y el DPI del fallecido.
Requisitos
- Informe de defunción (hospital, centro de salud o INACIF)
- DPI del fallecido (o certificación de nacimiento)
- DPI de quien registra
Proceso
- Obtener informe de defunción
- Reunir documentos del fallecido
- Presentarse en RENAP
- RENAP inscribe la defunción (gratis, mismo día)
- Solicitar certificaciones (Q25 cada una) — pedir al menos 5-8 copias
Para Que se Necesitan las Certificaciones
- Sucesión hereditaria (herencia)
- Cierre de cuentas bancarias
- Traspaso de vehículos
- Reclamos de seguros de vida
- Pensión IGSS
- Actualización de estado civil del conyuge sobreviviente
Ya está inscrita la defunción pero RENAP no le emite la certificación
Este es el caso más común entre notarios y gestores: la defunción sí está inscrita, pero el sistema de RENAP no la encuentra y la ventanilla no entrega nada. Casi siempre es un problema de por dónde se busca, no de que el registro no exista.
Primero: son dos documentos distintos
Mucha gente pide en RENAP un documento que RENAP no emite.
| Documento | Qué es | Quién lo emite |
|---|---|---|
| Certificación de defunción | La constancia registral de que la defunción está inscrita | RENAP |
| Informe de defunción | El documento con la causa de muerte, que sirve para inscribir la defunción | El hospital donde ocurrió el deceso, o el INACIF |
RENAP exige el informe de defunción para inscribir, pero no es quien lo emite. Si lo que usted necesita es la causa de muerte, la puerta es el hospital o el INACIF — no la ventanilla de RENAP.
Sí puede pedir a RENAP una copia certificada de atestados (Q50), que son los documentos de respaldo que quedaron en el expediente de la inscripción.
Si el sistema no encuentra el registro
Busque por nombre, no por CUI. El eportal trabaja con el CUI del fallecido. RENAP tiene además un servicio de certificaciones en línea por nombre en portal.renap.gob.gt y en la app RENAP SE, pensado precisamente para “cuando no se conoce o no se tenga presente el Código Único de Identificación -CUI-”. Se ingresa el nombre completo y la fecha del evento. Muchas personas fallecidas hace años nunca tuvieron CUI, y por eso no aparecen por esa vía.
Si usted ya tiene los datos del asiento (libro, folio, partida), pida los servicios que van contra el libro y no contra el sistema. En la oficina de RENAP del municipio donde se inscribió:
Servicio Tarifa Copia certificada del asiento del libro Q25 Certificación de inscripción que incluye imagen digitalizada del libro Q25 Certificación literal de inscripción registral Q75 Copia certificada de atestados Q50 Constancia negativa Q25 Los libros del registro civil los llevaban las municipalidades, y el traslado al RENAP concluyó el 30 de septiembre de 2008. Una inscripción anterior puede existir en papel sin estar cargada al sistema.
Si de verdad no existe la inscripción
Pida una constancia negativa (Q25). Ese documento es, además, el que RENAP exige para inscribir una reposición de partida. Según los requisitos publicados por RENAP para la reposición notarial, debe presentarse:
- “Certificación de la resolución final de las diligencias, en original y duplicado”
- “Constancia negativa de la inscripción a reponer”
Y conforme al Artículo 16 del Acuerdo de Directorio 104-2015 (Reglamento de Inscripciones del Registro Civil de las Personas), en toda inscripción debe presentarse el formulario que proporcione RENAP y el comprobante de pago por inscripción extemporánea cuando corresponda.
La reposición tiene vía notarial y vía judicial. La rectificación (cuando el asiento existe pero tiene un error) es un trámite distinto — ver Rectificación de partida.
Dónde preguntar
- Call Center RENAP: 1516 · PBX 2416-1900
- Sede central: Calzada Roosevelt 13-46 zona 7, Guatemala
- Para registros anteriores a la digitalización, ver Búsqueda de acta antigua
Consejos
- Pide mas certificaciones de las que crees — mínimo 5-8 copias.
- No retrases la inscripción — complica todos los demas trámites.
- Conserva el DPI del fallecido — necesitaras el número CUI.
- Actualiza el estado civil del conyuge — cambiar a “viudo/a” en el DPI.
- La herencia requiere abogado — el certificado de defunción es el primer documento que solicitara.