Si necesitas visa para Guatemala depende del pasaporte que llevas, y el Instituto Guatemalteco de Migración (IGM) publica la respuesta en tres listas. La Categoría A (Exento de visa) entra solo con pasaporte vigente. La Categoría B (Visa Consular) necesita una visa de una embajada o consulado de Guatemala en el exterior. La Categoría C (Visa Consultada) necesita una visa que el IGM debe autorizar primero en Guatemala, gestionada con un garante guatemalteco inscrito. Pakistán, Bangladesh, Kenia, Etiopía y Haití son Categoría C; Jamaica es Categoría B. Abajo está cada entrada de las tres listas, tal como la imprime el IGM.

Resumen rápido: las tres imágenes del IGM, leídas el 29 de septiembre de 2026, traen 89 entradas en Categoría A, 63 entradas impresas en Categoría B y 45 en Categoría C. La B se solicita en un consulado con seis requisitos (Acuerdo IGM-015-2025, artículo 10). La C se gestiona ante la Subdirección de Extranjería del IGM con siete requisitos, entre ellos un garante guatemalteco inscrito en el IGM (artículos 11 y 28), y el IGM debe resolver en un máximo de 30 días (artículo 4). El tarifario del IGM lista US$25 por el ingreso de solicitud de visa en territorio guatemalteco, US$25 por visa simple y US$100 por visa múltiple. Una visa vigente de EE.UU., México, Canadá o Schengen sube la B a A (artículo 10), pero la C solo a B (artículo 29, numeral 2): un nacional de Categoría C igual necesita visa.

Para pasaportes estadounidenses en concreto, mira requisitos de ingreso para viajeros de EE.UU..

Qué significan las tres categorías

El Acuerdo IGM-015-2025, Reglamento de Visas Guatemaltecas, define las categorías en el artículo 9:

CategoríaEncabezado del IGMQué dice el artículo 9Dónde se solicita
AExento de visaPaíses con los que Guatemala celebró acuerdos de supresión de visas, o los que determine la Autoridad Migratoria NacionalSin visa: solo pasaporte
BVisa ConsularPaíses a cuyos nacionales se les requiere visa guatemalteca a través de las misiones diplomáticas o consulares en el exteriorUna embajada o consulado de Guatemala
CVisa ConsultadaPaíses para los que, antes de emitir visa a sus nacionales, es obligatorio consultar al IGMLa Subdirección de Extranjería del IGM la autoriza; la embajada o consulado la emite

El artículo 9 detalla el mecanismo de la Categoría C: las consultas “serán conocidas y autorizadas por la Subdirección de Extranjería del Instituto Guatemalteco de Migración”, y las misiones en el exterior consultan esa autorización y emiten la visa. El manual CA-4 que Guatemala comparte con El Salvador, Honduras y Nicaragua usa las mismas letras: la visa consultada es “la expedida a extranjeros, previa autorización de la Dirección General de Migración correspondiente”.

Una visa no garantiza la entrada. El artículo 3 del reglamento dice que las visas aprobadas “no implican su admisión incondicional en el territorio de la República de Guatemala”, y que la visa se emite en pasaporte con vigencia mínima de seis meses, en documento de viaje válido y vigente o de forma electrónica.

Seis nacionalidades, consultadas

NacionalidadComo la imprime el IGMCategoríaQué significa
PakistánPakistán, República Islámica deC, Visa ConsultadaEl IGM autoriza la visa en Guatemala; requiere garante guatemalteco inscrito
BangladeshBangladesh, República Popular deC, Visa ConsultadaIgual que Pakistán
KeniaKeniaC, Visa ConsultadaIgual que Pakistán
EtiopíaEtiopíaC, Visa ConsultadaIgual que Pakistán
HaitíHaitíC, Visa ConsultadaIgual que Pakistán
JamaicaJamaicaB, Visa ConsularVisa de una embajada o consulado de Guatemala, salvo que tengas visa vigente de EE.UU., México, Canadá o Schengen

Categoría A: Exento de visa (89 entradas)

Estos pasaportes entran a Guatemala con pasaporte vigente y sin visa. La ortografía es la del IGM.

