2027 ya tiene la mayoría de sus feriados fijados por ley. El artículo 127 del Código de Trabajo dice qué días son de asueto pagado, año tras año, y lo único que cambia es el día de la semana en que caen —y Semana Santa, que se mueve con la luna—. Lo que todavía no existe son los calendarios oficiales que se publican cada año: el escolar del MINEDUC y el bancario. Esta página separa las dos cosas.

Resumen rápido: En 2027 los asuetos del Código de Trabajo caen así: 1 de enero, viernes; Semana Santa del jueves 25 al sábado 27 de marzo; 1 de mayo, sábado; 30 de junio, miércoles —que por la regla del Decreto 19-2018 se gozaría el lunes 28 de junio—; 15 de septiembre, miércoles; 20 de octubre, miércoles; 1 de noviembre, lunes; 24 de diciembre (desde mediodía) y 31 de diciembre (desde mediodía), viernes; y 25 de diciembre, sábado. El 1 de mayo y el 20 de octubre no se corren a lunes. A la lista se suma el día de la festividad de cada localidad. Aún no están publicados el calendario escolar 2027 del sector público ni el calendario bancario 2027.

Los asuetos de 2027 que fija la ley

La lista sale del artículo 127 del Código de Trabajo, que dice: «Son días de asueto con goce de salario para los trabajadores particulares: el 1o. de enero; el Jueves, Viernes y Sábado Santos; el 1o. de mayo, el 30 de junio, el 15 de septiembre, el 20 de octubre, el 1o. de noviembre, el 24 de diciembre, mediodía, a partir de las doce horas, el 25 de diciembre, el 31 de diciembre, mediodía, a partir de las doce horas, y el día de la festividad de la localidad.»

Esas fechas no cambian. Lo que calculamos para 2027 es el día de la semana, y la Semana Santa a partir del Domingo de Resurrección, que en 2027 cae el 28 de marzo.

Asueto (Código de Trabajo, art. 127)Fecha 2027Día¿Se corre a lunes?
Año Nuevo1 de eneroviernesNo — está exceptuado en el Decreto 19-2018
Jueves Santo25 de marzojuevesNo — exceptuado
Viernes Santo26 de marzoviernesNo — exceptuado
Sábado Santo27 de marzosábadoSin fuente que lo diga: no está entre las excepciones del Decreto 19-2018, y el calendario bancario de 2026 no marcó asueto el lunes 6 de abril, después de Pascua
Día del Trabajo1 de mayosábadoNo — la Corte de Constitucionalidad lo sacó del corrimiento en 2020
30 de junio30 de juniomiércolesSí, por regla: lunes 28 de junio
Independencia15 de septiembremiércolesNo — exceptuado
Día de la Revolución20 de octubremiércolesNo — la Corte de Constitucionalidad lo sacó del corrimiento en 2020
Todos los Santos1 de noviembrelunesNo — exceptuado, y ya es lunes
Nochebuena (desde las 12:00)24 de diciembreviernesNo — exceptuado
Navidad25 de diciembresábadoNo — exceptuado
Fin de año (desde las 12:00)31 de diciembreviernesNo — exceptuado
Festividad de la localidadSegún cada municipioNo — exceptuado

Los días de la semana y las fechas de Semana Santa son cálculo de calendario; la lista de asuetos y las reglas de corrimiento son de la ley. Para 2026 y el conteo de días que faltan para el próximo asueto, vea feriados de Guatemala 2026.

El 30 de junio de 2027: por qué se correría al lunes 28

El Decreto 19-2018 reformó la Ley que Promueve el Turismo Interno para mover ciertos asuetos a lunes. Su regla, en el texto publicado por el Congreso, es esta: cuando el asueto «coincida en dia martes o miércoleS, se gozará el día lunes inmediato anterior, si ocurriere en dfa Jueves, viernes, sábado o domingo, se gozará el día lunes inmediato siguiente» (las erratas son de la capa de texto del PDF que publica el Congreso). Y la ley dice a qué días se aplica: el uno de mayo, el treinta de junio, el veinte de octubre y los descansos establecidos en otras leyes.

