La Autorización de Licencia de Corridas de Toros ante la Gobernación Departamental es el trámite que permite organizar legalmente un espectaculo taurino en Guatemala — desde una corrida formal hasta jaripeos, novilladas o monta de toros en ferias patronales. La Gobernación lleva el control de licencias y vela por el orden publico durante el desarrollo de la actividad, conforme al Reglamento para las Corridas de Toros vigente desde 1923 y al artículo 28 de la Constitución.

Resumen rápido: Trámite ante la Gobernación Departamental. Costo: gratuito (Q0). Tiempo: 8 días habiles. Modalidad presencial. Resultado: licencia que autoriza el espectaculo taurino en el lugar y fecha solicitados.

Información verificada mayo 2026 con base en el Reglamento para las Corridas de Toros (12 de noviembre de 1923) y el artículo 28 de la Constitución Politica de la Republica de Guatemala.

Que Eventos Cubre Este Trámite

Aunque el nombre del trámite específica “corridas de toros”, en la practica las Gobernaciones Departamentales aplican esta licencia a un rango mas amplio de actividades taurinas comunes en ferias y celebraciones patronales:

  • Corrida formal — con toreros profesionales y suerte completa.
  • Novillada — con novillos jovenes y noveleros.
  • Jaripeo — monta de toros al estilo mexicano-guatemalteco.
  • Rodeo — competencias de habilidades vaqueras.
  • Monta de toros — exhibición sin matar animales.
  • Becerrada — con becerros, estilo aficionado.

Verifica con la Gobernación del departamento correspondiente que el tipo específico de evento que organizaras esta cubierto por esta licencia. En algunos casos pueden requerir trámites complementarios.


Requisitos para Obtener la Licencia

Según la información oficial publicada en tramites.gob.gt para la Gobernación Departamental de El Progreso (modelo aplicable a otras gobernaciones):

  1. Solicitud por escrito dirigida al Gobernador Departamental, indicando fecha, hora, lugar exacto, tipo de evento y datos completos del solicitante.
  2. Nombre del Juez de Lidia designado para presidir el espectaculo, con experiencia comprobada.
  3. Aval del Ministerio de Salud — autorización sanitaria del MSPAS sobre las condiciones del local (banos, agua, residuos).
  4. Autorización municipal sobre el aforo permitido del lugar donde se realizara la actividad, conforme al protocolo sanitario establecido por el Ministerio de Salud Publica y Asistencia Social.

Documentos adicionales recomendados

Aunque no esten formalmente listados, conviene preparar:

  • Permiso de la Municipalidad del lugar del evento (uso de vía publica si aplica)
  • Plano o croquis del recinto donde se desarrollara el evento
  • Lista de toreros, picadores y banderilleros con sus respectivos colegiados o registros
  • Plan de seguridad (control de acceso, primeros auxilios, paramedicos)
  • Constancia de seguro de responsabilidad civil (recomendado para grandes eventos)
  • Constancia de licencia ambiental MARN si aplica por el tamaño del evento

Pasos del Trámite

Paso 1 — Descargar el formulario oficial

Algunas Gobernaciones publican el formulario en su sitio. Por ejemplo, la Gobernación Departamental de El Progreso lo tiene en su página (formulario GDP-FE-08-2022). Si no esta disponible online en tu departamento, redacta la solicitud en papel simple respetando los requisitos del Reglamento.

Paso 2 — Obtener autorización municipal de aforo

Acude a la municipalidad donde se realizara el evento y solicita la autorización de aforo del lugar. Es uno de los requisitos formales y sin ella la Gobernación no aprueba la licencia.

Paso 3 — Obtener aval del Ministerio de Salud

Solicita el aval sanitario al MSPAS local (Distrito de Salud del área). En periodos de alerta sanitaria, este aval puede incluir aforo reducido, distanciamiento y protocolos adicionales.

Paso 4 — Designar Juez de Lidia

Nombra al Juez de Lidia que presidira la corrida. Su nombre debe constar en la solicitud, junto con datos de contacto y experiencia comprobada.

Paso 5 — Integrar el expediente

Reune: solicitud firmada, autorización municipal de aforo, aval sanitario, designación del Juez de Lidia y documentos complementarios (DPI del solicitante, plano del recinto, plan de seguridad).

Paso 6 — Presentar en Gobernación Departamental

Acude personalmente a la Gobernación Departamental del departamento donde se realizara el evento. Te entregan número de expediente y constancia de recepción.

Paso 7 — Revisión del expediente

La Gobernación revisa el expediente. Si hay observaciones, te notifican para subsanar antes de continuar.

Paso 8 — Resolución y emisión de licencia

Si todo esta en orden, la Gobernación emite la resolución de autorización y la licencia correspondiente. Plazo oficial: 8 días habiles.

Paso 9 — Archivo del expediente

La Gobernación archiva el expediente y mantiene registro de las licencias emitidas para control y supervisión durante el evento.


Costo y Tiempo

ConceptoMonto
Trámite ante GobernaciónGratuito (Q0)
Autorización municipal de aforoVariable (según municipio)
Aval del Ministerio de SaludGeneralmente gratuito
Honorarios Juez de LidiaPrivado, según acuerdo
Tiempo oficial8 días habiles

Como Aplicar: Recomendaciones Practicas

  1. Inicia con 30 días de anticipación — aunque el plazo oficial sea 8 días, las dependencias colaterales (municipal, salud) pueden tomar tiempo.
  2. Coordina con el alcalde local — en muchos municipios la corrida es parte de la feria patronal y la municipalidad colabora con el alcalde auxiliar.
  3. Tipo de animales: Si los toros vienen de fuera del departamento, asegurate de tener constancia de movilización ganadera ante MAGA-VISAR.
  4. Seguridad: Aunque no este listado como requisito, contar con paramedicos y seguridad privada reduce el riesgo de que la Gobernación suspenda el evento por incidentes.
  5. Bienestar animal: El movimiento contra la tauromaquia ha aumentado a nivel municipal. Verifica si la municipalidad tiene ordenanza local que restrinja o prohiba corridas formales (algunas municipalidades urbanas las han prohibido).
  6. Ferias patronales: Si el evento es parte de una feria patronal oficial, el Comite de Feria suele tramitar licencias colectivas que cubren multiples actividades.

Gobernaciones Departamentales

El trámite se realiza en la Gobernación del departamento donde se desarrollara el evento. Las 22 Gobernaciones son:

Alta Verapaz · Baja Verapaz · Chimaltenango · Chiquimula · El Progreso · Escuintla · Guatemala · Huehuetenango · Izabal · Jalapa · Jutiapa · Peten · Quetzaltenango · Quiche · Retalhuleu · Sacatepequez · San Marcos · Santa Rosa · Solola · Suchitepequez · Totonicapan · Zacapa.


Trámites Relacionados


Enlaces Oficiales


Las corridas de toros y actividades taurinas son una tradición arraigada en muchas ferias patronales guatemaltecas. El trámite ante la Gobernación no es un obstaculo: es la garantía de que el evento se desarrolla con respaldo legal, control sanitario y orden publico — protegiendo tanto al organizador como al publico asistente.