#Como lo imprime el IGM
1Alemania
2Andorra
3Antigua y Barbuda
4Arabia Saudita
5Argentina
6Australia
7Austria
8Bahamas
9Bahréin
10Barbados
11Bélgica
12Belice
13Brasil
14Brunei-Darussalam
15Bulgaria
16Canadá
17Chile
18República de China(Taiwán)
19Chipre
20Colombia
21Corea del Sur (República de)
22Costa Rica
23Croacia
24Dinamarca
25El Salvador
26Emiratos Arabes Unidos
27Eslovaquia
28Eslovenia
29España
30Estados Unidos de América
31Estonia
32Fiji
33Finlandia
34Francia
35Grecia
36Honduras
37Hungría
38Irlanda
39Islandia
40Islas Marshall
41Islas Salomón
42Israel
43Italia
44Japón
45Kuwait
46Letonia (Latvia)
47Liechtenstein
48Lituania
49Luxemburgo
50Macedonia
51Madagascar
52Malasia
53Malta
54México, Estados Unidos
55Mónaco
56Nicaragua
57Noruega
58Nueva Zelandia
59Panamá
60Paraguay
61Perú
62Polonia
63Portugal
64Qatar
65Reino de los Países Bajos (Holanda)
66Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
67Regiones Administrativas Especiales de la República Popular China: Hong Kong
68República Checa
69Rumania
70Rusia, Federación de
71San Kitts y Nevis
72San Marino
73San Vicente y Granadinas
74Santa Lucia
75Santa Sede (Ciudad del Vaticano)
76Santo Tomé y Príncipe
77Singapur
78Sudáfrica
79Suecia
80Suiza, Confederación
81Trinidad y Tobago
82Turquía
83Tuvalu
84Ucrania
85Uruguay
86Vanuatu
87OEA
88Naciones Unidas
89Comisión Europea

Las tres últimas entradas son organismos, no países; la imagen no detalla a qué documentos de viaje se refieren. El anuncio del IGM de junio de 2025 también ubica a los “países de la Unión Europea” en la Categoría A.

Categoría B: Visa Consular (63 entradas impresas)

Estos nacionales necesitan una visa de una embajada o consulado de Guatemala, salvo que aplique una de las exenciones de más abajo.

#Como lo imprime el IGM
1Azerbaiyán
2Belarús, República de (Bielorrusia)
3Benín
4Bolivia
5Burkina Faso
6Burundi, República de Bután (ver nota)
7Cabo Verde
8Camboya
9Chad
10Comoras
11Côte d´Ivoire (Costa de Marfil)
12Djibouti
13Dominica
14Ecuador
15Egipto
16Filipinas
17Gabón
18Gambia
19Georgia
20Granada
21Guinea
22Guinea Bissau
23Guinea Ecuatorial
24Guyana
25India
26Jamaica
27Kazajstán
28Kirguistán
29Kiribati
30Lesoto
31Malawi
32Maldivas
33Marruecos, Reino de
34Mauricio
35Mauritania
36Micronesia (Estados Federales)
37Moldova, República de (Moldavia)
38Montenegro, República de
39Myanmar,Union de (antes Birmania)
40Namibia
41Nauru
42Níger
43Palao
44Papúa Nueva Guinea
45República Centroafricana
46Ruanda
47Samoa
48Senegal
49Serbia, República de (Antiguamente República Federativa de Yugoslavia)
50Seychelles
51Suazilandia
52Suriname
53Tailandia
54Tanzania, República Unida de Tayikistán (ver nota)
55Togo
56Tonga
57Túnez
58Turkmenistán
59Uganda
60Uzbekistán
61Zambia
62Zimbabue
63República Dominicana (a partir del 15 de febrero de 2023)

Nota sobre las filas 6 y 54. La imagen imprime “Burundi, República de Bután” y “Tanzania, República Unida de Tayikistán” como una sola entrada cada una. Cada una se lee como dos países pegados (Burundi y Bután; Tanzania y Tayikistán), lo que daría 65 países, pero las mostramos como las imprime el IGM. Si tienes uno de esos cuatro pasaportes, confirma con un consulado de Guatemala.

