Si pinta su vehículo de otro color o le cambia el motor, el registro que tiene la SAT deja de coincidir con el vehículo que circula. Para corregirlo hay dos pasos:

  1. Una revisión física vigente del vehículo. Según la SAT, debe realizarla la DEIC.
  2. La actualización en la SAT. Se paga con el formulario SAT-8933. Después se obtienen la tarjeta de circulación y el certificado de propiedad electrónicos.

Además, la PNC tiene un sitio de expertaje con sus propios requisitos para el cambio de color o motor.

La SAT tramita esto en un solo procedimiento: cambio de color, motor o asientos. Esta página cubre los casos de color y de motor.

Resumen rápido

  • Quién puede hacerlo: el propietario, un mandatario o el representante legal de una persona jurídica. Necesita DPI vigente, o pasaporte si es extranjero.
  • Revisión del vehículo: la SAT exige una revisión física vigente realizada por la DEIC. Por separado, el sitio de expertaje de la PNC publica requisitos para el cambio de color o motor. Según el Ministerio de Gobernación, el expertaje de la PNC es gratuito.
  • Pago en la SAT: llene el formulario SAT-8933 en Declaraguate y pague la Boleta SAT-2000 en un banco autorizado. Después preséntese con los requisitos en una oficina o agencia tributaria.
  • Costos (SAT):
    • Q60.00 por el cambio de color, motor o asientos.
    • Q60.00 por el certificado de propiedad.
    • Q60.00 adicionales si no tiene la tarjeta de circulación.
  • Plazo: dar aviso del cambio dentro de veinte (20) días hábiles.
  • No publicado: el tiempo del trámite y la vigencia de la revisión.

Por qué hay que inscribir el cambio

Una copia del reglamento publicada en el sitio de una municipalidad (Acuerdo Gubernativo 134-2014) se refiere a esto en su artículo 27. Según ese artículo, para mantener actualizado el registro de vehículos, “los cambios en las características de los mismos deberán inscribirse en el Registro”.

La página de la SAT fija el plazo. Usted debe dar aviso de cualquier cambio en las características del vehículo “dentro del plazo veinte (20) días hábiles de acuerdo con la ley”. Si no lo hace, la SAT indica que se sancionará según el artículo 94 del Decreto 6-91, Código Tributario.

Antes de empezar: condiciones de la SAT

La página del trámite de la SAT fija las siguientes condiciones. Cada una indica su propio alcance, así que revise cuál le corresponde:

  • Agencia Virtual y RTU digital. Contar con Agencia Virtual y datos actualizados en el RTU digital. La SAT la aplica al propietario, al mandatario o a la persona jurídica y su representante legal.
  • Impuesto de circulación. Estar solvente en el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres de todos los vehículos registrados, no solo del que cambia. La SAT limita esta condición al “propietario o persona jurídica”.
  • Solvencia tributaria para descargar los nuevos documentos. La SAT pide “Estar solvente en obligaciones tributarias (IVA, ISR, ISO, otros.) para descargar los distintivos electrónicos”. La SAT no indica a qué parte se aplica esta condición.

Paso 1: la revisión del vehículo

La SAT pide “Revisión física vigente del vehículo realizado por la DEIC”. Nuestras fuentes no indican si esa revisión de la DEIC es el mismo procedimiento que el expertaje de la PNC descrito abajo. Confirme con la SAT qué revisión acepta antes de presentarse.

El sitio de expertaje de la PNC tiene una sección propia de requisitos para “CAMBIO DE COLOR O MOTOR”. Pide estos documentos:

Documento (expertaje PNC)Notas
DPI original, o pasaporte si es persona extranjera
Factura del nuevo color o motor
Tarjeta de circulación o certificado de propiedadSi no tiene ni la tarjeta ni el título, lleve el “ALZA EXTENDIDA POR LA SAT CON SUS RESPECTIVOS SELLOS Y FIRMA”

Sobre el costo, el Ministerio de Gobernación indica que se debe “realizar un expertaje el cual es gratuito en la PNC”.

Cuando lo consultamos el 15 de octubre de 2026, el sitio de expertaje de la PNC bloqueaba el acceso automatizado. Por eso no pudimos confirmar sus sedes ni cómo funcionan sus citas.

Paso 2: pagar el formulario SAT-8933

  1. Ingrese a Declaraguate y llene el formulario SAT-8933. Es el formulario de la SAT para reposición de distintivos, modificación, rectificación de datos y cambio de uso.
  2. Genere la Boleta SAT-2000 y páguela en uno de los bancos autorizados del sistema.
  3. Después del pago, el sistema genera un anexo: la Declaración para Modificaciones y Reposiciones. Debe firmarlo el propietario, el mandatario o el representante legal.

