En corto: Guatemala no trata al gato como un caso más liviano que al perro para entrar. Una sola hoja del MAGA-VISAR rige ambas especies y fija exactamente tres requisitos: certificado de salud veterinario, carnet de vacunación con antirrábica aplicada en un período no menor a 1 mes antes del viaje —con excepción explícita para animales menores de 3 meses— e inspección de SEPA/OIRSA por USD 14.00 por mascota. No aparece cuarentena, ni microchip, ni permiso de importación en esa hoja. Los documentos en idioma extranjero deben ser vertidos al español. Y si el gato egresa después de 30 días de haber ingresado, necesita certificado de exportación. Esta página reporta requisitos publicados; no es asesoría veterinaria ni legal.
Nuestra guía de aduana cubre lo que se puede traer en una maleta. Un animal vivo no es equipaje, y no lo decide la aduana: lo decide el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA), mediante su Viceministerio de Sanidad Agropecuaria y Regulaciones (VISAR), con la revisión física a cargo de los inspectores de SEPA/OIRSA en la frontera.
Lo primero que conviene saber es que Guatemala publica una sola hoja para perros y gatos juntos. Muchas personas llegan esperando un régimen más suave para el gato, porque así funciona Estados Unidos en la dirección contraria. Para ingresar a Guatemala, la especie no cambia nada. Donde sí cambia todo es al salir, y eso es otro instrumento por completo: lo cubrimos en llevar una mascota de Guatemala a EE.UU..
Los tres requisitos, tal como están escritos
La hoja de VISAR se titula Requisitos para el ingreso y egreso de mascotas (perros y gatos) a la República de Guatemala y resuelve el ingreso en una sola tabla, el Cuadro No. 1.
| Inciso | Requisito | Lo que la hoja dice que debe constar |
|---|---|---|
| a) | Certificado de Salud — con sello y firma del médico veterinario en el ejercicio de su profesión | “nombre, edad, sexo, raza, color y demás características físicas” de la mascota; que fue examinada y se encontró en buen estado de salud y libre de signos clínicos de enfermedades infectocontagiosas y/o parasitarias; vacunas aplicadas indicando fecha de vigencia; y desparasitación con productos aprobados por el país de origen |
| b) | Carnet de vacunación — con sello y firma del médico veterinario en el ejercicio de su profesión | Que fue vacunada contra la rabia, indicando su vigencia, aplicada “en un período no menor a 1 mes antes del viaje”. “Exceptuando Animales menores de 3 meses de edad.” Indicar qué otras vacunas se aplicaron según la edad |
| c) | Inspección por personal SEPA/OIRSA en cualquier punto de ingreso — aéreo, marítimo y terrestre | Se entrega copia de cada certificado a) y b) y se cancelan "$14.00 (de acuerdo al peso) por cada mascota" |
Tres documentos y una tarifa. Ese es todo el régimen de ingreso publicado para un gato.
Lo que llamativamente no aparece
La hoja no menciona cuarentena. No menciona microchip. No menciona permiso de importación, solicitud previa, título de anticuerpos (titulación antirrábica) ni una vacuna felina específica como la triple felina. No fija una vigencia en días para el certificado de salud.
Son silencios de la hoja que rige, y conviene leerlos con precisión. Un silencio significa que el requisito no está publicado allí; no significa que el inspector carezca de criterio. El inciso c) le otorga a SEPA/OIRSA la facultad de inspección en todo punto de ingreso, y las recomendaciones finales de la propia hoja piden consultar por anticipado los requisitos del país de destino y los de la empresa de transporte, y viajar con uno o dos juegos de fotocopias de la papelería.
La ventana de la antirrábica y la excepción del gatito
Este es el dato más específicamente felino de la hoja, porque los gatos se trasladan como cachorros mucho más seguido que los perros.
- La vacuna antirrábica debe aplicarse en un período no menor a 1 mes antes del viaje.
- Los animales menores de 3 meses de edad están exceptuados.
- El carnet debe indicar la vigencia de la vacuna.
El certificado bilateral que usan Estados Unidos y Guatemala lleva la atestación equivalente en inglés: “The animals were vaccinated against rabies. Animals younger than 3 months of age were not vaccinated.”
