- 📄 NIT activo en regimen Pequeño Contribuyente
- ✅ Habilitación FEL ya solicitada
- 🧾 Certificador FEL elegido (SAT-FEL gratis o privado)
- 📊 Datos del cliente — NIT y nombre
- 💵 Monto a facturar (IVA 5% incluido)
La Factura Especial del Pequeño Contribuyente es el documento tributario electrónico que emiten los contribuyentes inscritos en el regimen simplificado de la SAT — aquellos con ingresos anuales hasta Q500,285 (el tope 2026, equivalente a 125 salarios mínimos mensuales no agrícolas). Lleva tasa fija del 5% sobre el monto facturado y se emite vía FEL (Factura Electrónica en Línea).
Resumen rápido Factura Especial: Para Pequeños Contribuyentes (≤Q500,285/año en 2026; el tope se actualiza con el salario mínimo, no es fijo). Tasa 5% ya incluida en el precio. Se emite electronicamente vía FEL. NO genera crédito fiscal al comprador. Habilitación previa en Agencia Virtual SAT. Sanción por omitir: Q200-Q500 por factura.
Que es la Factura Especial?
La Factura Especial es un Documento Tributario Electrónico (DTE) emitido por contribuyentes del regimen de Pequeño Contribuyente en sus operaciones de venta de bienes o prestación de servicios. Esta diferenciada de la Factura Electrónica regular del Regimen General porque:
- Tasa fija 5% sobre el monto total (ya incluido en el precio facturado)
- NO genera crédito fiscal para el comprador
- Sustituye al IVA del 12% y al pago de ISR de las operaciones del Pequeño Contribuyente
- Es definitiva — no se declara mensualmente como el IVA del Regimen General
El 5% que el Pequeño Contribuyente paga sobre sus ingresos brutos reemplaza tanto al IVA (12% normal) como al ISR (5%, 7% o 25% según regimen). Es el regimen mas simple del sistema tributario guatemalteco — pensado para microempresarios y profesionales con facturación baja.
Aprende mas sobre el regimen Pequeño Contribuyente →
Quien Emite Factura Especial?
| Caso | Aplica Factura Especial |
|---|---|
| Contribuyente inscrito en regimen Pequeño Contribuyente | Si — siempre |
| Profesional independiente con ingresos <Q500,285/año | Si — si esta en este regimen |
| Microempresa de venta al detalle | Si — si esta inscrita así |
| Negocio online con ventas <Q500,285 | Si — si esta inscrito así |
| Contribuyente Regimen General de ISR | No — emite Factura Electrónica regular |
| Contribuyente exento (ONGs, organismos internacionales) | No — emite constancia de exención |
| Vendedor ocasional sin NIT registrado | No — debe inscribirse primero |
Diferencia entre Factura Especial y Factura Electrónica FEL Regular
| Caracteristica | Factura Especial (PC) | Factura Electrónica FEL (RG) |
|---|---|---|
| Regimen aplicable | Pequeño Contribuyente | Regimen General |
| Tope de ingresos | Hasta Q500,285/año (2026) | Sin tope |
| Tasa | 5% sobre monto facturado | 12% IVA + ISR aparte |
| Incluida en precio | Si | Si |
| Crédito fiscal para comprador | NO | Si (12%) |
| Declaración mensual | No (pago en cada operación) | Si (formulario SAT-2237 IVA) |
| Declaración anual ISR | No | Si (anual ISR) |
| Plataforma de emisión | FEL (Pequeño Contribuyente) | FEL (Factura Electrónica) |
| Costo emisión | Gratis con SAT-FEL | Gratis con SAT-FEL |
| Limite de uso | Solo operaciones gravadas | Todas las operaciones |
Importante: Ambos documentos se emiten por la misma plataforma FEL, pero son DTEs distintos. El sistema reconoce automáticamente cual emitir según tu regimen inscrito en SAT.