Categoría C: Visa Consultada (45 entradas)

Estos nacionales necesitan una visa que el IGM autoriza en Guatemala antes de que se emita.

#Como lo imprime el IGM
1Afganistán Estado Islamico
2Albania
3Angola, República de
4Argelia
5Armenia
6Bangladesh, República Popular de
7Bosnia y Herzegovina, República de
8Botsuana
9Camerún
10China, República Popular
11Congo
12Congo,República Democrática del
13Corea, República Popular Democratica de (Corea del Norte)
14Cuba
15Eritrea (Estado de, Asmara)
16Etiopía
17Ghana
18Haití
19Indonesia
20Irak, República de Irak
21Irán, República Islamica
22Jordania, Reino Hachemita de
23Kenia
24República Democrática Popular de Laos
25Líbano
26Liberia
27Libia
28Malí
29Mongolia
30Mozambique
31Nepal
32Nigeria, República Federal de
33Omán
34Pakistán, República Islámica de
35Sierra Leona, República de
36Siria, República Árabe de
37Somalía, República Democrática
38Sri Lanka, República Socialista Democrática de
39Sudán, República de
40Timor-Leste, República Democrática Oriental
41Viet Nam
42Venezuela
43Yemen
44Autoridad Palestina, Portadores de pasaporte u otro documento de viaje válido extendido por la Autoridad Palestina
45República Árabe Saharaui Democrática

Si tu nacionalidad no está en ninguna de las tres listas, las imágenes no la clasifican. Pregunta en una embajada o consulado de Guatemala antes de comprar el viaje.

Qué presenta un nacional de Categoría B

El Acuerdo IGM-015-2025, artículo 10, lista seis requisitos para la visa de turista en una embajada o consulado de Guatemala:

  1. ingresar los datos en el formulario de visa;
  2. pasaporte válido y vigente;
  3. itinerario de viaje;
  4. constancia de ingresos o estados de cuenta de los últimos tres meses, en español o inglés;
  5. tarjeta de crédito internacional, o tarjeta de débito acompañada de estados de cuenta de los últimos tres meses;
  6. carta de requerimiento de servicios, únicamente si el viaje es de consulta o asesoría remunerada.

Si el funcionario consular considera necesaria una entrevista, el artículo 10 permite hacerla de manera presencial o virtual. El consulado fija y cobra su propia tarifa por la visa de Categoría B; no verificamos ese monto, así que pregúntale al consulado.

La exención. El artículo 10 también dice: “Quedan exentos de solicitar visa consular los nacionales de países categoría “B” que cuenten con visa vigente de los Estados Unidos de América, Estados Unidos Mexicanos, Canadá o Schengen, quienes cambian a categoría “A” o exentos de visa.” Un viajero jamaiquino, indio o filipino con visa vigente de uno de esos cuatro recibe trato de Categoría A.

Qué presenta un nacional de Categoría C

El artículo 11 dice que los nacionales de Categoría C “deberán gestionar su solicitud ante el Instituto Guatemalteco de Migración, a través de la Subdirección de Extranjería”, con siete requisitos:

