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Registro de Productos Formulados — MAGA VISAR
→ Iniciar trámite en MAGA 📞 Llamar 1557
Antes de hacer clic, tené listo:
  • 📄 Empresa inscrita ante MAGA como fabricante/formulador/importador con NIT/RTU activo
  • 👨‍🌾 Ingeniero Agrónomo regente colegiado activo (firma + timbre obligatorios)
  • 🌍 Certificado de origen y libre venta + composición + análisis del fabricante (legalizados/apostillados)
  • 🧪 Dossier técnico completo según RTCA 65.05.67:18: identidad química, fisicoquímica, toxicología, residuos, ecotoxicología, eficacia
  • 🏷 Arte de etiqueta y panfleto según RTCA
💰 Arancel oficial: Q0 · ⏱ Tiempo: 8 meses · 🆔 Verificado: Mayo 2026 (VISAR operativo)

El Registro de Productos Formulados es el certificado del VISAR/MAGA que autoriza la fabricación, formulación local, importación, distribución y comercialización en Guatemala de plaguicidas químicos formulados de uso agrícola — herbicidas, insecticidas, fungicidas, nematicidas, acaricidas, reguladores de crecimiento. Es trámite obligatorio bajo el RTCA 65.05.67:18 y previo a cualquier importación o venta comercial del producto.

Resumen: Q0 de arancel oficial. Trámite presencial-en-línea en VISAR/MAGA bajo el RTCA 65.05.67:18. 8 meses por el análisis científico del expediente. Registro válido por 10 años. Necesitás empresa inscrita ante MAGA, NIT/RTU, Ingeniero Agrónomo regente, dossier técnico completo y arte de etiqueta según RTCA.

Aplica a: empresas fabricantes, formuladoras, importadoras y comercializadoras de plaguicidas químicos formulados — herbicidas (glifosato, paraquat, atrazina), insecticidas (clorpirifos, abamectina, imidacloprid), fungicidas (mancozeb, clorotalonil, propiconazol), nematicidas, acaricidas, reguladores de crecimiento. También cubre ingrediente activo grado técnico, coadyuvantes y vehículos físicos.

¿Qué es este trámite?

El VISAR del MAGA evalúa el plaguicida químico formulado bajo el Reglamento Técnico Centroamericano (RTCA) 65.05.67:18 — el estándar armonizado SICA para registrar plaguicidas químicos en Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Panamá. Esta armonización significa que un dossier preparado para Guatemala, con ajustes menores, sirve para registro en los otros países centroamericanos.

ConceptoDetalle
Tipo de productoPlaguicidas químicos formulados de uso agrícola
ResultadoCertificado de Registro
Vigencia10 años, renovable
Marco legalDecreto 5-2010 + Acuerdo Gubernativo 343-2010 + RTCA 65.05.67:18
Plazo oficial8 meses (por análisis científico de cada expediente)

El RTCA 65.05.67:18 cubre cuatro categorías distintas, cada una con sus propios requisitos técnicos:

  1. Ingrediente Activo Grado Técnico (IAT) — la sustancia química pura usada por formuladores para producir productos terminados
  2. Plaguicidas Químicos Formulados — el producto comercial terminado (tarjeta para el agricultor)
  3. Coadyuvantes — surfactantes, dispersantes, adherentes que mejoran la aplicación
  4. Vehículos Físicos — cargas inertes, soportes para gránulos, diluyentes

¿Quién lo necesita?

Estás obligado a registrar el producto formulado si tu empresa:

  • 🏭 Fabrica plaguicidas químicos formulados en Guatemala (planta formuladora local)
  • 🚢 Importa plaguicidas químicos formulados terminados desde el exterior
  • 🧪 Formula plaguicidas a partir de ingrediente activo grado técnico (importado o local)
  • 📦 Distribuye o comercializa plaguicidas formulados a otras empresas o agricultores
  • 🏷 Re-empaca o re-etiqueta producto a granel para venta al mercado guatemalteco

Producto que NO va por este trámite:


Requisitos completos

El RTCA 65.05.67:18 define el dossier en parte administrativa y parte técnica detallada. La estructura es la más exigente del marco regulatorio guatemalteco para plaguicidas. Confirmá la lista vigente en el portal del VISAR antes de armar el expediente.