En 2027 el 30 de junio cae miércoles, así que la regla lo lleva al lunes 28 de junio. Hay un precedente directo: en 2026 el 30 de junio cayó martes, y el calendario de asuetos del sistema bancario aprobado por la Junta Monetaria lo pasó al lunes 29, anotando que correspondía al 30 de junio.

Lo que no podemos decirle todavía es que ya esté anunciado para 2027: el calendario oficial de ese año no está publicado. Es lo que dice la regla, no un anuncio.

El 1 de mayo y el 20 de octubre no se mueven

La reforma de 2018 también incluía el 1 de mayo y el 20 de octubre, pero esa parte no sobrevivió. La Hora informó en abril de 2020 que la Corte de Constitucionalidad «resolvió declarar inconstitucionalidad general parcial a la Ley que Promueve el Turismo Interno», con lugar la acción contra las expresiones “uno de mayo” y “veinte de octubre” del Decreto 19-2018. Según la parte de la resolución que citó ese diario, «se deberá entender que los asuetos del uno de mayo y del veinte de octubre también están incluidos dentro de las excepciones que efectúa el tercer párrafo del artículo 2 del Decreto 42-2010 del Congreso de la República».

Así se comportó el calendario bancario de 2026: dejó el 1 de mayo en viernes y el 20 de octubre en martes, sin correrlos. En 2027 el 1 de mayo es sábado y el 20 de octubre, miércoles, y se quedan en esos días.

Qué fechas de 2027 caen en fin de semana

  • Sábado 27 de marzo (Sábado Santo, que siempre cae sábado)
  • Sábado 1 de mayo (Día del Trabajo)
  • Domingo 15 de agosto — no es asueto nacional; en 2026 el calendario bancario lo aplicó solo a la ciudad capital
  • Sábado 25 de diciembre (Navidad)

¿Se pierde el día? El Código de Trabajo no traslada el asueto; lo que sí dice, en el mismo artículo 127, es que «El patrono esta obligado a pagar el día de descanso semanal, aún cuando en una misma semana coincidan uno o más días de asueto, y así mismo cuando coincidan un día de asueto pagado y un día de descanso semanal.» Si a usted le toca trabajar un día de asueto en una empresa de trabajo continuo, el artículo 128 manda pagar ese tiempo computándolo como trabajo extraordinario.

Semana Santa 2027

El Domingo de Resurrección de 2027 es el 28 de marzo, así que:

DíaFecha 2027¿Asueto por ley?
Miércoles Santo24 de marzoEn 2026 el calendario bancario lo marcó como medio día por la tarde; no está en el artículo 127
Jueves Santo25 de marzo
Viernes Santo26 de marzo
Sábado Santo27 de marzoSí (artículo 127)
Domingo de Resurrección28 de marzoEs domingo

La fecha ya está en un documento oficial: el Acuerdo Ministerial 3149-2026 del MINEDUC, que fija el calendario 2026-2027 de los colegios con plan internacional, pone el “Asueto de Semana Santa” del 22 al 28 de marzo de 2027. Para las procesiones y las alfombras, vea nuestra guía de Semana Santa en Guatemala.

Una nota sobre el miércoles: el Decreto 19-2018 menciona entre sus excepciones el medio día del miércoles santo, y en 2026 el calendario bancario lo marcó como medio día por la tarde. No es un asueto del artículo 127 para los trabajadores particulares.

Lo que todavía no está publicado para 2027

CalendarioEstado al 22 de septiembre de 2026
Calendario escolar 2027 del MINEDUC, sector públicoNo publicado. La página oficial del MINEDUC lista solo los acuerdos del ciclo 2026 y el de plan internacional 2026-2027
Calendario escolar 2027 de colegios privados, por cooperativa y municipalesNo publicado
Calendario de plan internacional 2026-2027Publicado: Acuerdo Ministerial 3149-2026
Calendario de asuetos bancarios 2027 (SIB / Junta Monetaria)No lo encontramos; el sitio de la Superintendencia de Bancos bloquea las lecturas automáticas, así que tampoco podemos descartarlo
Días de feria de cada municipioLos fija la costumbre y cada municipalidad; vea el calendario de ferias

El de 2026 del MINEDUC salió en el Diario de Centro América el 22 de diciembre de 2025, y si se repite ese patrón, el de 2027 saldría hacia fin de año; las fechas del ciclo escolar vigente están en el calendario escolar MINEDUC.