  1. formulario de solicitud de visa;
  2. pasaporte original vigente y copia completa legalizada por notario guatemalteco, o certificación del pasaporte completo emitida por autoridad competente, o copia completa legalizada por funcionario competente de tu país de origen;
  3. certificado de nacimiento, si tu país no tiene representación diplomática acreditada en Guatemala;
  4. constancia original de carencia de antecedentes penales o policiales de tu país de origen (el artículo 11 también acepta la que emita tu embajada o consulado en Guatemala o en otro país, o la del país donde residiste los últimos dos años);
  5. un garante guatemalteco con constancia de garante actualizada; si es persona individual, además constancia reciente de ingresos y estado de cuenta bancario del último mes previo a la solicitud (si el garante es una persona jurídica, presenta sus declaraciones de impuestos);
  6. acreditar el motivo del viaje: reservación de hotel y paquetes turísticos o, si visitas a un guatemalteco o a un extranjero residente, carta de invitación con el motivo del viaje, el lugar de estadía y la forma de traslado dentro de Guatemala;
  7. comprobante de pago de solicitud de visa.

El garante debe inscribirse antes. El artículo 28 exige que el guatemalteco o la persona jurídica guatemalteca se inscriba ante la Subdirección de Extranjería del IGM antes de ser garante de un extranjero.

El plazo. Artículo 4: la solicitud de Categoría C que cumpla con los requisitos “deberá resolverse por el Instituto Guatemalteco de Migración en un plazo que no exceda de treinta días”. Es un máximo legal para la decisión del IGM, no un tiempo prometido.

Las tarifas del tarifario del IGM (Acuerdo IGM-029-2023, reformado por IGM-039-2025):

NumeralConceptoMonto
2.1Ingreso de solicitud de visa, requerida en el territorio guatemaltecoUS$25.00
2.3Visa simpleUS$25.00
2.4Visa múltipleUS$100.00

El tarifario no dice cuáles de estas líneas paga un solicitante de Categoría C ni en qué orden. El IGM convierte los montos en dólares a quetzales con un tipo de cambio de referencia trimestral tomado del Banco de Guatemala.

Si te la niegan. Artículo 30: “Cuando la solicitud de Visa de Turista o Viajero fue rechazada por alguna misión Diplomática o Consular y denegada o cancelada por el Instituto Guatemalteco de Migración podrán realizar una nueva solicitud hasta dentro de los 12 meses posteriores a la fecha de notificación del motivo de rechazo, denegatoria o cancelación, según corresponda.” La redacción es ambigua, así que pregúntale al IGM cómo aplica a tu caso antes de volver a solicitar.

Visas y residencias que te suben de categoría

Dos instrumentos fijan estas reglas, y no dicen lo mismo. El Acuerdo IGM-015-2025 es el reglamento de visas propio de Guatemala; el manual CA-4 es el manual compartido, más antiguo, de Guatemala, El Salvador, Honduras y Nicaragua. Imprimimos los dos.

Tu situaciónIGM-015-2025Manual CA-4
Categoría B + visa vigente de EE.UU., Canadá o SchengenCategoría A (artículo 10)Categoría A (B.1)
Categoría B + visa mexicana vigenteCategoría A (artículo 10)No aparece: el manual nombra solo visas de EE.UU., Canadá y Schengen
Categoría C + visa vigente de EE.UU., Canadá o SchengenCategoría B: igual requiere visa consular (artículo 29, num. 2)Categoría B (B.2)
Categoría C + visa mexicana vigenteCategoría B (artículo 29, num. 2)No aparece
Categoría B o C + residencia vigente con tres años continuos documentados en un país de Categoría ACategoría A (artículo 29, num. 1)Para la Categoría B, la A.1 da Categoría A con residencia vigente en un país de Categoría A (sin plazo mínimo). Para la Categoría C, la A.2 da solo Categoría B, con residencia en un país de Categoría A o B
Categoría B + cónyuge de guatemalteco, mínimo seis meses de matrimonio inscritoCategoría A (artículo 29, num. 3)No aparece
Categoría C + cónyuge de guatemalteco, misma condiciónCategoría B (artículo 29, num. 4)Categoría B (C.1: cónyuge de un nacional de cualquier Estado del CA-4, mínimo seis meses de matrimonio inscrito)
Categoría B o C + comprueba ante el funcionario consular ser hijo o hija de guatemaltecoCategoría A (artículo 29, num. 5)Exento de visa para ingresar a El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua (E: hijo o hija de un nacional de cualquier Estado del CA-4)
Pasaporte de Categoría B o C + nacido en un país del CA-4n/aTrato de nacional de los Estados Parte (D)