Como Emitir Factura Especial Paso a Paso
Paso 1: Habilitar FEL (Una Sola Vez)
Antes de emitir tu primera factura debes habilitar tu regimen FEL:
- Ingresa a portal.sat.gob.gt/portal/agencia-virtual con CUI/NIT
- Navega a “FEL” → “Inscripción como Emisor Electrónico”
- Selecciona certificador FEL: SAT-FEL (gratis) o privado (Megaprint, FEL.gt, Bsign — Q50-Q300/mes)
- Genera certificado digital que firma cada DTE
- Emite DTE de prueba y validalo en pre-producción
- Activa modo producción — listo para emitir facturas reales
Mas detalles: Habilitación FEL paso a paso.
Paso 2: Emitir Cada Factura
- Abre tu sistema FEL (portal SAT-FEL, o app de tu certificador)
- Crea nuevo DTE tipo “Factura Especial”
- Ingresa datos del cliente: NIT (o “CF” para consumidor final) y nombre
- Detalla bienes/servicios: descripción, cantidad, precio unitario
- Confirma el total — el sistema calcula automáticamente el 5%
- Firma electronicamente y certifica
- Envia al cliente por correo, WhatsApp o como PDF/XML
- La copia queda automáticamente en SAT FEL — no se debe presentar adicional
Paso 3: Pagar el Impuesto
A diferencia del Regimen General que paga IVA mensual, el Pequeño Contribuyente paga el 5% al declarar el ingreso en Agencia Virtual SAT — generalmente mensual o trimestral según lo configurado. El sistema FEL ya tiene registradas todas tus facturas; solo debes confirmar el total y pagar el 5% en línea vía Declaraguate o BI/Banrural.
Costo y Tiempo
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Habilitación FEL | Gratis (Q0) |
| Certificador SAT-FEL | Gratis (Q0) |
| Certificador privado (opcional) | Q50-Q300 mensuales según proveedor |
| Emisión por factura | Gratis (Q0) — incluido en habilitación |
| Impuesto sobre venta | 5% del monto (ya incluido en precio) |
| Tiempo de emisión | 1-3 minutos por factura |
| Tiempo de habilitación FEL inicial | 1-3 días habiles |
Sanción por No Emitir Factura Especial
Si no emites Factura Especial cuando debes:
- Multa Q200-Q500 por cada documento omitido (Código Tributario Art. 94)
- Pago del 5% omitido con intereses moratorios (tasa SAT trimestral)
- Posible determinación de oficio — la SAT puede estimar tus ingresos en base a cuentas bancarias, transferencias, o reportes de terceros
- Calificación de defraudación tributaria si la omisión es sistematica — multa 100-200% del impuesto omitido
- Bloqueo de solvencia fiscal — afecta trámites bancarios, contratos, gestiones
Si has dejado de emitir facturas por desconocimiento, contacta gestor o llama línea SAT 1550 para regularizar antes de que la SAT detecte la omisión. La autodeclaración voluntaria reduce sanciones.
Casos Especiales
Ventas a Consumidor Final (Sin NIT)
Cuando vendes a alguien sin NIT (consumidor final), emites la factura con NIT “CF” (consumidor final). Es válido y no afecta tu obligación tributaria. El cliente recibe el PDF/XML pero no puede deducirla en ninguna declaración (no tiene NIT).
Ventas a Empresas con NIT
Si vendes a una empresa del Regimen General, ella no puede deducir el 5% como crédito fiscal (la Factura Especial no genera crédito IVA). Sin embargo, puede deducir el gasto en su declaración de ISR. Esto significa que tu factura es contable pero no fiscalmente igual a una factura del Regimen General.
Exceder Q500,285 Anuales
Si superas el tope de Q500,285 (2026) debes cambiar al Regimen General antes del 31 de enero del siguiente año:
- Solicita cambio de regimen tributario en Agencia Virtual
- Reinicia FEL con el nuevo regimen (Factura Electrónica regular al 12% IVA)
- Comienza a presentar declaraciones mensuales de IVA
- Presenta tu primer ISR anual del ejercicio siguiente
Si no haces el cambio, la SAT puede detectar el exceso por cruce FEL y forzar el cambio de oficio, con multas adicionales.