Días que no están en el Código de Trabajo, pero que cierran algo. El calendario bancario de 2026 cerró los bancos en dos fechas a nivel nacional que no son asueto del artículo 127: el Día del Empleado Bancario (viernes 26 de junio, que correspondía al 1 de julio) y el Día de la Raza (lunes 12 de octubre). Y dejó el Día de la Madre, 10 de mayo, sujeto a la disposición de cada entidad, citando el Decreto 1794. Si esos días se repiten en 2027 lo dirá el calendario bancario de ese año; en 2027 el 10 de mayo cae lunes.

El día de la feria de su municipio

El último asueto del artículo 127 no tiene fecha nacional: es «el día de la festividad de la localidad». Cada municipio tiene la suya. Algunas con fecha propia en nuestro sitio: la feria de Jalapa, la de Santa Cruz del Quiché y la de Escuintla. El resto está en el calendario de ferias por departamento.

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Preguntas Frecuentes

¿Cuáles son los feriados de Guatemala en 2027?

Los que fija el artículo 127 del Código de Trabajo: 1 de enero (viernes), Jueves, Viernes y Sábado Santos (25, 26 y 27 de marzo), 1 de mayo (sábado), 30 de junio (miércoles), 15 de septiembre (miércoles), 20 de octubre (miércoles), 1 de noviembre (lunes), 24 de diciembre desde el mediodía (viernes), 25 de diciembre (sábado), 31 de diciembre desde el mediodía (viernes) y el día de la festividad de cada localidad.

¿Cuándo es Semana Santa 2027?

El Domingo de Resurrección de 2027 cae el 28 de marzo, así que los asuetos del Código de Trabajo son el Jueves Santo 25, el Viernes Santo 26 y el Sábado Santo 27 de marzo. El Ministerio de Educación ya fijó el asueto de Semana Santa del 22 al 28 de marzo de 2027 para los colegios que trabajan con plan internacional.

¿El 30 de junio de 2027 se corre al lunes?

Por la regla del Decreto 19-2018, sí: cuando el asueto cae martes o miércoles se goza el lunes anterior, y el 30 de junio de 2027 es miércoles, así que correspondería al lunes 28 de junio. En 2026 el calendario bancario aprobado por la Junta Monetaria sí aplicó ese corrimiento. El calendario oficial de 2027 todavía no está publicado, así que es la regla, no un anuncio.

¿El 1 de mayo y el 20 de octubre también se corren a lunes?

No. La reforma de 2018 los incluía, pero según reportó La Hora en abril de 2020, la Corte de Constitucionalidad declaró con lugar una inconstitucionalidad contra las expresiones uno de mayo y veinte de octubre, y ordenó entenderlos entre las excepciones. En 2026 el calendario bancario los dejó en su fecha. En 2027 el 1 de mayo cae sábado y el 20 de octubre, miércoles.

¿Qué pasa si un asueto cae en sábado o domingo?

El artículo 127 del Código de Trabajo obliga al patrono a pagar el día de descanso semanal aunque coincida con un asueto pagado. No dice que el asueto se traslade a otro día. En 2027 caen en sábado el Sábado Santo (27 de marzo), el 1 de mayo y el 25 de diciembre; el 15 de agosto, que no es asueto nacional, cae domingo.

¿Ya salió el calendario oficial de 2027?

Al 22 de septiembre de 2026 no encontramos publicados ni el calendario escolar 2027 del Ministerio de Educación para el sector público y los colegios privados, ni el calendario de asuetos bancarios de 2027. El de plan internacional sí existe, porque ese ciclo va de 2026 a 2027. Esta página se actualiza cuando salgan.