Conviene notar qué hace y qué no hace la excepción. Exceptúa al animal del requisito de rabia del inciso b). No lo exceptúa del certificado de salud del inciso a), ni de la inspección y la tarifa del inciso c).
El límite superior es donde las fuentes difieren. La hoja de requisitos imprime solo el piso de un mes, más la instrucción de indicar la vigencia de la vacuna. El comunicado de prensa anterior del MAGA sobre los requisitos para mascotas, del 23 de abril de 2021, formuló la ventana como “un período no menor a un mes y no mayor a un año”. Reportamos ambas, nombramos de qué documento salió cada una y no resolvemos la diferencia: la hoja es el documento de requisitos, y el límite superior aparece en el comunicado.
Si viene de Estados Unidos: el certificado bilateral de dos páginas
La hoja de VISAR tiene un encabezado aparte para las mascotas que ingresan desde Estados Unidos. Se puede presentar cualquiera de estas dos opciones:
- El protocolo acordado entre ambos países — “Certificado de Salud para la Exportación de Perros, Gatos de los Estados Unidos a Guatemala”, que según la hoja consta de dos páginas y está disponible en la página web MAGA-VISAR; o
- El Certificado de Salud ordinario del inciso a).
En cualquiera de los dos casos, los incisos b) y c) —carnet de vacunación e inspección de SEPA/OIRSA con su tarifa— siguen aplicando.
El formulario bilateral lo publica del lado estadounidense el USDA APHIS como Veterinary Health Certificate for Export of Dogs, Cats from the United States of America to Guatemala. Sus atestaciones son breves y conviene leerlas antes de la cita veterinaria, porque es lo que el veterinario está firmando:
- que los animales fueron examinados y se encontraron sanos y libres de signos clínicos de enfermedades infecciosas, transmisibles y parasitarias;
- que los animales fueron vacunados contra la rabia, con la excepción de menores de 3 meses ya señalada;
- que los animales fueron tratados contra endo y ectoparásitos con productos aprobados por el país de origen.
Los veterinarios acreditados ante APHIS envían los certificados a endoso del USDA por VEHCS (Veterinary Export Health Certification System), y APHIS indica que el certificado endosado impreso debe acompañar al animal.
El certificado no lleva impresa ninguna vigencia en días, y la página de APHIS para Guatemala tampoco fija una. Si hace falta un supuesto de trabajo, la cifra publicada que obliga es la de la hoja guatemalteca: la antirrábica en un período no menor a un mes antes del viaje.
La frase del «permiso de importación» en la página de APHIS — tiene su ámbito, no es contradicción
(Corregido el 2026-08-21: una versión anterior de esta guía lo reportó como «una contradicción real entre las dos autoridades». Releído en su lugar, no lo es.)
La página Pet Travel From the United States to Guatemala de APHIS sí contiene la frase «Guatemala’s Ministry of Agriculture (MAGA) requires a valid import permit prior to the embarkation and importation of animals» — pero en la propia página de APHIS esa frase está dentro de la sección «Other Pets» (otras mascotas), debajo de una sección aparte de «Dogs and Cats» que solo pide el certificado de salud. Leída con el ámbito que APHIS le da, no contradice en nada la tabla de tres incisos de perros y gatos del MAGA-VISAR: el permiso de importación es para otras especies, no para tu gato.
Si tu animal no es perro ni gato, esa frase del permiso es la que te aplica — pregúntale al MAGA directamente. APHIS publica un contacto del MAGA justo para este tipo de consulta —teléfono 2413-7000, de lunes a viernes de 08:00 a 16:30— y la hoja de VISAR publica su propio contacto de cuarentena animal: cuarentenaanimal@maga.gob.gt, teléfono 1557 extensión 7426, en 7a. avenida 12-90 zona 13, edificio VISAR.
La trampa de los 30 días al salir
Este es el requisito que sorprende a quien vino por una temporada y luego se va.