La línea clave para la Categoría C es el artículo 29, numeral 2: quien tiene visa vigente de EE.UU., México, Canadá o Schengen “se le dará trato de categoría “B” o Visa Consular”. Igual necesitas visa; la obtienes en un consulado en lugar del trámite ante el IGM. Si eres de Categoría C con residencia en un país de Categoría A, los dos instrumentos no coinciden, así que pregúntale al consulado cuál aplica. El artículo 29 cierra: “Se anotará en la visa la disposición especial de cambio de categoría que corresponda.” Si estás casado con guatemalteco, la ruta de residencia está en la visa de cónyuge.

El artículo 10 y el artículo 29 hablan de visa vigente. La green card de EE.UU. es un documento de residencia, no una visa, y el reglamento nunca la menciona.

Si sigues a El Salvador, Honduras o Nicaragua

Guatemala comparte la estadía regional y las reglas de frontera con El Salvador, Honduras y Nicaragua (el CA-4). El manual CA-4 agrega tres reglas que dependen de la categoría:

  • La Categoría C no circula libremente. B.5: los extranjeros categoría C “no gozan de libre movilidad” y necesitan su propio aval de ingreso para cada uno de los cuatro Estados, salvo que les aplique una disposición especial de visa, en cuyo caso portan la Visa Centroamericana.
  • La visa consultada se usa dentro de 60 días. Sección VI, numeral 5: la visa consultada debe usarse para ingresar a la región dentro de los sesenta días contados desde la fecha en que la emitió la embajada o el consulado.
  • La estadía regional es de hasta 90 días, otorgada en la frontera y prorrogable una sola vez en la oficina de migración del país donde estés (B.6). En Guatemala esa prórroga es la prórroga del IGM.

Una corrida de frontera a México o Belice es otra pregunta según el pasaporte: mira corrida de frontera según tu nacionalidad y corridas de frontera CA-4. Ya en Guatemala, porta tu pasaporte o identificación.

De dónde sale esta lista y de qué fecha es

El IGM publica las tres listas como imágenes en su página de clasificación de control migratorio, controlmigratorio.igm.gob.gt. El texto de la página es solo el encabezado Categoría de Países por clasificación de visas, seguido de una imagen por categoría, cada una con el título Categoría A / Exento de visa, Categoría B / Visa Consular o Categoría C / Visa Consultada y firmada Instituto Guatemalteco de Migración.

  • Leída el 29 de septiembre de 2026. Los tres archivos de imagen eran idénticos, byte por byte, a las copias que guardamos el 25 de septiembre de 2026.
  • Las imágenes no traen fecha de emisión. La única fecha está en el nombre del archivo de Categoría A, “actualizada-2023”, y en la entrada de República Dominicana de la imagen de Categoría B.
  • El anuncio de junio de 2025 coincide en los ejemplos que nombra. El anuncio del IGM del 6 de junio de 2025 describía la Categoría A así: “Las personas provenientes de los países en esta categoría pueden ingresar a Guatemala únicamente con pasaporte vigente, sin necesidad de una visa”, y nombraba a Estados Unidos, Alemania, México, España, Argentina, Reino Unido, Corea del Sur, Canadá y Brasil, todos en la imagen de Categoría A, además de “países de la Unión Europea”. También nombraba a India, Jamaica, Bolivia, Marruecos, Serbia y República Dominicana en la Categoría B, y a Afganistán, China (República Popular), Cuba, Haití, Irán, Venezuela, Nigeria, Corea del Norte y Palestina en la Categoría C, cada uno en la imagen que le corresponde.