PARTE ADMINISTRATIVA:

  • Solicitud oficial firmada por representante legal y regente, con timbre del Ingeniero Agrónomo
  • Certificado de libre venta o registro del producto en el país de origen, emitido por la Autoridad Nacional Competente (legalizado/apostillado)
  • Certificado de composición Cualitativa-Cuantitativa del producto formulado emitido por el fabricante (% m/m o m/v del ingrediente activo, lista completa de aditivos e inertes)
  • Certificado de análisis del producto formulado (lote referencia)
  • Hoja de Datos de Seguridad (MSDS/SDS) en formato GHS, en español o con traducción jurada
  • Carta de uso de datos (Letter of Access) si la empresa solicitante no es el fabricante directo

PARTE TÉCNICA — Identidad y propiedades:

  • Nombre químico (IUPAC), CAS, fórmula molecular, peso molecular del ingrediente activo
  • Tipo de formulación (EC, SC, WP, WG, GR, ULV, etc.) según código FAO
  • Propiedades físicas y químicas: pH, densidad, viscosidad, punto de inflamación, miscibilidad, estabilidad
  • Composición cuantitativa completa

PARTE TÉCNICA — Toxicología:

  • Toxicidad aguda en mamíferos: DL50 oral, dérmica, inhalación
  • Irritación dérmica y ocular
  • Sensibilización dérmica
  • Estudios subagudos cuando aplique
  • Síntomas de intoxicación, primeros auxilios, antídotos

PARTE TÉCNICA — Ecotoxicología:

  • Toxicidad en aves, peces, abejas, organismos del suelo
  • Comportamiento en suelo y agua
  • Persistencia y degradación

PARTE TÉCNICA — Residuos y eficacia:

  • Datos de residuos en cultivos
  • Intervalo de seguridad pre-cosecha
  • Estudios de eficacia agronómica para los usos declarados

PARTE TÉCNICA — Otros:

  • Métodos analíticos validados para cuantificar el ingrediente activo en el producto formulado
  • Envases (material, capacidad, sistema de cierre)
  • Arte de etiqueta y panfleto según los requisitos del RTCA 65.05.67:18 (banda de toxicidad, pictogramas, dosis por cultivo y plaga, restricciones, primeros auxilios)

Documentos institucionales adicionales:

  • Constancia de empresa inscrita ante MAGA como fabricante/importador/formulador
  • NIT/RTU SAT al día
  • Patente de comercio del Registro Mercantil (personas jurídicas)

Proceso paso a paso

  1. Inscribí la empresa ante MAGA primero. Empresa fabricante/importadora/formuladora debe estar inscrita ante VISAR antes de poder registrar productos. Trámite previo separado.

  2. Contactá al Ingeniero Agrónomo regente. Su firma, timbre y responsabilidad técnica están en cada hoja del expediente. Sin regente activo no se procesa nada.

  3. Reuní la parte administrativa con el fabricante. Pedí al fabricante (o casa matriz) certificado de libre venta, composición, análisis y MSDS. Estos documentos suelen tardar 4-12 semanas legalizados/apostillados desde el exterior — empezá temprano.

  4. Compilá la parte técnica completa. Si el fabricante ya tiene el dossier internacional (estilo Annex II EU o EPA) bajo carta de uso, mucho se reutiliza. Si no, hay que generar estudios desde cero — costo y tiempo significativos.

  5. Diseñá la etiqueta y panfleto según el RTCA. El formato es estricto — banda de toxicidad por color (rojo/amarillo/azul/verde), pictogramas GHS, frases R y S, dosis por cultivo y plaga, intervalo de seguridad, restricciones, primeros auxilios.

  6. Descargá y llená el formulario oficial. Disponible en visar.maga.gob.gt/?page-id=6215. Llenálo a computadora, imprimílo y firmálo el representante legal y el regente con timbre.

  7. Adquirí timbres del Ingeniero Agrónomo. Se compran en el Colegio de Ingenieros Agrónomos.

  8. Presentá el expediente en VISAR. Entregá la solicitud con los requisitos en la Oficina de Servicio al Usuario (OSU) del VISAR/MAGA. Te entregan contraseña con número de expediente.

  9. Atendé observaciones técnicas. El equipo técnico (multidisciplinario: químico, toxicólogo, agrónomo, ecotoxicólogo) revisa el expediente científicamente. Cada ronda de observaciones suma 30-90 días.