La hoja de VISAR le dedica un encabezado: las mascotas que egresan de Guatemala después de 30 días, a partir del día de su ingreso, deberán gestionar un Certificado Sanitario de Exportación (Centroamérica) o un Certificado Zoosanitario Internacional de Exportación (resto del mundo) antes de salir.
| Concepto | Lo que publica la hoja |
|---|---|
| Dónde se emite | Ventanilla de exportaciones del MAGA, en el edificio de AGEXPORT, 15 avenida 14-72 zona 13 |
| Teléfono | 24223400 |
| Costo | USD 6.25 |
| Qué hay que presentar | Los certificados a) y b) por cada mascota |
| Dónde se presenta | Cualquier punto de egreso — aéreo, marítimo y terrestre |
Un gato que entra y sale dentro de los 30 días no es enviado a esa ventanilla por la hoja. Uno que se queda más tiempo, sí. No hay período de gracia publicado ni trámite acelerado publicado.
Una advertencia sobre las referencias cruzadas de la propia hoja, verificada el 2026-08-11. El enlace de procedimiento impreso en la hoja, asisehace.gt/es-GT/tramites/397, ya no resuelve a una página de trámite: devuelve una redirección a pronacom.org. Y el enlace al CDC impreso en la hoja para mascotas con destino a Estados Unidos redirige a la página general “Bringing an Animal into the U.S.” del CDC, no a la página de perros que nombra. Ambos son problemas de migración de fuente en un documento de 2024, no evidencia de que los requisitos hayan cambiado. Use las páginas vigentes de cada organismo, y vea nuestra guía Guatemala-EE.UU. para lo que el CDC publica hoy.
La aerolínea es otra capa, y no es una capa legal
Si un gato puede viajar en cabina, cómo lo pesa la aerolínea y cuánto cobra son política de la empresa, no ley guatemalteca. Ninguna política de aerolínea sustituye los tres requisitos del MAGA, y ningún requisito del MAGA obliga a una aerolínea a transportar un animal.
No publicamos una tabla de tarifas de aerolíneas en esta página. El 2026-08-11 no logramos cargar una política vigente de mascotas desde el sitio propio de una aerolínea para verificarla —las páginas que intentamos devolvieron un 404 y un tiempo de espera agotado— y una tabla de tarifas tomada de cualquier fuente que no sea la aerolínea es una tabla que va a estar equivocada. La recomendación final de la propia hoja de VISAR dice lo mismo: consultar con anticipación los requisitos de la empresa de transporte. Pregunte a la aerolínea que va a volar el tramo, y pídalo por escrito antes de comprar el boleto.
Casos borde que conviene conocer
- La vía de entrada no cambia la papelería. El inciso c) aplica la inspección en “cualquier punto de ingreso al país (aéreo, marítimo y terrestre)”. Llegar por tierra desde México o Belice no es una ruta más liviana.
- La tarifa es por mascota y varía según el peso. La hoja dice "$14.00 (de acuerdo al peso) por cada mascota". Publica la cifra y el calificador de peso, pero no una tabla de rangos. No se encontró tabla de rangos.
- Dos mascotas significan dos de todo. Los certificados a) y b) se exigen “por cada mascota”, tanto en la tabla de ingreso como en la de egreso.
- Alcance de especies. El título de la hoja y todos sus encabezados nombran perros y gatos. No está escrita para conejos, hurones, aves ni reptiles, y no se localizó una hoja publicada equivalente para esas especies en el sitio de VISAR al 2026-08-11. Esas especies además están sujetas a controles de fauna y CITES que esta página no cubre.
- Lleve fotocopias. Las recomendaciones de la hoja piden viajar con uno o dos juegos de fotocopias por si alguna entidad las requiere, y el inciso c) obliga a entregar copia de cada certificado en la inspección.
- Perros desde Estados Unidos siguen esta misma ruta de ingreso; nuestro recorrido más antiguo de la logística del lado estadounidense está en traer tu perro a Guatemala desde EE.UU..
