La planilla del IVA es la lista de facturas con la que un trabajador asalariado comprueba el IVA que pagó en sus gastos personales del año, para deducirlo de su renta en el ISR. La SAT la recibe por un sistema llamado Planilla IVA-FEL, dentro de la Agencia Virtual, que carga de forma automática las facturas electrónicas (FEL) emitidas a tu NIT o CUI.

Esta página cubre la presentación de la planilla. Para calcular cuánto ISR te retiene tu patrono, usa la calculadora de ISR para asalariados; si además debes presentar declaración anual, ve la guía de la declaración anual del ISR.

Resumen rápido

DatoDetalleFuente
Quién la presentaEl trabajador en relación de dependencia, afiliado al Régimen AsalariadoSAT; Decreto 10-2012, arts. 71-72
DóndeAgencia Virtual > Servicios Tributarios > Planilla IVA-FELSAT
PlazoPrimeros diez días hábiles de enero de cada añoDecreto 10-2012, art. 72 a)
Monto máximoQ12,000 de IVA pagado en gastos personales del añoDecreto 10-2012, art. 72 a)
Lo que recibesFormulario SAT-1111 y constancia de presentación, por correoSAT
Facturas que no cuentanPequeño contribuyente y régimen agropecuarioSAT; Ley del IVA, arts. 49, 54 “C” y 54 “E”
Corrección del NIT del patronoFormulario SAT-0811, generado en DeclaraguateSAT

Pasos consultados el 21 de octubre de 2026 en la página Planilla IVA-FEL de la SAT y en el texto del Decreto 10-2012 publicado por la SAT.

Qué dice la ley

En el texto del Decreto 10-2012 (Ley de Actualización Tributaria) publicado por la SAT, el artículo 72 permite a las personas en relación de dependencia deducir de su renta neta hasta Q60,000 al año. De ese total, Q48,000 son gastos personales sin necesidad de comprobación y Q12,000 corresponden al IVA pagado en gastos personales, por compras de bienes o servicios, durante el año.

Reforma del Decreto 13-2026. Esa división de Q60,000 cambió. Según Prensa Libre, el Decreto 13-2026 agregó para el período fiscal 2026 una deducción extraordinaria de Q3,024 sin necesidad de comprobación, y dispuso que la SAT actualice cada año la deducción tomando como base el salario mínimo más alto. Según la alerta tributaria de EY del 12 de mayo de 2026, el decreto reforma el literal a) del artículo 72 para ampliar la deducción de gastos personales hasta doce salarios mínimos mensuales no agrícolas, con bonificación incentivo y sin comprobación, y mantiene la posibilidad de acreditar hasta Q12,000 por IVA con la presentación de la planilla ante la SAT; las reformas estructurales rigen desde el 1 de enero de 2027. Estas cifras de la reforma vienen de esas dos fuentes secundarias; el cálculo de las deducciones de 2026 está en la calculadora de ISR para asalariados.

Esos Q12,000 se comprueban con una planilla que detalla las facturas. La SAT puede verificarlas, y la planilla se presenta “dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes de enero de cada año” (art. 72, literal a). El mismo literal pide al patrono conciliar las retenciones que hizo con la liquidación o declaración definitiva del trabajador.

El período del impuesto va del 1 de enero al 31 de diciembre (art. 74). La planilla que presentas en enero cubre, por lo tanto, el IVA del año que acaba de terminar.

Cuánto ahorras en ISR

La deducción reduce la renta imponible, no el impuesto directamente. El efecto depende del rango del art. 73 en que estés (el cálculo es nuestro, con las tasas de ese artículo):

Rango de renta imponible (art. 73)TasaAhorro máximo con Q12,000 deducidos
Q0.01 a Q300,0005%Q600 (Q12,000 × 5%)
Más de Q300,0007% sobre el excedenteQ840 (Q12,000 × 7%)

El monto deducible es el IVA pagado, no el total de las facturas. Si después de los Q48,000 (más los Q3,024 extraordinarios de 2026) y las demás deducciones del art. 72 (cuotas del IGSS, donaciones, primas de seguro de vida) ya no te queda renta imponible, la planilla no cambia el impuesto.

Requisitos para usar la Planilla IVA-FEL

La SAT pide tres cosas:

  1. Usuario de Agencia Virtual. Si no lo tienes, la guía de Agencia Virtual SAT explica cómo obtenerlo.
  2. Estar actualizado en el RTU Digital.
  3. Estar afiliado al Régimen Asalariado.

Pasos para presentarla

  1. Entra a la Agencia Virtual y elige Servicios Tributarios y luego Planilla IVA-FEL.
  2. Ingresa el NIT de tu patrono.
  3. Ingresa tu correo electrónico personal.
  4. Revisa los totales. El sistema muestra los Documentos Tributarios Electrónicos emitidos con tu NIT o CUI, y también los formularios presentados en Declaraguate, entre ellos DUCA, FYDUCA y Vehículos Traspasos IVA (SAT-231).
  5. Presiona Presentar Planilla.
  6. Revisa tu correo: llega la notificación con el Formulario SAT-1111 y la constancia de presentación.

Como el sistema toma las facturas electrónicas emitidas a tu NIT o CUI, las compras sin factura a tu nombre no aparecen. Para revisar qué facturas FEL tienes a tu nombre, ve la guía de factura electrónica FEL.

Facturas que no entran en la planilla

La SAT lista cinco tipos de factura que el sistema no incluye:

Tipo de factura excluida
Factura de Pequeño Contribuyente
Factura Electrónica de Pequeño Contribuyente
Factura Régimen Especial de Contribuyente Agropecuario
Factura Régimen Electrónico de Pequeño Contribuyente
Factura Régimen Electrónico Especial de Contribuyente Agropecuario

La SAT explica que, según los artículos 49, 54 “C” y 54 “E” de la Ley del IVA (Decreto 27-92), estas facturas “no generan derecho a Crédito Fiscal”. Si compras con frecuencia en negocios de pequeño contribuyente, ese IVA no suma a tu planilla.

Si pusiste mal el NIT de tu patrono

El sistema tiene una opción para rectificar el NIT del patrono. La SAT pide:

  • Haber presentado la planilla IVA-FEL en el período que quieres rectificar.
  • El NIT correcto del patrono.
  • Generar el Formulario SAT-0811 en Declaraguate.

Para patronos: cómo verificar la planilla

El art. 72 pide al patrono conciliar las retenciones con la liquidación del trabajador. La SAT indica que el patrono puede verificar la autenticidad de la Notificación Electrónica de Recepción de Planilla IVA-FEL con el código QR impreso en ella.

No es el Libro de Compras ni el Visor IVA

La Planilla IVA-FEL es un sistema propio de los asalariados. Si llegaste buscando el Visor IVA, ve la guía del Visor IVA SAT.

Fuentes

  • SAT, Planilla IVA-FEL: requisitos, pasos, facturas excluidas y rectificación. Consultado el 21 de octubre de 2026.
  • Decreto 13-2026: Prensa Libre, Los detalles de la reforma al ISR según Decreto 13-2026 (consultado el 8 de octubre de 2026), y EY, Tax Alert Guatemala: Reforma a la Ley de Actualización Tributaria, Decreto 13-2026 (12 de mayo de 2026, consultado el 21 de octubre de 2026). Fuentes secundarias: no se obtuvo el texto oficial.
  • Decreto 10-2012, Ley de Actualización Tributaria, arts. 71 a 74, texto publicado por la SAT. Consultado el 21 de octubre de 2026.