Una versión anterior de nuestra guía de corrida de frontera según tu nacionalidad decía que el IGM no publicaba lista de países. Eso era un error, y la guía ahora enlaza aquí.

Sigue leyendo

Fuentes: IGM, Categoría de Países por clasificación de visas (tres imágenes de lista, leídas el 29 de septiembre de 2026); Acuerdo IGM-015-2025, Reglamento de Visas Guatemaltecas (copia archivada; el original en igm.gob.gt devolvió HTTP 404 el 29 de septiembre de 2026), artículos 3, 4, 9, 10, 11, 28, 29 y 30; Tarifario del IGM, Acuerdo IGM-029-2023 reformado por IGM-039-2025, numerales 2.1, 2.3 y 2.4; Manual CA-4 Unificado (Convenio de Creación de la Visa Única Centroamericana), disposiciones A.1, A.2, B.1, B.2, C.1, D y E (Sección VII), B.5 y B.6 (Sección IX), y Sección VI, numeral 5; anuncio de clasificación del IGM del 6 de junio de 2025.

Preguntas Frecuentes

¿Los pakistaníes necesitan visa para Guatemala?

Sí. Pakistán está en la lista de Categoría C (Visa Consultada) del IGM, impreso como ‘Pakistán, República Islámica de’. La visa de turista de Categoría C se gestiona ante el IGM en Guatemala, a través de la Subdirección de Extranjería, y requiere un garante guatemalteco inscrito en el IGM (Acuerdo IGM-015-2025, artículos 11 y 28). El IGM debe resolver una solicitud completa en un plazo que no exceda de 30 días (artículo 4). Una visa vigente de EE.UU., México, Canadá o Schengen da a un nacional de Categoría C trato de Categoría B, que sigue siendo visa consular (artículo 29, numeral 2).

¿Los bangladesíes necesitan visa para Guatemala?

Sí. Bangladesh está en la lista de Categoría C (Visa Consultada) del IGM, impreso como ‘Bangladesh, República Popular de’. La solicitud va a la Subdirección de Extranjería del IGM en Guatemala con siete requisitos, entre ellos un garante guatemalteco inscrito y la constancia original de carencia de antecedentes penales o policiales (Acuerdo IGM-015-2025, artículo 11). El plazo legal del IGM para resolver una solicitud completa es de 30 días (artículo 4). Una vez que el IGM la autoriza, la visa la emite una embajada o consulado de Guatemala (artículo 9).

¿Los kenianos necesitan visa para Guatemala?

Sí. Kenia está en la lista de Categoría C (Visa Consultada) del IGM. La visa la autoriza el IGM en Guatemala antes de que un consulado pueda emitirla, y el expediente necesita un garante guatemalteco inscrito en el IGM (Acuerdo IGM-015-2025, artículos 9, 11 y 28). Un keniano con visa vigente de EE.UU., México, Canadá o Schengen recibe trato de Categoría B según el artículo 29, numeral 2: visa consular en lugar del trámite ante el IGM, no entrada sin visa.

¿Los etíopes necesitan visa para Guatemala?

Sí. Etiopía está en la lista de Categoría C (Visa Consultada) del IGM. Se gestiona ante la Subdirección de Extranjería del IGM con un garante guatemalteco inscrito (Acuerdo IGM-015-2025, artículos 11 y 28); el IGM debe resolver una solicitud completa en un máximo de 30 días (artículo 4). El tarifario del IGM lista US$25 por el ingreso de solicitud de visa en territorio guatemalteco, US$25 por visa simple y US$100 por visa múltiple.

¿Los haitianos necesitan visa para Guatemala?

Sí. Haití está en la lista de Categoría C (Visa Consultada) del IGM. La solicitud se presenta ante el IGM en Guatemala con un garante guatemalteco inscrito, reservación de hotel y paquetes turísticos o carta de invitación y la constancia original de carencia de antecedentes (Acuerdo IGM-015-2025, artículo 11). Según el manual CA-4, los extranjeros de Categoría C ’no gozan de libre movilidad’ en la región: la visa guatemalteca no te admite también en El Salvador, Honduras o Nicaragua, salvo que aplique una disposición especial de visa.