Fuentes
- Requisitos para el ingreso y egreso de mascotas (perros y gatos) a la República de Guatemala — Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA), Viceministerio de Sanidad Agropecuaria y Regulaciones (VISAR), Dirección de Sanidad Animal, Departamento de Protección y Sanidad Pecuaria. Cuadro No. 1 (incisos a, b, c), el encabezado de Estados Unidos, el encabezado de idioma extranjero, el Cuadro No. 2 (incisos a-d), el encabezado de los 30 días y las recomendaciones finales. maga.gob.gt — consultado el 2026-08-11 (PDF de 3 páginas).
- Guatemala integra requisitos para ingreso y egreso de perros y gatos como mascotas — comunicado del MAGA, 23 de abril de 2021. Fuente de la formulación “no menor a un mes y no mayor a un año” y de la atribución de la tarifa de inspección de USD 14.00 al Acuerdo Ministerial 114-2018. maga.gob.gt — consultado el 2026-08-11 (la página devolvió HTTP 403 a una solicitud directa y se leyó mediante un proxy de texto).
- Veterinary Health Certificate for Export of Dogs, Cats from the United States of America to Guatemala — Departamento de Agricultura de Estados Unidos, Animal and Plant Health Inspection Service (APHIS). Fuente de las tres atestaciones citadas arriba. aphis.usda.gov — consultado el 2026-08-11.
- Pet Travel From the United States to Guatemala — USDA APHIS. Fuente de la afirmación sobre el permiso de importación, del proceso de endoso VEHCS y del teléfono del MAGA 2413-7000 con horario de lunes a viernes de 08:00 a 16:30. aphis.usda.gov — consultado el 2026-08-11.
No publicado / no encontrado, al 2026-08-11: la hoja de requisitos del MAGA-VISAR no fija cuarentena, ni microchip, ni permiso de importación, ni titulación antirrábica, ni lista de vacunas felinas específicas, ni vigencia en días del certificado de salud para un gato que ingresa a Guatemala; esos requisitos están ausentes del instrumento que los fijaría. No se encontró tabla de rangos de peso detrás del calificador “de acuerdo al peso” de la tarifa de USD 14.00. No se localizó hoja de requisitos publicada por VISAR para especies distintas de perros y gatos. Las cifras de USD 14.00 y USD 6.25 las publica el MAGA en dólares estadounidenses; la hoja no imprime equivalente en quetzales.
Información general para viajeros y personas que se mudan, vigente al 2026-08-11, que reporta requisitos publicados por los instrumentos nombrados arriba. No es asesoría veterinaria ni legal. Los requisitos cambian y su aplicación corresponde a las autoridades guatemaltecas: confirme con el MAGA-VISAR (cuarentenaanimal@maga.gob.gt) y con su aerolínea antes de viajar. In English: Bringing a cat to Guatemala.
Preguntas Frecuentes
¿Puedo traer mi gato a Guatemala?
Sí, y los requisitos publicados son los mismos que aplican a los perros. El Viceministerio de Sanidad Agropecuaria y Regulaciones (VISAR) del MAGA publica una sola hoja, «Requisitos para el ingreso y egreso de mascotas (perros y gatos) a la República de Guatemala», que fija tres requisitos de ingreso: a) certificado de salud con sello y firma del médico veterinario en el ejercicio de su profesión; b) carnet de vacunación con sello y firma del médico veterinario; y c) inspección por parte del personal SEPA/OIRSA en cualquier punto de ingreso al país —aéreo, marítimo y terrestre—, donde se entrega copia de a) y b) y se cancelan USD 14.00 por cada mascota. (MAGA-VISAR, Requisitos para el ingreso y egreso de mascotas, Cuadro No. 1; consultado el 2026-08-11.)
¿Con cuánta anticipación debe aplicarse la vacuna antirrábica?
En un período no menor a 1 mes antes del viaje. La hoja de VISAR indica que la vacuna contra la rabia «debe ser aplicada en un período no menor a 1 mes antes del viaje» y que el carnet debe indicar su vigencia. El comunicado del propio MAGA de 2021 que anunció los requisitos para mascotas expresó la ventana como «un período no menor a un mes y no mayor a un año». El piso de un mes es la cifra impresa en la hoja de requisitos misma. (MAGA-VISAR, Cuadro No. 1 inciso b; comunicado del MAGA del 23 de abril de 2021; consultado el 2026-08-11.)