Anulación de Factura
Si emites una factura con error (monto, NIT, datos del cliente):
- Emite Nota de Crédito Electrónica (NCE) por el monto total de la factura erronea
- Emite nueva factura correcta
- Ambos documentos quedan vinculados en FEL para auditoria
No se puede simplemente eliminar una factura emitida — el sistema FEL es inmutable.
Preguntas Frecuentes
“Soy profesional independiente. Puedo ser Pequeño Contribuyente?”
Si, si tus ingresos anuales son menores a Q500,285 (tope 2026). Muchos profesionales en inicio de carrera (recien graduados, freelancers part-time) usan este regimen. Si crees que pasaras de ese tope, planifica cambio al Regimen General desde el inicio para evitar gestión doble.
“Vendo en línea por redes sociales sin tienda. Necesito Factura Especial?”
Si. Toda venta de bienes o servicios facturable requiere Factura Especial si estas inscrito como Pequeño Contribuyente. Si no estas inscrito ante SAT, debes sacar NIT e inscribirte en el regimen antes de iniciar operaciones. La SAT detecta ventas online cruzando con bancos, plataformas (Tiendanube, Shopify, Meta Pay) y reportes de terceros.
“Que pasa si pierdo el archivo XML/PDF de una factura?”
No hay problema. Toda Factura Especial queda registrada en la base de datos FEL de SAT. Puedes descargar copia ingresando a Agencia Virtual → “Mis Documentos” → “Facturas Emitidas”. El XML es el documento legal; el PDF es solo representación visual.
“Mi cliente me pide crédito fiscal IVA. Como Pequeño Contribuyente puedo darselo?”
No. La Factura Especial NO genera crédito fiscal IVA. Si tu cliente necesita crédito fiscal, debes cambiar al Regimen General (12% IVA) y emitir factura electrónica regular. Algunos contribuyentes que venden mucho a empresas grandes optan por este cambio aunque facturen menos del tope de Q500,285 — porque sus clientes prefieren proveedores que generen crédito fiscal.
“Tengo NIT pero nunca lo use. Como inicio Factura Especial?”
Verifica primero que tu NIT esta activo y que estas inscrito en el regimen Pequeño Contribuyente. Si tu inscripción original fue en otro regimen, solicita cambio antes de habilitar FEL. Luego sigue los pasos de habilitación FEL.
Consejos Practicos
- Habilita FEL temprano — antes de tu primera venta. La habilitación toma 1-3 días habiles y no quieres perder ventas por no tener facturación lista.
- Usa SAT-FEL gratis si tu volumen es bajo (hasta 50 facturas mensuales). Para mayor volumen o integración con e-commerce, considera certificadores privados.
- Calcula tu progreso vs el tope Q500,285 mensualmente — si proyectas exceder, planifica cambio de regimen.
- Conserva todas tus facturas 4 años — la SAT puede pedir verificación en cualquier momento.
- No emitas facturas en cero sin operación real — la SAT detecta patrones y puede iniciar fiscalización.
- Usa la calculadora de salario neto si combinas Pequeño Contribuyente con trabajo asalariado — para entender tu carga tributaria total.
- Llama al 1550 o usa chat de Agencia Virtual si tienes dudas durante la emisión.
Enlaces Oficiales
- SAT — Agencia Virtual
- FEL Publico — Consulta de DTE
- Portal SAT — Pequeño Contribuyente
- Línea de Información SAT: 1550
Trámites SAT Relacionados
- Factura Electrónica FEL — versión Regimen General (12% IVA)
- Habilitación FEL — requisito previo a emitir
- Cambio de Regimen Tributario — al exceder Q500,285
- Consulta CUI-NIT — verifica tu inscripción
- Declaración Anual ISR — para Regimen General
- Portal SAT Guatemala — gateway de servicios SAT
- Declaraguate — sistema de pago de impuestos