  10. Espera de aprobación. Plazo oficial de 8 meses. En la práctica, productos nuevos llevan 10-18 meses; productos genéricos con dossier completo, 8-12 meses.

  11. Recogé el certificado. En la Ventanilla de la OSU con tu contraseña y DPI del representante legal o regente.


Costo y tiempo

ConceptoDetalle
Arancel oficial MAGAQ0 (sin pago directo al MAGA por el certificado)
Timbre Ingeniero AgrónomoVariable según tarifa colegial vigente
Vigencia del registro10 años (renovable antes del vencimiento)
Tiempo oficial8 meses (con expediente sin observaciones)
Tiempo realista10 a 18 meses para nuevos productos

Costos no oficiales del expediente:

  • Estudios toxicológicos completos (si no los provee el fabricante): Q60,000-Q200,000 por el set en laboratorio reconocido
  • Estudios de ecotoxicología y residuos: Q30,000-Q100,000
  • Métodos analíticos validados (5-batch analysis): Q10,000-Q30,000
  • Honorarios del regente: Q5,000-Q20,000 por expediente
  • Traducciones juradas de certificados extranjeros: Q1,500-Q5,000
  • Diseño de etiqueta + panfleto + revisión regulatoria: Q2,500-Q8,000

Tip de presupuesto: Para una empresa que importa el producto con todos los estudios del fabricante completos y solo paga gestión local + traducciones + diseño de etiqueta, el costo realista del primer registro está entre Q25,000 y Q60,000. Si hay que generar estudios completos desde cero, el costo puede llegar a Q150,000-Q400,000+.


Errores comunes / qué hacer si te rechazan

Las cinco causas más frecuentes de observación o rechazo:

  1. Etiqueta no cumple RTCA 65.05.67:18. Banda de toxicidad incorrecta, pictogramas GHS faltantes, dosis no respaldada por estudios de eficacia, intervalo de seguridad omitido.
  2. Composición incompleta o ambigua. El certificado del fabricante debe declarar todos los componentes — activos e inertes con CAS y porcentaje. “Inertes 70%” sin desglose se rechaza.
  3. Estudios toxicológicos viejos o de otra formulación. DL50 con más de 5 años o de la misma molécula pero formulación distinta no son aceptables.
  4. Datos de eficacia insuficientes. Reclamar uso en “todos los cultivos” sin datos por cultivo y dosis genera observación masiva.
  5. Empresa no registrada o regente vencido. Si la empresa no completó su inscripción previa o si el regente perdió colegiación activa, el expediente se devuelve sin tramitar.

Si te emiten observaciones:

  • Recibís oficio con detalle puntual de cada observación
  • Tenés un plazo (normalmente 30-90 días) para subsanar
  • Volvés a presentar el expediente corregido
  • El reloj no se reinicia, pero observaciones reiteradas pueden cerrar el expediente

Recomendación: Antes de presentar oficialmente, hacé una revisión técnica privada con un consultor regulatorio experimentado en VISAR (Q5,000-Q15,000). Te identifica los huecos antes que el equipo técnico del MAGA y te ahorra meses.


  • Decreto 5-2010 — Ley de Registro de Productos Agroquímicos: define qué productos requieren registro, las competencias del MAGA-VISAR, las sanciones por incumplimiento, y la potestad de inspección y muestreo.
  • Acuerdo Gubernativo 343-2010 — Reglamento de la Ley de Registro de Productos Agroquímicos: detalla los procedimientos administrativos, plazos, requisitos y sanciones aplicables.
  • RTCA 65.05.67:18 — Ingrediente Activo Grado Técnico, Plaguicidas Químicos Formulados, Sustancias Afines, Coadyuvantes y Vehículos Físicos de Uso Agrícola: reglamento técnico armonizado del SICA con todos los requisitos para etiquetas, panfletos, parte administrativa y parte técnica del dossier.

Comercializar un plaguicida formulado sin registro vigente o con registro vencido es infracción al Decreto 5-2010 y al RTCA y puede acarrear:

  • Decomiso del producto en el punto de venta
  • Multa administrativa según gravedad
  • Suspensión del registro de empresa ante MAGA
  • En reincidencia: cancelación del registro y reporte a Ministerio Público

Trámites relacionados


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