¿Un gatito necesita vacuna antirrábica para entrar a Guatemala?
La hoja escribe una excepción explícita: «Exceptuando Animales menores de 3 meses de edad». El certificado bilateral acordado entre Estados Unidos y Guatemala lleva la atestación equivalente: «The animals were vaccinated against rabies. Animals younger than 3 months of age were not vaccinated». Los otros dos requisitos —el certificado de salud y la inspección de SEPA/OIRSA— no llevan excepción por edad en la hoja. (MAGA-VISAR, Cuadro No. 1 inciso b; USDA APHIS, Veterinary Health Certificate for Export of Dogs, Cats from the United States of America to Guatemala; consultado el 2026-08-11.)
¿Cuánto cuesta ingresar un gato a Guatemala?
La única tarifa impresa en la hoja de ingreso del MAGA es la de inspección: «cancelar $14.00 (de acuerdo al peso) por cada mascota» —USD 14.00 por mascota, indicando que varía según el peso—. El comunicado del MAGA atribuye esa tarifa al Acuerdo Ministerial 114-2018. Los costos veterinarios, el endoso del USDA del lado estadounidense y los cargos de la aerolínea son aparte y no los fija el MAGA. No se encontró una cifra publicada del total, porque ningún organismo publica una. (MAGA-VISAR, Cuadro No. 1 inciso c; comunicado del MAGA del 23 de abril de 2021; consultado el 2026-08-11.)
¿Ponen a mi gato en cuarentena al llegar a Guatemala?
No aparece ninguna cuarentena en el instrumento que fija los requisitos de ingreso. La hoja del MAGA-VISAR enumera exactamente tres cosas —certificado de salud, carnet de vacunación e inspección de SEPA/OIRSA— y no menciona cuarentena, aislamiento, período de retención ni permiso de importación para mascotas. Eso es un silencio en la hoja de requisitos, no una garantía sobre cómo saldrá una inspección concreta: el inciso c) le da a SEPA/OIRSA la facultad de inspección en todo punto de ingreso. (MAGA-VISAR, Requisitos para el ingreso y egreso de mascotas; consultado el 2026-08-11.)
¿Mi gato necesita microchip para entrar a Guatemala?
No aparece requisito de microchip en la hoja de ingreso del MAGA-VISAR, ni en las atestaciones del certificado bilateral Estados Unidos-Guatemala. La hoja identifica al animal por descripción: el certificado de salud debe indicar «nombre, edad, sexo, raza, color y demás características físicas». El microchip sí se exige en la dirección contraria para perros que ingresan a Estados Unidos, que es otra regla fijada por otro organismo. (MAGA-VISAR, Cuadro No. 1 inciso a; consultado el 2026-08-11.)
¿Los documentos veterinarios en inglés deben traducirse al español?
Sí. La hoja de VISAR le dedica un encabezado propio: «PARA LA DOCUMENTACIÓN QUE CONTENGA INFORMACIÓN EN IDIOMA EXTRANJERO: Los documentos redactados en idioma extranjero deben ser vertidos al español». La hoja no especifica quién debe hacer la traducción ni si debe ser certificada. Usar el certificado bilateral Estados Unidos-Guatemala evita el problema, porque ese formulario se emite en ambos idiomas. (MAGA-VISAR, Requisitos para el ingreso y egreso de mascotas; consultado el 2026-08-11.)
Si mi gato se queda más de 30 días en Guatemala, ¿cambia algo al salir?
Sí, y es el requisito que más se pasa por alto. La hoja de VISAR tiene un encabezado dedicado: las mascotas que egresan de Guatemala después de 30 días, a partir del día de su ingreso, deberán gestionar un Certificado Sanitario de Exportación o un Certificado Zoosanitario Internacional de Exportación. Ese documento se tramita en la ventanilla de exportaciones del MAGA, ubicada en el edificio de AGEXPORT, 15 avenida 14-72 zona 13, teléfono 24223400, con un costo de USD 6.25, y debe presentarse en el punto de egreso. (MAGA-VISAR, Cuadro No. 2 incisos c y d, y el encabezado de los 30 días; consultado el 2026-08-11.)