¿Los jamaiquinos necesitan visa para Guatemala?

Sí, visa consular, salvo que tengas ciertas otras visas. Jamaica está en la lista de Categoría B (Visa Consular) del IGM. Se solicita en una embajada o consulado de Guatemala con los seis requisitos del Acuerdo IGM-015-2025, artículo 10: formulario de visa, pasaporte válido y vigente, itinerario de viaje, constancia de ingresos o estados de cuenta de los últimos tres meses en español o inglés, tarjeta de crédito internacional (o de débito más tres meses de estados de cuenta) y carta de requerimiento de servicios solo si es asesoría remunerada. Con visa vigente de EE.UU., México, Canadá o Schengen, el jamaiquino queda exento y pasa a Categoría A (artículo 10). El consulado fija y cobra su propia tarifa: pregúntale.

¿Los indios necesitan visa para Guatemala?

India está en la lista de Categoría B (Visa Consular) del IGM, así que lo normal es una visa de una embajada o consulado de Guatemala. El Acuerdo IGM-015-2025, artículo 10, exime a los nacionales de Categoría B con visa vigente de Estados Unidos, México, Canadá o Schengen: pasan a Categoría A y entran solo con pasaporte.

¿Los nigerianos, chinos, cubanos o venezolanos necesitan visa para Guatemala?

Sí. ‘Nigeria, República Federal de’, ‘China, República Popular’, Cuba y Venezuela están en la lista de Categoría C (Visa Consultada) del IGM. La visa la autoriza la Subdirección de Extranjería del IGM en Guatemala, con garante guatemalteco inscrito, antes de que un consulado la emita (Acuerdo IGM-015-2025, artículos 9, 11 y 28). Taiwán aparece aparte, en Categoría A, como ‘República de China(Taiwán)’.

¿Los dominicanos necesitan visa para Guatemala?

Sí, visa consular. La imagen de Categoría B del IGM lista ‘República Dominicana (a partir del 15 de febrero de 2023)’. La exención de Categoría B para quien tiene visa vigente de EE.UU., México, Canadá o Schengen (Acuerdo IGM-015-2025, artículo 10) aplica a los dominicanos igual que a cualquier otro país de Categoría B.

¿Qué países no necesitan visa para Guatemala?

Las 89 entradas de la imagen de Categoría A (Exento de visa) del IGM, entre ellas Estados Unidos, Canadá, México, Alemania, Francia, España, Italia, el Reino Unido, Japón, Corea del Sur, Taiwán, Hong Kong, Australia, Nueva Zelandia, Brasil, Argentina, Chile, Colombia, Perú, Belice, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Panamá. La lista completa está en esta página. Según el manual CA-4 (B.6), la estadía en la región es de hasta 90 días, prorrogable una vez.

¿Puedo entrar a Guatemala sin visa si tengo visa de Estados Unidos?

Depende de tu categoría. Un nacional de Categoría B con visa vigente de EE.UU., México, Canadá o Schengen queda exento de visa consular y pasa a Categoría A (Acuerdo IGM-015-2025, artículo 10). Un nacional de Categoría C con una de esas visas solo pasa a Categoría B (artículo 29, numeral 2), así que igual necesita visa consular. El manual CA-4 nombra solo las visas de EE.UU., Canadá y Schengen para esos mismos cambios.

¿Cuánto tarda una visa consultada para Guatemala?

El reglamento fija un máximo, no un tiempo típico: la solicitud de Categoría C que cumpla con los requisitos ‘deberá resolverse por el Instituto Guatemalteco de Migración en un plazo que no exceda de treinta días’ (Acuerdo IGM-015-2025, artículo 4). Son 30 días para la decisión del IGM; después el consulado emite la visa.