Paso 3: presentarse en la SAT

Preséntese en una oficina o agencia tributaria con los requisitos de la tabla. Los pagos ya deben estar realizados.

Documento (SAT)Cambio de colorCambio de motor
DPI vigente, o pasaporte si es extranjero (propietario, mandatario o representante legal)SíSí
Tarjeta de circulación original vigenteSíSí
Certificado de propiedad originalSíSí
Constancia de pago del formulario SAT-8933SíSí
Anexo firmado (Declaración para Modificaciones y Reposiciones)SíSí
Revisión física vigente realizada por la DEICSíSí
Respaldo del cambio (ver las secciones siguientes)Factura o acta notarialFactura o escritura, más documentos de importación si aplica
Requisitos de terceras personasSi lo tramita otra personaSi lo tramita otra persona

Si no tiene la tarjeta de circulación o el certificado de propiedad originales, la SAT remite a una sección de casos especiales. Esa sección no estaba en nuestra consulta. Revísela en la página de la SAT antes de presentarse.

Cambio de motor: documentos adicionales

  • Factura o escritura del motor. Presente uno de estos documentos:

    • el original y una fotocopia de la factura por cambio de motor, a nombre del propietario del vehículo; o
    • el testimonio de la escritura pública de compraventa del motor, con fotocopia.

    El documento debe indicar el número de motor. Los datos de cilindraje, centímetros cúbicos y tipo de combustible se exigen “únicamente cuando difieran de los registrados”.

  • Motor importado. Presente la DUCA, la DUA o la Constancia de Levante de Mercancías, con fotocopia.

  • Motor de otro vehículo suyo. Presente un Acta Notarial de Declaración Jurada con el número de motor y el número de placa del vehículo que recibe el motor. La SAT advierte que el vehículo del que se saca el motor debe quedar inactivo por Retiro Definitivo.

Cambio de color: documentos adicionales

  • Si lo hizo un taller: presente una factura a nombre del propietario por el servicio de cambio de color, “especificando el número de placa del vehículo y el nuevo color”.
  • Si lo hizo usted mismo: presente un Acta Notarial de Declaración Jurada en la que indique que usted hizo el cambio de color. Debe incluir el número de placa y el nuevo color.

Costos

ConceptoMontoFuente
Cambio de color, motor o asientos (formulario SAT-8933)Q60.00SAT
Certificado de propiedad (formulario SAT-8933)Q60.00SAT
Pago adicional si no tiene tarjeta de circulaciónQ60.00SAT
Expertaje PNCGratuitoMinisterio de Gobernación

El texto de la SAT dice: “Por cambio de color, motor o asientos: Q60.00 y certificado de propiedad Q 60.00”. Y agrega: “En caso de no poseer tarjeta de circulación agregar el pago de Q 60.00 por la gestión”.

Paso 4: obtener la nueva tarjeta y el certificado

Según la SAT, la tarjeta de circulación y el certificado de propiedad electrónicos se obtienen en la Agencia Virtual. Para descargarlos debe estar solvente en sus obligaciones tributarias.

Desde el extranjero y para residentes extranjeros

  • Residentes extranjeros: donde se pide DPI, presentan pasaporte. Así lo indican la SAT y la PNC.
  • Guatemaltecos en el exterior: pueden actuar por medio de un mandatario. La SAT pide el testimonio de la escritura pública del mandato vigente, “debidamente inscrito en el Archivo General de Protocolo”, con fotocopia.
  • Terceros autorizados: si la gestión la hace otra persona, la SAT indica que también debe presentar los requisitos de terceras personas. Esos requisitos no estaban en nuestra consulta.
  • Sin opción remota: no encontramos una vía consular ni completamente a distancia. La SAT indica presentarse en una oficina o agencia, y el vehículo debe pasar la revisión física.

Lo que no está publicado

  • Cuánto tarda el trámite.
  • Cuántos días es válida la revisión física. La SAT solo dice que debe estar vigente.
  • Un procedimiento para revertir un cambio de color o motor ya aprobado.

Fuentes

  • SAT, requisitos del trámite de cambio de color, motor o asientos: portal.sat.gob.gt (consultado el 15 de octubre de 2026).
  • PNC, requisitos de expertaje: expertaje.pnc.gob.gt/requisitos (texto oficial indexado, 15 de octubre de 2026).
  • Ministerio de Gobernación, sobre la gratuidad del expertaje: mingob.gob.gt (consultado el 15 de octubre de 2026).
  • Copia del reglamento, artículo 27, publicada por la Municipalidad de Casillas: municasillas.gob.gt (consultado el 15 de octubre de 2026).